RESOLUCION MINISTERIAL N° 179-2014-MTC/02 - Autorizan viaje de inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio a EE.UU., Rusia y España, en comisión de servicios

Fecha de disposición16 Abril 2014
Fecha de publicación16 Abril 2014
SecciónSección Única
El Peruano
Miércoles 16 de abril de 2014
521096
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Aceptar, a partir de fecha, la renuncia
formulada por la señora JESSICA PATRICIA URRELLO
LEYVA al cargo de Asesor II, Nivel Remunerativo F-
5, del Despacho Ministerial del Ministerio de Trabajo
y Promoción del Empleo, dándosele las gracias por los
servicios prestados.
Artículo 2°.- Designar, a partir de la fecha, al señor
RODRIGO HERNAN BUZZIO CORDOBA en el cargo
de Asesor II, Nivel Remunerativo F-5, del Despacho
Ministerial del Ministerio de Trabajo y Promoción del
Empleo.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ANA JARA VELÁSQUEZ
Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo
1074016-2
TRANSPORTES Y
COMUNICACIONES
Autorizan viaje de inspectores de la
Dirección General de Aeronáutica
Civil del Ministerio a EE.UU., Rusia y
España, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 179-2014-MTC/02
Lima, 11 de abril de 2014
VISTOS:
Los Informes Nº 151-2014-MTC/12.04, emitido por
la Dirección General de Aeronáutica Civil y Nº 081-
2014-MTC/12.04, emitido por la Dirección de Seguridad
Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil,
y;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su norma
reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 047-
2002-PCM, regula la autorización de viajes al exterior de
servidores, funcionarios públicos o representantes del
Estado;
Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº
30114, Ley del Presupuesto del Sector Público para el
Año Fiscal 2014, establece que quedan prohibidos los
viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos
y representantes del Estado con cargo a recursos
públicos, salvo entre otros casos, los viajes que realicen
los Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica
Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para
las acciones de inspección y vigilancia de actividades
de aeronáutica civil, los cuales se autorizan mediante
resolución del titular de la entidad;
Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del
Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es
ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil,
como dependencia especializada del Ministerio de
Transportes y Comunicaciones;
Que, en virtud a dicha competencia, la Dirección
General de Aeronáutica Civil es responsable de la
vigilancia de la seguridad de las operaciones aéreas,
seguridad que comprende la actividad de chequear las
aptitudes del personal aeronáutico de los explotadores
aéreos así como el material aeronáutico que emplean;
Que, las empresas Aerodiana S.A.C., Helicópteros
del Sur S.A., LC Busre S.A.C. y Aero Transporte S.A.
han presentado ante la autoridad aeronáutica civil, sus
solicitudes para evaluación de su personal aeronáutico,
a ser atendidas durante los meses de abril y mayo de
2014, acompañando los requisitos establecidos en el
Procedimiento Nº 05 correspondiente a la Dirección
General de Aeronáutica Civil, previsto en el Texto Único
de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio
de Transportes y Comunicaciones;
Que, asimismo, las empresas Aerodiana S.A.C.,
Helicópteros del Sur S.A., LC Busre S.A.C. y Aero
Transporte S.A., han cumplido con el pago del derecho
de tramitación correspondiente al Procedimiento a que se
ref‌i ere el considerando anterior, ante la Of‌i cina de Finanzas
de la Of‌i cina General de Administración del Ministerio de
Transportes y Comunicaciones; en tal sentido, los costos
de los viajes de inspección, están íntegramente cubiertos
por las empresas solicitantes del servicio, incluyendo el
pago de los viáticos;
Que, dichas solicitudes han sido calif‌i cadas y
aprobadas por la Dirección de Seguridad Aeronáutica de
la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de
Transportes y Comunicaciones, conforme a lo señalado
por el Texto Único de Procedimientos Administrativos del
citado Ministerio, según se desprende de las respectivas
Ordenes de Inspección y referidas en el Informe Nº 151-
2014-MTC/12.04 de la Dirección General de Aeronáutica
Civil, y el Informe Nº 081-2014-MTC/12.04 de la Dirección
de Seguridad Aeronáutica;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27261,
Ley Nº 27619, Ley Nº 30114, Decreto Supremo Nº 047-
2002-PCM y estando a lo informado por la Dirección
General de Aeronáutica Civil;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar los viajes de los siguientes
inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil
del Ministerio de Transportes y Comunicaciones:
- Señor Víctor Augusto Fajardo Cámero, del 21 al 24
de abril de 2014 a la ciudad de Wichita, Estados Unidos
de América.
- Señor Luis Miguel Martín Milagros Zúñiga
Campodónico, del 21 al 25 de abril de 2014 a la ciudad de
Tyumen, Federación Rusa
- Señor Guido Tulio Zavalaga Ortigosa, del 25 de abril
al 07 de mayo de 2014 a la ciudad de Madrid, Reino de
España.
- Señor Víctor Augusto Fajardo Cámero, del 28 de
abril al 02 de mayo de 2014 a la ciudad de Dallas, Estados
Unidos de América.
De acuerdo con el detalle consignado en el anexo
que forma parte integrante de la presente resolución,
sustentado en los Informes Nº 151-2014-MTC/12.04 y Nº
081-2014-MTC/12.04.
Artículo 2.- Los gastos que demanden los viajes
autorizados precedentemente, han sido íntegramente
cubiertos por las empresas Aerodiana S.A.C., Helicópteros
del Sur S.A., LC Busre S.A.C. y Aero Transporte S.A.,
a través de los Recibos de Acotación que se detallan
en el anexo que forma parte integrante de la presente
resolución, abonados a la Of‌i cina de Finanzas de la Of‌i cina
General de Administración del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones, incluyendo la asignación por concepto
de viáticos.
Artículo 3.- Conforme a lo dispuesto por el artículo
10 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los
Inspectores mencionados en la presente Resolución
Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario
siguientes de efectuado los viajes, deberán presentar
un informe al Despacho Ministerial, con copia a la
Of‌i cina General de Administración del Ministerio de
Transportes y Comunicaciones, describiendo las
acciones realizadas y los resultados obtenidos durante
los viajes autorizados.
Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no
dará derecho a exoneración o liberación de impuestos
o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o
denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ
Ministro de Transportes y Comunicaciones

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