DECRETO DE ALCALDIA N° 007-2014/MVMT - Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 178/MVMT, que dispone Beneficios Tributarios y no Tributarios en el distrito

Fecha de publicación25 Julio 2014
Fecha de disposición25 Julio 2014
El Peruano
Viernes 25 de julio de 2014
528622
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia
Municipal, Gerencia de Desarrollo Social y Lucha contra
la Pobreza, Sub Gerencia de Salud Pública y Bienestar
Social y demás unidades orgánicas competentes, el
cumplimiento e implementación de lo dispuesto en la
presente Ordenanza.
Artículo Quinto.- La presente Ordenanza entrará en
vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario
Of‌i cial El Peruano.
POR TANTO:
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
SILVIA BARRERA VÁSQUEZ
Alcaldesa
1114999-3
Prorrogan vigencia de la Ordenanza
Nº 178/MVMT, que dispone Beneficios
Tributarios y no Tributarios en el
distrito
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 007-2014/MVMT
Villa María del Triunfo, 22 de julio del 2014.
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE VILLA
MARÍA DEL TRIUNFO
Visto, el Memorándum Nº 745-2014-GM/MVMT, de
fecha 21 de julio del 2014, de la Gerencia Municipal,
mediante el cual se eleva la propuesta para la prórroga
de la vigencia de la Ordenanza Nº 178/MVMT, hasta el 30
de agosto del 2014, formulada por la Gerencia de Rentas
y Agencias Municipales, con los pronunciamientos de la
Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y la Gerencia
de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ordenanza Nº 178/MVMT, publicada
en el Diario Of‌i cial El Peruano el 16 de abril del 2014,
se estableció benef‌i cios tributarios y no tributarios,
para facilitar a los vecinos de Villa María del Triunfo la
regularización y cumplimiento de sus obligaciones
tributarias y no tributarias;
Que, mediante el Decreto de Alcaldía Nº 005-2014/
MVMT, se prorrogó hasta el 25 de julio del 2014, la
vigencia de la Ordenanza Nº 178/MVMT;
Que, mediante el Memorándum Nº 110-2014-GRAM/
MVMT, de fecha 21 de julio del 2014, la Gerencia de
Rentas y Agencias Municipales, formula la propuesta de
prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 178/MVMT
hasta el 30 de agosto del 2014, a f‌i n de que, una mayor
cantidad de contribuyentes se vean benef‌i ciados con el
saneamiento de sus deudas, y se disminuya el índice de
morosidad en el distrito; para lo cual se deberá emitir el
Decreto de Alcaldía correspondiente;
Que, mediante el Memorándum Nº 1303-2014-
GPP/MVMT, de fecha 21 de julio del 2014, la Gerencia
de Planeamiento y Presupuesto ha concluido emitiendo
opinión favorable al proyecto de Decreto de Alcaldía, que
prorroga hasta el 30 de agosto del 2014, la Ordenanza Nº
178/MVMT, indicando que no genera riesgos a la Gestión
Presupuestal de la Corporación Edil y que además, se
cuenta con la disponibilidad y crédito presupuestario
para asumir los gastos derivados de su implementación
(difusión y campaña);
Que, mediante el Informe Legal Nº 259-2014-GAJ/
MVMT, de fecha 21 de julio del 2014, la Gerencia de
Asesoría Jurídica ha concluido emitiendo opinión que,
resulta procedente el Proyecto de Decreto de Alcaldía
que prorroga hasta el 30 de agosto del 2014, la vigencia
de los Benef‌i cios Tributarios y no Tributarios dispuestos
con la Ordenanza Nº 178/MVMT, para lo cual se deberá
emitir el Decreto de Alcaldía correspondiente, conforme
a lo establecido en el artículo 42º de la Ley Nº 27972
Orgánica de Municipalidades;
Que, mediante el Memorándum Nº 745-2014-
GM/MVMT, de fecha 21 de julio del 2014, la Gerencia
Municipal remite la propuesta de prórroga de la vigencia
de la Ordenanza Nº 178/MVMT, formulada por la
Gerencia de Rentas y Agencias Municipales, así como
los pronunciamientos de la Gerencia de Planeamiento
y Presupuesto y de la Gerencia de Asesoría Jurídica,
solicitando que se realicen las gestiones pertinentes
que faciliten cumplir lo manifestado por la Gerencia de
Asesoría Jurídica;
Que, respecto a la prórroga propuesta, la Cuarta
Disposición Final de la Ordenanza Nº 178/MVMT, faculta
a la Titular de esta entidad para que mediante Decreto de
Alcaldía, prorrogue la vigencia de dicha norma o dicte las
disposiciones que puedan ser necesarias para su mejor
aplicación;
de Municipalidades, señala que los Decretos de Alcaldía
establecen normas reglamentarias y de aplicación de las
ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios
para la correcta y ef‌i ciente administración municipal y
resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés
para el vecindario, que no sean competencia del Concejo
Municipal;
Estando a los considerandos precedentes, en los que se
evidencia que resulta necesaria la ampliación de la vigencia
de la Ordenanza Nº 178/MVMT, y se tiene la facultad legal
correspondiente, en ejercicio de las facultades conferidas en la
Cuarta Disposición Final de la Ordenanza antes mencionada,
DECRETA:
Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia de
la Ordenanza Nº 178/MVMT, que dispone Benef‌i cios
Tributarios y no Tributarios en la jurisdicción del distrito,
hasta el 30 de agosto del 2014.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia
Municipal, Gerencia de Rentas y Agencias Municipales,
Sub Gerencia de Fiscalización Administrativa y Control
Municipal, Sub Gerencia de Tecnología de la Información
y Procesos, Sub Gerencia de Comunicación e Imagen
Institucional y demás unidades orgánicas competentes
de esta Corporación Municipal, el cumplimiento de lo
establecido en el presente Decreto.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
SILVIA BARRERA VÁSQUEZ
Alcaldesa
1115001-1
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA
Regulan la actividad de segregación de
residuos urbanos en el distrito de La
Punta
ORDENANZA Nº 006-2014
La Punta, 22 de julio de 2014
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE LA PUNTA
POR CUANTO:
El Concejo Municipal del Distrito de La Punta en
Sesión Ordinaria de fecha 22 de Julio de 2014 con el
voto aprobatorio de los regidores distritales y en uso
de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de
Municipalidades y el Reglamento Interno del Consejo;
VISTO:
La propuesta efectuada por la Gerencia de Servicios a
la Ciudad y Defensa Civil mediante Informe Nº 044-2014-
MDLP/GSCDC, y;

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