DECRETO SUPREMO N° 130-2013-EF - Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 del Pliego Ministerio de Relaciones Exteriores al Pliego Ministerio de Defensa

Fecha de publicación21 Junio 2013
Fecha de disposición21 Junio 2013
El Peruano
Viernes 21 de junio de 2013
497610
Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación
Institucional
2.1.- El Titular de los Pliegos habilitador y habilitados en
la presente Transferencia de Partidas aprueba mediante
Resolución, la desagregación de los recursos autorizados
en el artículo 1 de la presente norma, a nivel programático,
dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del
presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será
remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los
organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23
del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General
del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante
2.2.- La Of‌i cina de Presupuesto o la que haga sus veces
en los Pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General
de Presupuesto Público las codif‌i caciones que se requieran
como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas
de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.
2.3.- La Of‌i cina de Presupuesto o la que haga sus
veces en los Pliegos involucrados, instruirá a las Unidades
Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas
para Modif‌i cación Presupuestaria” que se requieran, como
consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos
Los recursos de la Transferencia de Partidas a que
hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo,
no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a f‌i nes
distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Información
Los Pliegos habilitados informarán al Ministerio de
Vivienda, Construcción y Saneamiento, los avances físicos
yf‌i nancieros de la ejecución de los proyectos a su cargo, con
relación a su cronograma de ejecución y a las disposiciones
contenidas en los Convenios correspondientes, para
efectos de las acciones de verif‌i cación y seguimiento a que
se ref‌i ere el artículo 11 de la Ley Nº 29951.
Artículo 5.- Del Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por el
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento y por el
Ministro de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte
días del mes de junio del año dos mil trece.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
RENÉ CORNEJO DÍAZ
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento
LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO
Ministro de Economía y Finanzas
953414-2
Autorizan Transferencia de Partidas
en el Presupuesto del Sector Público
para el Año Fiscal 2013 del Pliego
Ministerio de Relaciones Exteriores al
Pliego Ministerio de Defensa
DECRETO SUPREMO
Nº 130-2013-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2013 se aprobó, entre
otros, los presupuestos institucionales de los pliegos 008:
Ministerio de Relaciones Exteriores y 026: Ministerio de
Defensa;
Que, la Décima Tercera Disposición Complementaria
Final de la Ley Nº 29951 - Ley de Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2013, establece que cuando los
pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional reciban el
apoyo de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del
Perú para un mejor cumplimiento de sus funciones, quedan
autorizados a realizar modif‌i caciones presupuestarias
en el nivel institucional a favor del pliego Ministerio de
Defensa y Ministerio del Interior, según corresponda.
Dichas transferencias de recursos se f‌i nancian con cargo al
presupuesto institucional del pliego que reciba el apoyo de las
Fuerzas Armadas o Policía Nacional del Perú, por la fuente de
f‌i nanciamiento Recursos Ordinarios y sin demandar recursos
adicionales al Tesoro Público, y se aprueban mediante decreto
supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas
y el Ministro del sector respectivo, a propuesta de este último,
previo informe de la of‌i cina de presupuesto o la que haga
sus veces en el pliego que reciba el apoyo de las Fuerzas
Armadas o Policía Nacional del Perú, bajo responsabilidad
del Titular de dicho pliego;
Que, el Ministerio de Relaciones Exteriores y el
Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, suscribieron
con fecha 17 de enero de 2013, el Convenio Específ‌i co
de Cooperación Interinstitucional sobre Asuntos Antárticos
(en adelante, el Convenio), cuyo objeto es def‌i nir las
condiciones de cooperación mutua con la f‌i nalidad que
la Fuerza Aérea del Perú pueda dar apoyo al Ministerio
de Relaciones Exteriores para el traslado de personal y
material de la Vigésimo Primera Campaña Científ‌i ca a
la Antártica (ANTAR XXI), contando con la disponibilidad
presupuestal correspondiente según Memorándum (OPP)
NºOPP0073/2013, de 16 enero de 2013;
Que, en virtud del citado Convenio, corresponde al
Ministerio de Relaciones Exteriores asumir los costos
operativos por el empleo del avión Hércules L-100-20 por
los vuelos de despliegue y repliegue programados para la
expedición ANTAR XXI;
Que, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 8.2.1 de
la cláusula octava del Convenio, el Ministerio de Relaciones
Exteriores cancelará el monto de US$ 269 146,76
(DOSCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL CIENTO CUARENTA
Y SEIS Y 76/100 Dólares Americanos), equivalente a S/. 710
547,00 (SETECIENTOS DIEZ MIL QUINIENTOS CUARENTA
Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES), correspondiente a
los costos operativos antes referidos, en una sola armada,
utilizando el mecanismo previsto en la Décima Tercera
Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29951 - Ley de
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013;
De conformidad con lo establecido por la Décima
Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº
29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año
Fiscal 2013;
DECRETA:
Artículo 1º.- Objeto
Autorízase una Transferencia de Partidas en el
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
2013, hasta por la suma de SETECIENTOS DIEZ MIL
QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS
SOLES (S/. 710 547,00), del pliego 008: Ministerio de
Relaciones Exteriores al pliego 026: Ministerio de Defensa,
para ser destinada a f‌i nanciar el traslado de personal y
material de la Vigésimo Primera Campaña Científ‌i ca a la
Antártica (ANTAR XXI), conforme al siguiente detalle:
(En Nuevos Soles)
DE LA:
SECCION PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 008 : Ministerio de Relaciones Exteriores
UNIDAD EJECUTORA 001 : Secretaría General
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5003630 : Desarrollo de Acciones de Política
Exterior, Soberanía e Integridad
Territorial en el Ámbito Regional
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1: Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios 710 547,00
-----------------
TOTAL EGRESOS 710 547,00
=========
A LA:
SECCION PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 026 : Ministerio de Defensa
UNIDAD EJECUTORA 005 : Fuerza Aérea del Perú

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