ORDENANZA N° 018-2013-MPH - Establecen amnistía parcial de multas por infracciones al tránsito y al servicio de transporte en la Provincia de Huaral

EmisorMUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL
Fecha de la disposición14 de Diciembre de 2013
El Peruano
Sábado 14 de diciembre de 2013
509252
proyecto de ordenanza remitido al Pleno del Concejo para
su aprobación, el referido Plan Urbano constituye en el
principal instrumento del urbanismo y del desarrollo local
del Centro Poblado de Araya Grande, el mismo que, ante
la ausencia de un Plan de Acondicionamiento Territorial
ha incorporado un marco de análisis del entorno territorial
y socioeconómico provincial a la vez que se contextualiza
con el Plan Estratégico de la Provincia de Barranca 2004
- 2014;
Que, la nueva Ley de Regulación de Habilitaciones
Urbanas y de Edif‌i caciones, Ley Nº 29090, en su
Disposición Transitoria, ÚNICA establece un plazo
perentorio para a la aprobación de los planes de Desarrollo
Urbano;
Que, después de algunas intervenciones del debate
pertinente, el intercambio de ideas y en cumplimiento de
lo dispuesto el Artículo , 39° y 40° de la Ley Nº 27972
Orgánica de Municipalidades y el Artículo 194º de la
Constitución Política del Perú, el Pleno del Concejo
Provincial de Barranca con el voto UNÁNIME de los
Señores Regidores presentes y con dispensa del trámite
de lectura y Aprobación de Acta;
ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL
ESQUEMA DE ORDENAMIENTO URBANO DEL
CENTRO POBLADO DE ARAYA GRANDE 2013
– 2018, DEL DISTRITO Y PROVINCIA DE
BARRANCA, DEPARTAMENTO DE LIMA.
Artículo 1º.- APROBAR, EL ESQUEMA DE
ORDENAMIENTO URBANO (EU) DEL CENTRO
POBLADO DE ARAYA GRANDE 2013 – 2018, del Distrito
de Barranca, Provincia de Barranca, Departamento de
Lima, que forma parte de la presente Ordenanza, el
mismo que tendrá una vigencia de cinco (5) años a partir
de la publicación de la presente Ordenanza.
Artículo 2º.- APROBAR, EL CAMBIO DE USO DE
RUSTICO A URBANO del terreno que ocupa el Centro
Poblado de Araya Grande de un área de 82,121.96
m2.
Artículo 3º.- AUTORÍCESE, a la Gerencia Municipal
para realizar todas las acciones técnicas y legales a f‌i n de
dar cumplimiento a las disposiciones contenidas en el EU
del Centro Poblado de Araya Grande.
Dado en la Casa Municipal, a los Veintisiete días del
mes de Noviembre del Dos Mil Trece.
POR LO TANTO:
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
ROMEL ULLILEN VEGA
Alcalde Provincial
1027687-1
MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE HUARAL
Establecen amnistía parcial de multas
por infracciones al tránsito y al
servicio de transporte en la Provincia
de Huaral
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 018-2013-MPH
Huaral, 28 de noviembre del 2013
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE HUARAL
POR CUANTO:
VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el
Proyecto de Ordenanza Municipal que Establece Amnistía
Parcial de Multas por Infracciones al Tránsito y al Servicio
de Transporte en la Provincia de Huaral; y,
CONSIDERANDO:
Perú, modif‌i cado mediante Ley Nº 27680 – Ley de Reforma
Constitucional, en concordancia con lo dispuesto en los
Artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de
Municipalidades - Ley Nº 27972, reconoce a los Gobiernos
Locales autonomía política, económica y administrativa
en los asuntos de su competencia.
Que, la Ley General de Transporte y de Tránsito
Terrestre Ley Nº 27181 en su Artículo 11º Establece que
las Municipalidades Provinciales están facultadas para
emitir normas complementarias para la aplicación de los
reglamentos nacionales en materia de transporte, asimismo
el Artículo 17º de la citada norma les otorga la facultad
de recaudar y administrar los recursos provenientes del
pago de multas por infracciones de tránsito contenidas
en el Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de
Tránsito - Código de Tránsito Decreto Supremo Nº 016-
2009-MTC, modif‌i cado por el Decreto Supremo Nº 029-
2009-MTC.
Que, el Artículo 288º del Texto Único Ordenado del
Reglamento Nacional de Tránsito –Código de Tránsito
Decreto Supremo Nº 016-2009-MTC, modif‌i cado por
considera Infracción de Tránsito de la acción u omisión
que contravengan las disposiciones contenidas en el
presente Reglamento, debidamente tipif‌i cada en los
cuadros de Tipif‌i cación, Sanciones y Medidas Preventivas
aplicables a las infracciones al Tránsito Terrestre.
Que, dentro de las sanciones administrativas
encontradas a las multas que implican la cancelación de
una sanción pecuniaria al cual puede ser reducida o dejada
sin efecto a criterio de la municipalidad competente en
virtud a la autonomía política, económica y administrativa
en los asuntos de su competencia, autonomía que radica
en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativos
y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico
esto de conformidad al Artículo II Título Preliminar de la
Que, la Ordenanza Municipal Nº 012-2009-MPH,
modif‌i cado por la Ordenanza Municipal Nº 008-2010-MPH,
que Regula el Transporte Público Especial de Pasajeros y
Carga en Vehículos Menores Motorizados y No Motorizados
en el Distrito de Huaral, en su Artículo 28º señala: El
Control de Servicio Especial de Pasajeros en Vehículos
Menores y la Imposición de las Papeletas de Infracción
Vehicular al Servicio Especial de Pasajeros en Vehículos
Menores del presente reglamento será impuestas por el
Inspector de Transporte de la Municipalidad Provincial
de Huaral, debidamente identif‌i cado con el apoyo de la
Policía Nacional del Perú, si fuese necesario.
Que, la Ordenanza Municipal Nº 009-2000-MPH,
Regula el Servicio de Taxi en la Provincia de Huaral en
su Artículo 85º Establece: Las Papeletas por Infracción
a la presente Ordenanza serán impuestas por la Policía
Nacional del Perú asignada al Control de Tránsito, cuando
el vehículo se encuentre en rutas y con pasajeros, asimismo
en concordancia con el Artículo 92º de la Ordenanza
citada señala: La persona natural o jurídica según sea el
caso será sancionada por las acciones u omisiones la que
utilizarán la letra I como elemento identif‌i catorio.
Que, la Ordenanza Municipal Nº 002-98-CMH,
Reglamenta el Servicio de Transporte Urbano e Interurbano
en la Provincia de Huaral, en lo concerniente al Servicio
Regular, la misma que en su Artículo 84º señala: Las
Papeletas por infracción a la presente Ordenanza, serán
impuestas por la Policía Nacional de Perú, asignada al
Control de Tránsito, cuando el vehículo se encuentre en
ruta y con pasajeros: asimismo en concordancia con lo
establecido en su Artículo 91º de la norma en mención
que establece: Las concesionarias serán sancionadas por
las siguientes acciones u omisiones por los miembros de
la Policía de Tránsito, utilizando la letra H, como elemento
codif‌i catorio.
Que, la Municipalidad Provincial de Huaral, tiene
pendiente de cobro una importante cartera por concepto
de Papeletas de Infracción al Tránsito y Transporte que
se encuentran en calidad de incobrables durante muchos
años y en algunos casos se encuentren en la Of‌i cina de
Ejecutoria Coactiva, por lo que es conveniente que se
genere una política municipal de facilidades de pago,
estableciendo un Régimen de Incentivos que permita

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