ORDENANZA N° 003 - Aprueban Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados de la Municipalidad

Fecha de disposición03 Junio 2013
Fecha de publicación03 Junio 2013
El Peruano
Lunes 3 de junio de 2013
496426
NTP-IEC 60335-2-15:2013 Aparatos electrodomésticos y
análogos. Seguridad. Parte 2-
15: Requisitos particulares para
aparatos para calentar líquidos. 1ª
Edición
Con la intervención de los señores miembros: Augusto
Ruiloba Rossel, Fabián Novak Talavera y Augusto Mello
Romero.
Regístrese y publíquese.
AUGUSTO RUILOBA ROSSEL
Presidente de la Comisión de Normalización y
de Fiscalización de Barreras Comerciales
No Arancelarias
944724-3
GOBIERNOS LOCALES
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA
Aprueban Reglamento del Proceso de
Presupuesto Participativo Basado en
Resultados de la Municipalidad
ORDENANZA N° 003
La Punta, 30 de mayo de 2013
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE LA PUNTA
POR CUANTO:
El Concejo Municipal del Distrito de La Punta en
sesión Ordinaria de fecha 30 de mayo de 2013 con el
voto aprobatorio de los regidores distritales y en uso
de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de
Municipalidades y el Reglamento Interno del Concejo;
VISTO:
El Informe Nº 034-2013-MDLP/OPP de la Of‌i cina de
Planeamiento y Presupuesto, y;
CONSIDERANDO:
Que, los Artículos Nº 197º y 199º de la Constitución
Política del Perú, modif‌i cada mediante Ley Nº 27680,
que aprueba la Reforma Constitucional del Capítulo XIV
del Título IV, sobre Descentralización, establecen que
las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan
la participación vecinal en el desarrollo local, formulan
sus presupuestos con la participación de la población
y rinden cuenta de su ejecución anualmente bajo
responsabilidad, conforme a Ley, debiendo promover
la participación ciudadana en la formulación, debate y
concertación de sus planes de desarrollo y presupuestos,
y en la Gestión Pública, según lo determina el Artículo
17º numeral 17.1 de la Ley Nº 27783 – Ley de Bases de
la Descentralización;
Que, el Artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº
27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los
Gobiernos Locales representan al vecindario, promueven
la adecuada prestación de los servicios públicos locales
y el desarrollo integral sostenible y armónico de su
circunscripción. Mientras que el Artículo 53º establece que
se rigen por presupuestos participativos anuales como
instrumentos de administración y gestión, los cuales se
formulan, aprueban y ejecutan conforme a la ley de la
materia y en concordancia con los Planes de Desarrollo
Concertados de su jurisdicción, siendo, según el Artículo
IX, el proceso de Planeación Local integral, permanente
y participativo, articulando a las municipalidades con sus
vecinos;
Que, la Ley Nº 28056 – Ley Marco del Presupuesto
Participativo reglamentada por Decreto Supremo Nº
142-2009-EF, en su Artículo 1º def‌i ne al proceso de
presupuesto participativo como un mecanismo de
asignación equitativa, racional, ef‌i ciente, ef‌i caz y
transparente de los recursos públicos, que fortalece
las relaciones Estado – Sociedad Civil. Para ello
los gobiernos locales promueven el desarrollo de
mecanismos y estrategias de participación en la
programación de sus presupuestos, así como en la
vigilancia y f‌i scalización de la gestión de los recursos
públicos. Además, de acuerdo al Artículo 3º, dicho
proceso tiene como f‌i nalidad recoger las aspiraciones
y necesidades de la sociedad para considerarlas en
su presupuesto y promover su ejecución a través de
programas y proyectos prioritarios, de modo que les
permita alcanzar los objetivos estratégicos de desarrollo
humano, integral y sostenible. Asimismo optimizar el
uso de los recursos a través de un adecuado control
social de las acciones públicas;
Que, con la f‌i nalidad de orientar y fortalecer los
procesos de planeamiento y presupuesto participativo se
emitió la Resolución Directoral Nº 007-2010-EF/76.01,
que aprueba el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01
“Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo
basado en resultados”, publicado con fecha 10 de abril
del 2010;
Que, en este contexto y tomando en cuenta lo
expuesto, resulta necesario reglamentar la participación
de los representantes de la sociedad civil; así como, sus
responsabilidades, obligaciones y derechos, dentro del
proceso del Presupuesto Participativo, estableciéndose
lineamientos de carácter general y permanente, los cuales
permitirán asegurar un uso ef‌i ciente de los recursos
públicos en el desarrollo integral del distrito;
Que, siendo que la presente complementa un tema
legislado por la normatividad nacional que redunda en
benef‌i cio de la comunidad, en aplicación del numeral 3.2
se encuentra exceptuada de la publicación del proyecto
de la misma;
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo
dispuesto en los numerales 8) y 9) del artículo 9º y el
Concejo Municipal, con el voto unánime de sus miembros,
con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta,
se aprobó la siguiente:
ORDENANZA
QUE APRUEBA EL REGLAMENTO
DEL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO
BASADO EN RESULTADOS DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE LA PUNTA
Artículo 1.- Aprobar el Reglamento del Proceso
de Presupuesto Participativo Basado en Resultados
de la Municipalidad Distrital de La Punta, que como
documento adjunto forma parte integrante de la presente
Ordenanza, la cual entrará en vigencia al día siguiente de
su publicación.
Artículo 2.- Autorizar al señor Alcalde a dictar las
medidas complementarias al Reglamento aprobado
en el artículo anterior, que sean necesarias para el
ef‌i ciente y ef‌i caz desarrollo del Proceso de Presupuesto
Participativo.
Artículo 3.- Encargar a la Gerencia Municipal a
través de la Of‌i cina de Planeamiento y Presupuesto
y las demás unidades orgánicas de la Municipalidad
Distrital de La Punta, el cumplimiento de la presente
Ordenanza.
Artículo 4.- Encargar a la Secretaría General la
publicación en el Diario Of‌i cial “El Peruano” de la presente
Ordenanza y a la Unidad de Tecnología de la Información
– UTI, la publicación de la Ordenanza y su Reglamento en
el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y Portal
Institucional de la Municipalidad Distrital de La Punta
(www.munilapunta.gob.pe).
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
PIO SALAZAR VILLARÁN
Alcalde
944708-1

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR