RESOLUCION MINISTERIAL Nº 167-2010-TR - Aprueban Listado de Ocupaciones Básicas y Operativas - Modalidad Formativa Laboral de Capacitación Laboral Juvenil

Fecha de disposición20 Julio 2010
Fecha de publicación20 Julio 2010
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, martes 20 de julio de 2010
422482
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
2010, se permite el nombramiento de hasta el quince
por ciento (15%) del número de los profesionales no
médicos cirujanos y del personal técnico asistencial y
administrativo, personal de servicios y auxiliar asistencial,
respectivamente, en el marco del nombramiento gradual
a que se ref‌i eren las Leyes Nº 28498 y Nº 28560, sus
normas modif‌i catorias y complementarias, que a la
vigencia de la Ley Nº 29465 no hayan sido nombrados
en el marco de las citadas leyes;
se aprobaron los “Lineamientos para el proceso de
Nombramiento del Año 2010 en el marco de las Leyes
Nº 28498 y 28560, y el Decreto de Urgencia Nº 094-
2009 en las Unidades Ejecutoras del Ministerio de Salud,
sus Organismos Públicos y las Unidades Ejecutoras de
Salud de los Gobiernos Regionales”, con la f‌i nalidad de
garantizar que, en el más breve plazo, se realicen los
nombramientos en el sector salud autorizados por la Ley
Nº 29465;
Que, en los citados Lineamientos se establece que
una vez aprobadas las modif‌i caciones a los documentos
de gestión (Cuadro para Asignación de Personal
y Presupuesto Analítico de Personal), los pliegos
respectivos deberán solicitar al Ministerio de Economía
y Finanzas el informe favorable según ref‌i ere el último
párrafo del numeral 9.1 del artículo 9º de la Ley Nº
29465. Dicho informe favorable será comunicado por el
Ministerio de Economía y Finanzas al pliego respectivo
y al Ministerio de Salud, a f‌i n que este último elabore el
proyecto de decreto supremo que autorice la excepción
a la prohibición de nombramiento de las unidades
ejecutoras de salud;
se autoriza una transferencia de partidas a favor del
Pliego Ministerio de Salud, sus Organismos Públicos
y los Gobiernos Regionales por la suma de S/. 57 259
662,00, destinados al f‌i nanciamiento del costo diferencial
del nombramiento del personal del sector salud, a nivel
Nacional, en el ámbito de las Leyes Nºs. 28498 y 28560
y Decreto de Urgencia Nº 094-2009. Según Anexo de la
norma, corresponde al Pliego 443 Gobierno Regional del
Departamento de Arequipa la suma de S/. 2 594 119,00
para 244 plazas, y al Pliego 451 Gobierno Regional del
Departamento de La Libertad la suma de S/. 2 597 591,00
para 238 plazas;
Que, mediante Oficios Nº 203-2010-EF/76.20
y Nº 213-2010-EF/76.20 dirigidos al Jefe de la
Oficina Regional de Planeamiento, Presupuesto y
Ordenamiento Territorial del Gobierno Regional del
Departamento de Arequipa y al Gerente General
Regional del Gobierno Regional del Departamento
de La Libertad, respectivamente, el Ministerio de
Economía y Finanzas emitió opinión favorable
señalando que las unidades ejecutoras de salud de
dichos gobiernos regionales cuentan con el marco
presupuestal en la fuente de financiamiento Recursos
Ordinarios que les permite financiar el costo de
las 244 y 238 plazas respectivamente, indicadas
nombramiento del personal de salud en aplicación de
la Leyes Nºs. 28498 y 28560;
De conformidad con el literal b) del numeral 9.1 del
artículo 9º de la Ley N° 29465, Ley de Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2010, y del artículo 7º
DECRETA:
Artículo 1°.- Objeto
Autorizar la excepción a la prohibición del ingreso
de personal en el Sector Público señaladas en el
numeral 9.1 del artículo 9º de la Ley Nº 29465, Ley de
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010,
para el nombramiento de personal de salud en las
Unidades Ejecutoras de los Gobiernos Regionales de los
Departamentos de Arequipa y La Libertad, indicadas en
el Decreto Supremo Nº 110-2010-EF, en aplicación de la
Leyes Nºs. 28498 y 28560, según detalle:
PLIEGO/
GOBIERNO
REGIONAL UNIDAD EJECUTORA PEA 15%
Ley Nº 28498 PEA 15%
Ley Nº 28560 Total
443 Departamento
de Arequipa
400 Salud Arequipa 10 15 25
401 Hospital Goyeneche 1 7 8
402 Hospital Regional
Honorio Delgado 31114
403 Salud Camaná 13 18 31
404 Salud Aplao 14 16 30
405 Salud Red Periférica
Arequipa 72 64 136
Total 113 131 244
451 Departamento
de La Libertad
400 Salud La Libertad 8 13 21
401 Instituto Regional de
Oftalmología 303
402 Salud Norte Ascope 20 0 20
403 Salud Trujillo Sur Oeste 8 0 8
404 Salud Chepén 7 4 11
405 Salud Pacasmayo 4 4 8
406 Salud Sánchez Carrión 12 4 16
407 Salud Santiago de
Chuco 538
408 Salud Otuzco 20 13 33
409 Salud Trujillo Este 72 38 110
Total 159 79 238
Artículo 2°.- Refrendo
El presente Decreto Supremo será refrendado por el
Ministro de Salud.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve
días del mes de julio del año dos mil diez.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
OSCAR UGARTE UBILLUZ
Ministro de Salud
521310-4
TRABAJO Y PROMOCION
DEL EMPLEO
Aprueban Listado de Ocupaciones
Básicas y Operativas - Modalidad
Formativa Laboral de Capacitación
Laboral Juvenil
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 167-2010-TR
Lima, 19 de julio de 2010
VISTOS: El Of‌i cio Nº 702-2010-MTPE/3/11.2 de la
Dirección Nacional de Promoción del Empleo y Formación
Profesional; y el informe Nº 87-2009-MTPE-BHFG de la
Sub Dirección de Promoción y Desarrollo de Formación
Profesional; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 17º del Reglamento de la Ley Nº 28518,
mediante Decreto Supremo Nº 007-2005-TR, establece
que las ocupaciones vinculadas a la Modalidad Formativa
Laboral de Capacitación Laboral Juvenil se clasif‌i can en
Ocupaciones Básicas y Operativas;
Que, la Segunda Disposición Final y Complementaria
del Reglamento de la Ley Nº 28518, establece que los
planes, programas, formatos, habilitación ocupacional y
actualización del listado de ocupaciones, se regularán
mediante Resolución Ministerial;

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