DECRETO DE ALCALDIA N° 22-2014-MSS - Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 478-MSS, que otorgó plazo extraordinario para el pago de Multas Administrativas en estado coactivo y eliminación de Costas y Gastos Coactivas en el marco de la Ordenanza Nº 467-MSS

EmisorMUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO
Fecha de la disposición31 de Agosto de 2014
El Peruano
Domingo 31 de agosto de 2014 531523
los Gobierno Regionales en materia de turismo y demás
normas legales pertinentes.
Que, la presente Moción de Ordenanza Regional
declara de interés regional a la Rana Gigante del Lago
Titicaca con la ¿ nalidad de promover el turismo; promoción
referida a la representación iconográ¿ ca, lo que signi¿ ca
que se utilizará la imagen de esta especie, oriunda y
única del lago Titicaca, en las expresiones artesanales
y artísticas, propias de la Región, tales como el tejido,
alfarería, a¿ ches y otras formas de representación de esta
especie.
Que, en aplicación del principio de prevención,
corresponde al Gobierno Regional de Puno, dictar normas
para regular adecuadamente la protección y conservación
de la biodiversidad a nivel regional incorporando a las
políticas del Estado, para evitar riesgos que afecten
la naturaleza, el desarrollo sostenible de los pueblos
originarios.
Por tanto, en uso de las facultades conferidas por la
Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867 el
Pleno del Consejo Regional con el voto en mayoría de sus
miembros integrantes:
ORDENA:
Artículo Primero.- DECLARAR, de interés
regional a la Rana Gigante del Titicaca (Telmatobius
culeus), por ser excepcional y oriunda de la cuenca del
Lago Titicaca con fines de conservación, protección
e investigación de la especie y su ecosistema como
recurso natural.
Artículo Segundo.- ENCARGAR, al Órgano Ejecutivo
del Gobierno Regional Puno, la promoción turística
iconográ¿ ca de la “Rana Gigante del Titicaca” (Telmatobius
culeus), para contribuir al desarrollo económico de los
pobladores de la zona.
Artículo Tercero.- ENCARGAR, al Órgano Ejecutivo,
la gestión de recursos para ¿ nanciar la implementación
y desarrollo de estrategias de conservación, protección,
investigación y promoción turística iconográ¿ ca de la
Rana Gigante del Titicaca (Telmatobius culeus).
Artículo Cuarto.- ESTABLECER como estrategia
regional de conservación, protección, investigación y
promoción turística iconográfica de la Rana Gigante
del Titicaca (Telmatobius culeus), las siguientes
acciones:
A.- Impulsar y fomentar la investigación cientí¿ ca e
intercambio de información sobre los aspectos biológicos
y ecológicos de la Rana Gigante del Titicaca (Telmatobius
culeus), las que deben ser realizadas por las instituciones
vinculadas con el manejo, protección y preservación
de esta especie en la Región, cuyos resultados serán
utilizados en la toma de decisiones del Gobierno Regional
Puno para la conservación, manejo sostenible de la
especie y promoción turística iconográ¿ ca, aplicados en
las expresiones artesanales y artísticas, propias de la
región.
B.- Promover la conservación, protección y promoción
iconográ¿ ca de la Rana Gigante del Titicaca (Telmatobius
culeus) orientados a obtener bene¿ cios sociales y
culturales como aporte al desarrollo integral de las
comunidades locales aledañas al Lago Titicaca.
C.- Formular y aplicar planes de manejo que
favorezca la preservación de la Rana Gigante del Titicaca
(Telmatobius culeus).
D.- Promover acciones multisectoriales conjuntas de
difusión y sensibilización para dar a conocer la especie
con la ¿ nalidad de evitar la extracción, comercialización y
consumo de estos especímenes.
E.- Promover el posicionamiento nacional e
internacional de la imagen iconográ¿ ca de la Rana Gigante
del Titicaca (Telmatobius culeus), como atractivo turístico
en la Región Puno, por su condición de ser el an¿ bio de
mayor tamaño del lago navegable más alto del mundo.
Artículo Quinto.- ENCARGAR al Órgano Ejecutivo
del Gobierno Regional Puno, la publicación de la presente
Ordenanza Regional, conforme lo establece el artículo 42º
de le Ley Nº 27867 y sus modi¿ catorias.
POR TANTO:
Comuníquese al señor Presidente del Gobierno
Regional de Puno para su promulgación.
En Puno a los trece días del mes de enero del año dos
mil catorce.
VICTORIA ZARELA PINEDA MAZUELOS
Consejera Delegada
Gobierno Regional Puno
Mando se publique, se registre y cumpla.
Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de
Puno, a los 04 días del mes de junio del año dos mil
catorce.
MAURICIO RODRIGUEZ RODRIGUEZ
Presidente del Gobierno Regional de Puno
1130535-1
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE
SANTIAGO DE SURCO
Prorrogan vigencia de la Ordenanza
Nº 478-MSS, que otorgó plazo
extraordinario para el pago de multas
administrativas en estado coactivo
y eliminación de costas y gastos
Coactivos en el marco de la Ordenanza
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 22-2014-MSS
Santiago de Surco, 25 de agosto de 2014
EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO
VISTO: El Memorándum Nº498-2014-GAT-MSS de la
Gerencia de Administración Tributaria y el Informe Nº 633-
2014-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, que
proponen prorrogar la vigencia de la Ordenanza Nº 478-
MSS, que otorga un plazo extraordinario para el pago de
Multas Administrativas en Estado Coactivo y eliminación
de costas y gastos coactivas, en el marco de la Ordenanza
CONSIDERANDO:
Perú, modificada por la Ley de Reforma Constitucional
Ley Nº 28607, establece que las Municipalidades
provinciales y distritales tienen autonomía política,
económica y administrativa, en los asuntos de su
competencia;
Que, el segundo párrafo del artículo I del Título
Preliminar de la Ley Nº 27972, establece, que las
municipalidades provinciales y distritales son órganos de
gobierno promotores del desarrollo local, con personería
jurídica de derecho público y plena capacidad para el
cumplimiento de sus ¿ nes;
Que, por su parte, el segundo párrafo del Artículo 39º
establece que el alcalde ejerce las funciones ejecutivas
de gobierno mediante decretos de alcaldía;
Que, el Artículo 42º de la Ley Nº 27972 señala que “Los
decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias
y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los
procedimientos necesarios para la correcta y e¿ ciente
administración municipal y resuelven o regulan asuntos
de orden general y de interés para el vecindario, que no
sean de competencia del concejo municipal”;
Que, mediante Ordenanza Nº 467-MSS, publicada
el 17.01.2014, se otorgan bene¿ cios de descuentos
en el monto a pagar de las multas administrativas
pendientes de pago que se encuentran en procedimiento
de ejecución coactiva y eliminación de costas y gastos

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