DECRETO SUPREMO N° 001-2014-MIDIS - Aprueban Reglamento del Fondo de Estímulo al Desempeño y Logro de Resultados Sociales (FED)

Fecha de disposición13 Marzo 2014
Fecha de publicación13 Marzo 2014
El Peruano
Jueves 13 de marzo de 2014 518717
Nombran Comandante General del
Ejército del Perú
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 110-2014-DE/
Lima, 12 de marzo de 2014
CONSIDERANDO:
Perú determina que el Presidente de la República es el
Jefe Supremo de las Fuerzas Armadas;
Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo
2º de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación
del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación
de funcionarios públicos, el Presidente de la República,
mediante Resolución Suprema refrendada por el Ministro
del Sector, nombra entre otros, a los Comandantes
Generales de las Fuerzas Armadas;
Que, según lo dispuesto por el artículo 15º del Decreto
Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del
Ministerio de Defensa, el Ejército del Perú es comandado
por el Comandante General del Ejército del Perú, quien es
designado por el Presidente de la República conforme a la
normativa especí¿ ca, y depende del Ministro de Defensa;
Estando a lo propuesto por el Ministro de Defensa;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Nombrar al General de División Ronald
Emilio Hurtado Jiménez como Comandante General del
Ejército del Perú.
Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Ministro de Defensa.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Ministro de Defensa
1061061-11
DESARROLLO E
INCLUSION SOCIAL
Aprueban Reglamento del Fondo de
Estímulo al Desempeño y Logro de
Resultados Sociales (FED)
DECRETO SUPREMO
Nº 001-2014-MIDIS
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 29792, se crea el Ministerio de
Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito,
competencias, funciones y estructura orgánica básica;
asimismo, se crea el Sistema Nacional de Desarrollo e
Inclusión Social (SINADIS) como sistema funcional, y
el sector Desarrollo e Inclusión Social que comprende
a todas las entidades del Estado, de los tres niveles de
gobierno, vinculadas con el cumplimiento de las políticas
nacionales en materia de promoción del desarrollo social,
la inclusión y la equidad;
Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5 de
la Ley Nº 29792, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión
Social tiene la ¿ nalidad de mejorar la calidad de vida de
la población, promoviendo el ejercicio de derechos, el
acceso a oportunidades y el desarrollo de capacidades,
en coordinación y articulación con las diversas entidades
del sector público, el sector privado y la sociedad civil;
se aprueba la Estrategia Nacional de Desarrollo e Inclusión
Social, “Incluir para Crecer” como instrumento de gestión
orientado al logro de resultados prioritarios en materia de
inclusión social, que busca que todos los sectores y niveles de
gobierno orienten sus acciones articuladamente para reducir
las brechas existentes en el país y mejorar las condiciones
de vida de la población en situación de pobreza y pobreza
extrema, especialmente la Población en Proceso de Desarrollo
e Inclusión Social, particularmente en cinco ejes estratégicos:
Nutrición infantil (0 a 3 años), Desarrollo infantil temprano (0 a
5 años), Desarrollo integral de la niñez y la adolescencia (6 a
17 años), Inclusión económica (18 a 64 años) y Protección del
Adulto Mayor (65 años a más);
Que, en el marco de lo expuesto, mediante Ley Nº
30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año
Fiscal 2014, se crea el Fondo de Estímulo al Desempeño
y Logro de Resultados Sociales (FED), a cargo del
Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, con la ¿ nalidad
de impulsar el logro de los resultados establecidos en la
Estrategia Nacional de Desarrollo e Inclusión Social en
materia de desarrollo infantil temprano;
Que, en tal contexto, la Octogésima Cuarta Disposición
Complementaria Final de la citada Ley Nº 30114 dispone
que mediante decreto supremo, propuesto por el Ministerio
de Desarrollo e Inclusión Social y refrendado por el
Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y el Ministerio
de Economía y Finanzas, se aprueban las disposiciones
que fueran necesarias para la implementación y
funcionamiento del Fondo de Estímulo al Desempeño y
Logro de Resultados Sociales (FED);
Que, en dicho sentido, resulta necesario reglamentar
la gestión y funcionamiento del Fondo de Estímulo al
Desempeño y Logro de Resultados Sociales (FED),
considerando el mecanismo de incentivos al desempeño
y la participación articulada del Gobierno Nacional y los
Gobiernos Regionales, a efectos de mejorar la efectividad
de la provisión de los productos de los programas
presupuestales orientados al logro de resultados en
materia de desarrollo infantil temprano, en el marco de la
Estrategia Nacional de Desarrollo e Inclusión Social;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158,
de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
2014; y la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y
Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social;
DECRETA:
Artículo 1.- Objeto
Apruébese el Reglamento del Fondo de Estímulo al
Desempeño y Logro de Resultados Sociales (FED), el cual
consta de dos (2) títulos, tres (3) capítulos, quince (15)
artículos y una (1) disposición complementaria ¿ nal, que
como anexo forma parte del presente decreto supremo.
Artículo 2.- Vigencia
El reglamento aprobado conforme al artículo precedente
entrará en vigencia al día siguiente de su publicación.
Artículo 3.- Refrendo
El presente decreto supremo es refrendado por la
Ministra de Desarrollo e Inclusión Social y por el Ministro
de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los doce
días del mes de marzo del año dos mil catorce.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
PAOLA BUSTAMANTE SUÁREZ
Ministra de Desarrollo e Inclusión Social
LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO
Ministro de Economía y Finanzas
REGLAMENTO DEL FONDO DE ESTÍMULO
AL DESEMPEÑO Y LOGRO DE RESULTADOS
SOCIALES (FED)
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.- Finalidad
La presente norma tiene por ¿ nalidad establecer las
disposiciones reglamentarias para la implementación y el

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