DECRETO SUPREMO N° 092-2013-PCM - Fijan monto de la Unidad de Ingreso del Sector Público para el Año 2014
Fecha de disposición | 21 Agosto 2013 |
Fecha de publicación | 21 Agosto 2013 |
El Peruano
Miércoles 21 de agosto de 2013 501441
k) Parque Industrial Tecno-ecológico con
enfoque de cluster: Espacio especializado
en el cual las empresas industriales cooperan
entre ellas para compartir recursos y utilizarlos
de forma más efi ciente. Comparten desde
terrenos, materiales, transportes y energía
hasta conocimientos, formando cadenas de
valor que contribuyen a su productividad y
competitividad. Su naturaleza tecno-ecológica
proviene de la aplicación y desarrollo de
tecnología especializada para la realización
de una actividad de transformación, el
cuidado del medio ambiente y la utilización
de las denominadas “energías verdes”, en
concordancia con las normas nacionales e
internacionales de calidad y respeto al medio
ambiente.
l) Responsabilidad social: Forma de gestión que
se defi ne por la relación ética de la empresa y
por el establecimiento de metas empresariales
compatibles con el desarrollo sostenible de la
sociedad. Es la contribución activa y voluntaria
al mejoramiento social, económico y ambiental
por parte de las empresas, generalmente con
el objetivo de mejorar su situación competitiva y
valorativa y su valor añadido.
m) Tipos de industrias. Las industrias pueden ser:
- Industria no contaminante: Aquella que,
por sus instalaciones o los materiales que
transforma o almacena, no representa
ningún riesgo, molestia ni insalubridad
para el personal, los inmuebles vecinos e
instalaciones perimetrales.
- Industria contaminante: Aquella que, por
sus instalaciones y los materiales que maneja,
transforma y almacena, produce toda clase de
molestia, humos, ruidos, vibraciones, olores,
emanaciones tóxicas o insalubres, polvos,
etc., cuya presencia resulta molesta para los
usuarios de los predios vecinos y provoca
contaminaciones directas.
- Industria peligrosa: Aquella que transforma,
manipula, almacena materiales o sustancias
peligrosas que pueden fácilmente originar
accidentes o siniestros y son altamente
riesgosas para el personal, los inmuebles,
los vecinos y las instalaciones perimetrales.
Incluye las prácticas empresariales ilícitas
que contaminan la moral, tales como el
contrabando, la piratería, el narcotráfi co, entre
otras.
n) Zona de amortiguamiento: Franja externa que
rodea a la totalidad del Parque Industrial Tecno-
ecológico, con un ratio de frontera determinado
por el gobierno regional y/o local, con la fi nalidad
de mitigar los impactos ambientales; estimada
para un horizonte de tiempo no menor de
cuarenta años, donde no puede desarrollarse
ninguna actividad económica ni permitirse
vivienda alguna.
POR TANTO:
Habiendo sido reconsiderada la Ley por el Congreso de
la República, aceptándose las observaciones formuladas
por el señor Presidente de la República, de conformidad
con lo dispuesto por el artículo 108 de la Constitución
Política del Perú, ordeno que se publique y cumpla.
En Lima, a los seis días del mes de junio de dos mil
trece.
VÍCTOR ISLA ROJAS
Presidente del Congreso de la República
MARCO TULIO FALCONÍ PICARDO
Primer Vicepresidente del Congreso de la República
977601-1
PODER EJECUTIVO
PRESIDENCIA DEL
CONSEJO DE MINISTROS
Fijan monto de la Unidad de Ingreso
del Sector Público para el Año 2014
DECRETO SUPREMO
Nº 092-2013-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley Nº 28212, modifi cada por el
Decreto de Urgencia Nº 038-2006, se regula los ingresos
de los altos funcionarios y autoridades del Estado y se
crea la Unidad de Ingreso del Sector Público como valor
de referencia para fi jar los ingresos de dichos funcionarios
y autoridades;
Que, en este contexto, resulta necesario fi jar el monto
de la Unidad de Ingreso del Sector Público para el año
2014, manteniendo la suma de S/. 2 600,00 que es aplicable
para el año 2013; dicho monto servirá de referencia para
el pago de ingresos de los altos funcionarios y autoridades
del Estado;
De conformidad con lo dispuesto por el numeral 24
del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú,
la Ley Nº 28212, Ley que regula los ingresos de los
Altos Funcionarios Autoridades del Estado y dicta otras
medidas, y modifi catoria;
DECRETA:
Artículo 1º.- Del monto de la Unidad de Ingreso del
Sector Público correspondiente al año 2014
Fíjese en S/. 2 600,00 (DOS MIL SEISCIENTOS Y
00/100 NUEVOS SOLES) el monto correspondiente a la
Unidad de Ingreso del Sector Público para el año 2014.
Artículo 2º.- Refrendo
El presente Decreto Supremo será refrendado por el
Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de
Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte
días del mes de agosto del año dos mil trece.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR
Presidente del Consejo de Ministros
LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO
Ministro de Economía y Finanzas
977601-2
Aprueban Cuadro para Asignación de
Personal de la Secretaría de Seguridad
y Defensa Nacional - SEDENA
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 262-2013-PCM
Lima, 20 de agosto de 2013
CONSIDERANDO:
Que, con Decreto Legislativo N° 1131, publicado el 07
de diciembre de 2012, se creó la Secretaría de Seguridad
y Defensa Nacional - SEDENA, como organismo público
ejecutor, adscrito a la Presidencia del Consejo de
Ministros;
Que, mediante Decreto Supremo N° 036-2013-PCM
se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones
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