DECRETO DE ALCALDIA N° 013-2014-MSB-A - Prorrogan plazo de vencimiento de la Ordenanza N° 516-MSB, sobre Beneficio de Regularización Tributaria

Fecha de publicación30 Junio 2014
Fecha de disposición30 Junio 2014
El Peruano
Lunes 30 de junio de 2014
526576
e. Concluida la etapa de votación se procederá a la
formalización de los acuerdos y compromisos, para ello
se deberán realizar las siguientes acciones:
El Equipo Técnico elabora el Acta de Acuerdos y
Compromisos del Presupuesto Participativo.
El Alcalde, o a quien delegue, presenta los
resultados del presupuesto participativo, consolidados
en el Acta de Acuerdos y Compromisos, a los agentes
participantes para su consideración y aprobación
final.
Los miembros del Consejo de Coordinación Local
Distrital, presididos por el Alcalde y demás agentes
participantes, formalizan los acuerdos suscribiendo el
Acta de Acuerdos y Compromisos, la que debe contener
las f‌i rmas de todos los agentes participantes presentes en
el taller programado.
Haber conformado el Comité de Vigilancia, teniendo
en cuenta lo dispuesto en los Artículos 13 y 14 de la
presente ordenanza.
Artículo 25º.- Coordinación
Los mecanismos de coordinación y consistencia
presupuestaria entre la Municipalidad de Miraf‌l ores
y el Gobierno Local Provincial, en materia de gastos
de inversión, respetando competencias y procurando
economías de escala y concertación de esfuerzos, se
realizará de existir proyectos de inversión pública del
ámbito metropolitano.
Artículo 26º.- Formalización
Los acuerdos y compromisos del Proceso
de Formulación del Presupuesto Participativo se
formalizarán en sesión ordinaria programada del Consejo
de Coordinación Local Distrital, y posteriormente en
sesión de Concejo Municipal, en la cual el presidente del
Equipo Técnico deberá sustentar todas las actividades
ejecutadas en el marco del proceso, así como también
del cronograma de ejecución de los proyectos para el
próximo año f‌i scal. Todos los proyectos aprobados
deberán ser incluidos en el Presupuesto Institucional
para el Año Fiscal 2015, para su aprobación por parte
del Concejo Municipal.
El cronograma de ejecución de proyectos será
elaborado por las gerencias involucradas en su
formulación, el cual será puesto a disposición del Consejo
de Coordinación Local Distrital, del Concejo Municipal y
del Comité de Vigilancia.
Artículo 27º.- Perfeccionamiento técnico de
proyectos
Si en la etapa de ejecución alguno de los proyectos
priorizados en el Presupuesto Participativo no puede ser
ejecutado, el Alcalde dispondrá el reemplazo de dicho
proyecto por otro, previo informe técnico elaborado para
tal f‌i n por la Gerencia de Planif‌i cación y Presupuesto,
a través de la Subgerencia de Presupuesto. El
reemplazo del proyecto se realizará de acuerdo a la
escala de prioridades concertada, de encontrarse con
declaratoria de viabilidad el proyecto. Cabe precisar que
estas acciones deben contar con el conocimiento del
Consejo de Coordinación Local Distrital y el Comité de
Vigilancia.
1103080-1
MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA
Prorrogan plazo de vencimiento de
Beneficio de Regularización Tributaria
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 013-2014-MSB-A
San Borja, 27 de junio de 2014
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
SAN BORJA
VISTOS, el Informe Nº79-2014-MSB/GR/URT de la
Unidad de Recaudación Tributaria y el Informe Nº047-
2014-MSB-GM-GR de la Gerencia de Rentas ambos de
fecha 16 de junio de 2014, el Informe Nº388-2014-MSB-
GM-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica de fecha 20
de junio de 2014, el Memorando Nº678-2014-MSB-GM de
la Gerencia Municipal de fecha 20 de junio de 2014; y
CONSIDERANDO:
Perú, concordante con el artículo II del Título Preliminar
establece que los Gobiernos Provinciales y Distritales
son órganos de gobierno local con autonomía política,
económica y administrativa en los asuntos de su
competencia, radicando esta en la facultad de ejercer
actos de gobierno administrativo y de administración con
sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, en uso de sus facultades legales, el Concejo
Municipal aprobó la Ordenanza Nº 516-MSB, publicada
en el diario of‌i cial El Peruano con fecha 03 de diciembre
de 2013 sobre Benef‌i cio de Regularización Tributaria a
favor de los contribuyentes del distrito, con un plazo de
vigencia hasta el 28 de diciembre de 2013; plazo que ha
sido prorrogado sucesivamente en mérito de la Tercera
Disposición Final que otorga al Alcalde la facultad de
prorrogar dicho plazo mediante Decreto de Alcaldía;
Que, mediante Informe Nº 79-2014-MSB-GR-
URT, la Unidad de Recaudación Tributaria señala que
se vienen realizando acciones para la verif‌i cación
de predios subvaluados, así como la omisión del
registro de contribuyentes en la base de datos de la
Municipalidad de San Borja, con la f‌i nalidad que puedan
tributar correctamente; así como que, quienes tengan
obligaciones pendientes de pago, las subsanen, siendo
pertinente ofrecer facilidades especiales; asimismo,
ref‌i ere que la ordenanza citada permite aplicar la
sustracción de la materia a expedientes de impugnación
cuando el contribuyente se acoge al benef‌i cio tributario
lo que genera un mejor uso de los recursos humanos,
logísticos y otros, que se ocasionan con la normal
atención de los expedientes, por lo cual se propone la
prórroga de la Ordenanza Nº 516-MSB hasta el 31 de
julio de 2014;
Que, mediante Informe Nº 388-2014-MSB-GAJ,
la Gerencia de Asesoría Jurídica, luego del análisis
correspondiente, opina por la procedencia de la prórroga
propuesta, en razón de encontrarse sustentada en los
fundamentos expuestos por el área técnica competente,
así como en la normatividad vigente:
Estando a lo expuesto, de acuerdo a la documentación
sustentatoria del visto y en uso de las facultades conferidas
en el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de
Municipalidades, Ley Nº 27972; con el visto bueno de
la Gerencia de Rentas, Gerencia de Asesoría Jurídica y
Gerencia Municipal;
DECRETA:
Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 31 de julio
de 2014, el plazo de vencimiento de la Ordenanza 516-
MSB, sobre Benef‌i cio de Regularización Tributaria.
Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del
presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Rentas,
Gerencia de Administración y Finanzas y sus unidades
dependientes de acuerdo a competencia.
Artículo Tercero.- PUBLICAR el presente Decreto
de Alcaldía en el diario oficial El Peruano y encargar
a la Gerencia de Tecnologías de la Información su
publicación en el Portal de Transparencia Institucional
y el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas,
así como su difusión a la Gerencia de Imagen
Institucional.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
MARCO ÁLVAREZ VARGAS
Alcalde
1103174-1

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