DECRETO DE ALCALDIA N° 02-2014-MPL - Establecen Cronograma de Actividades que se realizarán durante el desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo para el Ejercicio Fiscal 2015

Fecha de publicación08 Marzo 2014
Fecha de disposición08 Marzo 2014
El Peruano
Sábado 8 de marzo de 2014 518475
a los contribuyentes, mediante un régimen temporal que
permita el saneamiento de las deudas tributarias, y;
Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 273/ML,
estable el régimen Tributario de los Arbitrios Municipales
de Recolección de Residuos Sólidos, Barrido de Calles
y Vías Públicas, Mantenimiento de Parques y Jardines
Públicos y Serenazgo y la determinación de sus tasas
para el ejercicio 2014; que en su ARTÍCULO PRIMERO:
MARCO LEGAL APLICABLE, aplicar para el ejercicio
2014 lo dispuesto en la Ordenanza Nº 255/ML ratif‌i cada
mediante Acuerdo de Concejo Metropolitano Nº 2417
publicado el 31 de Diciembre del 2012.
Que, en la precitada Ordenanza Municipal Nº
255/ML en su ARTÍCULO SEXTO: PERIODICIDAD
Y VENCIMIENTO, Los Arbitrios de: Recolección de
Residuos Sólidos, Barrido de Calles y Vías Públicas,
Mantenimiento de Parques y Jardines Públicos y
Serenazgo son de periodicidad mensual, siendo el día
de su vencimiento el último día hábil del mes, excepto
el vencimiento del mes de enero, cuyo vencimiento
es el último día hábil del mes de febrero; y que su
Disposición Final de la ordenanza mencionada, faculta
al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía
disponga las medidas complementarias y ampliatorias
para la ejecución de la Ordenanza Municipal Nº 273/
ML, y;
Que, de conformidad con el inciso 6) del artículo 20º
y el artículo 42º, de la Ley N.° 27972 – Ley Orgánica de
Municipalidades.
SE DECRETA:
Artículo Primero.- AMPLIAR el plazo de vencimiento
del pago de la primera cuota del Impuesto Predial y de la
primera y segunda cuota de Arbitrios Municipales 2014,
aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 273/ML
hasta el 15 de marzo de 2014.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia
de Rentas, Gerencia de Administración y Finanzas, la
Sub Gerencia de Informática y la Secretaría General
a través de la Oficina de Imagen Institucional, el
cumplimiento de lo establecido en el presente Decreto
de Alcaldía.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
JORGE MARTICORENA CUBA
Alcalde
1058648-1
MUNICIPALIDAD DE
PUEBLO LIBRE
Establecen Cronograma de Actividades
que se realizarán durante el desarrollo
del Proceso del Presupuesto
Participativo para el Ejercicio Fiscal
2015
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 02-2014-MPL
Pueblo Libre, 17 de febrero de 2014
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE PUEBLO LIBRE
VISTO: El Informe Nº 039-2014-MPL-GPP de fecha
13 de febrero de 2014, emitido por la Gerencia de
Planeamiento y Presupuesto;
CONSIDERANDO:
Qué, los artículos 197º y 199º de La Constitución
Política del Perú, modif‌i cada mediante Ley Nº 27680,
que aprueba la Reforma Constitucional del Capítulo XIV,
del Título IV, sobre descentralización, establecen que las
Municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la
Participación Vecinal en el desarrollo local, formulan sus
Presupuestos con la participación de la población y rinden
cuenta de su ejecución anualmente bajo responsabilidad
conforme a Ley;
Qué, mediante Ley Nº 28056 - Ley Marco del
Presupuesto Participativo y D.S. Nº 142-2009-EF-
Reglamento del Presupuesto Participativo, se regula
el Proceso del Presupuesto Participativo de acuerdo
a lo Establecido en la Ley Marco del Presupuesto
Participativo y su modif‌i catoria la Ley Nº 29298. El
Presupuesto Participativo es un proceso que fortalece las
relaciones Estado-Sociedad mediante el cual se def‌i nen
prioridades sobre las acciones o proyectos de inversión
a implementarse en el nivel de Gobierno Local, con la
participación de la sociedad organizada, generando
compromisos de todos los agentes participantes para la
consecución de los objetivos estratégicos;
Qué, mediante Resolución Directoral Nº 007-
2010-EF/76.01de fecha 26-03-2010 publicado el
10 de abril 2010 se Aprobó el “Instructivo Nº 001-
2010-EF/76.01 – “Instructivo para el Proceso del
Presupuesto Participativo Basado en Resultados”, el
mismo que está orientado a resultados con la finalidad
que las intervenciones estén claramente articulados a
productos y resultados específicos que la población
necesite, particularmente en aquellas dimensiones
que se consideran más prioritarias para el desarrollo
regional o local, evitando ineficiencias en la asignación
de recursos públicos;
Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 079-
MPL de 25 de junio 2010, se aprobó el “Plan de
Desarrollo Concertado de Pueblo Libre 2010-
2021”, el cual constituye el instrumento orientador
a partir del cual debe fijarse las prioridades de los
respectivos Presupuestos Participativos y soluciones
a los principales problemas de forma tal que se pueda
cumplir y alcanzar con los Objetivos y la Visión del
Desarrollo contemplados en el “Plan de Desarrollo
Concertado de Pueblo Libre 2010-2021”;
Que, mediante Ordenanza Nº 357-MPL de fecha 15 de
Marzo del 2011 publicada en el Diario Of‌i cial El Peruano
el día 23 de Marzo 2011, se aprobó el Reglamento del
Proceso del Presupuesto Participativo en la jurisdicción
del Distrito de Pueblo Libre;
Que, el artículo 42º de Ley Nº 27972, Ley Orgánica
de Municipalidades, señala entre otros aspectos que los
Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y
de aplicación de las Ordenanzas;
Que, con la f‌i nalidad de establecer una correcta
aplicación de las disposiciones que establecen la
reglamentación del Proceso del Presupuesto Participativo
en el Distrito de Pueblo Libre, es necesario precisar
el Cronograma de Actividades a desarrollar para el
respectivo proceso;
En uso de las atribuciones conferidas en el numeral
Orgánica de Municipalidades;
RESUELVE:
Artículo Primero.- ESTABLECER, el Cronograma de
Actividades a realizar durante el desarrollo del Proceso
del Presupuesto Participativo para el Ejercicio Fiscal
2015, quedando conforme al Anexo que se adjunta.
Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia
Municipal, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto,
Gerencia de Participación Vecinal, Gerencia de Desarrollo
Distrital, Gerencia de Seguridad Ciudadana, Gerencia de
Desarrollo Social y DEMUNA, y Gerencia de Educación
Cultura y Deporte el cumplimiento del presente Decreto
de Alcaldía.
Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia de
Imagen Institucional la difusión del Cronograma aprobado,
a la Secretaria General y Gerencia de Informática
y Gobierno Electrónico su publicación en el Portal
Institucional www.muniplibre.gob.pe.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
RAFAEL SANTOS NORMAND
Alcalde

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