DECRETO DE ALCALDIA N° 010-2014-MDSM - Prorrogan vigencia de beneficio tributario y no tributario e incentivos a favor de contribuyentes que actualicen información predial

Fecha de publicación03 Septiembre 2014
Fecha de disposición03 Septiembre 2014
El Peruano
Miércoles 3 de setiembre de 2014 531695
POR CUANTO
EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA;
Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 26 de
agosto de 2014 el Dictamen N°53-2014-MML-CMDUVN
de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano,
Vivienda y Nomenclatura;
Aprobó la siguiente:
ORDENANZA
QUE RESTITUYE LA ZONIFICACIÓN A PREDIO
UBICADO EN LAS LADERAS DEL CERRO EL
AGUSTINO CORRESPONDIENTE A LOS DISTRITOS
DE SANTA ANITA – EL AGUSTINO
Artículo Primero.- Restituir la calif‌i cación de Zona
de Reglamentación Especial (ZRE) al predio cuya área
aproximada es de 43.62 Has., ubicado en la Ladera
del Cerro El Agustino, para la ejecución del Proyecto
Habitacional de interés social Laderas del Cerro El
Agustino y Gran Parque, a cargo del Ministerio de
Vivienda, Construcción y Saneamiento. Calif‌i car al área
destinada al desarrollo del Gran Parque, como Zona de
Recreación Pública (ZRP), quedando el área restante del
Cerro El Agustino, como zona de Protección y Tratamiento
Paisajista (PTP).
Artículo Segundo.- Disponer que en el proceso de
Habilitación Urbana del proyecto, el Ministerio de Vivienda,
Saneamiento y Construcción deberá cumplir con:
2.1 Elaborar un Estudio de Impacto Vial, regulado por
las Ordenanzas Nº 1268-MML, N° 1404-MML y N° 1694-
MML, a f‌i n de ser evaluado por la Gerencia de Transporte
Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima.
2.2 Elaborar un Estudio de Impacto Ambiental regulado
por la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Impacto
Ambiental.
2.3 Elaborar un Estudio de Seguridad y Riesgo Físico
Ampliatorio al presentado, a cargo del CISMID, en el
que se señale expresamente las zonas en riesgo, sus
medidas de mitigación y las zonas en donde no debería
construirse.
2.4 Elaborar un Plan de Gestión de Residuos Sólidos,
regulado por la Ordenanza Nº 295-MML, a f‌i n de ser
evaluado por la Gerencia de Ambiente de la Municipalidad
Metropolitana de Lima.
2.5 Elaborar un nuevo Planeamiento Urbano sustentado
en las recomendaciones de los estudios anteriores y
que incluya las propuestas de usos del suelo, vialidad,
equipamiento urbano y la Reglamentación Especial
correspondiente para esta zona del Cerro El Agustino,
a ser aprobado posteriormente por la Municipalidad
Metropolitana de Lima mediante Ordenanza.
Artículo Tercero.- Encargar al Ministerio de Vivienda,
Saneamiento y Construcción, bajo responsabilidad, la
formulación de la Reglamentación Especial, sustentada
en los resultados de los Estudios y de los Proyectos
que desarrolle en dicho territorio. Dicha Reglamentación
deberá ser presentada con posterioridad a la Municipalidad
Metropolitana de Lima para su ratif‌i cación, a f‌i n de que
pueda ser considerada en los procedimientos técnicos
y administrativos que correspondan, e incluidos en la
normativa de Zonif‌i cación de Lima Metropolitana.
Artículo Cuarto.- Encargar al Instituto Metropolitano
de Planif‌i cación de la Municipalidad Metropolitana de
Lima, incorpore en el Plano de Zonif‌i cación de los Distritos
de Santa Anita y El Agustino, la modif‌i cación aprobada en
el Artículo Primero de la presente Ordenanza.
POR TANTO
Mando se registre, publique y cumpla.
En Lima, 26 de agosto de 2014.
HERNÁN NUÑEZ GONZALES
Encargado de Alcaldía
1131479-1
MUNICIPALIDAD DE
SAN MIGUEL
Prorrogan vigencia de beneficio
tributario y no tributario e incentivos a
favor de contribuyentes que actualicen
información predial
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 010-2014-MDSM
San Miguel, 29 de agosto de 2014
EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL
VISTOS, el memorando Nº694-2014-GM/MDSM,
cursado por Gerencia Municipal, el informe Nº560-2014-
GAJ/MDSM emitido por la Gerencia de Asuntos Jurídicos
y el informe Nº085-2014-GRAT/MDSM emitido por la
Gerencia de Rentas y Administración Tributaria; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante ordenanza Nº267-MDSM se otorgan
benef‌i cios tributarios y no tributarios, así como incentivos
para la regularización voluntaria de la información
predial a favor de los vecinos del distrito de San Miguel,
facultándose al alcalde en la tercera disposición f‌i nal,
para que mediante decreto, dicte las disposiciones
complementarias necesarias para la adecuada aplicación
de la presente ordenanza y para establecer la prórroga de
la misma, de ser el caso;
Que, a través del Decreto de Alcaldía Nº007-2014/
MDSM, se prorroga la vigencia del benef‌i cio tributario y
no tributario e incentivos a favor de los contribuyentes del
distrito que actualicen información predial, establecidos
en la ordenanza Nº267-MDSM, hasta el 29 de agosto de
2014;
Que, según el artículo 42º de la ley Nº27972, Ley
Orgánica de Municipalidades, los decretos de alcaldía
establecen, entre otras disposiciones, normas que regulan
asuntos de orden general y de interés para el vecindario;
Que, mediante informe de vistos, la Gerencia de
Rentas y Administración Tributaria reporta la existencia
solicitudes de los vecinos del distrito porque se amplíe
la vigencia del benef‌i cio y de parte de la administración
tributaria disposición por corresponder, por lo que resulta
necesario prorrogar la vigencia de dicho benef‌i cio hasta el
30 de setiembre de 2014;
Estando a lo expuesto, con cargo a dar cuenta al
concejo municipal, y en uso de las atribuciones conferidas
al alcalde por el artículo 20º inciso 6) de la ley Nº27972,
SE DECRETA:
Artículo 1º.- PRORROGAR la vigencia del benef‌i cio
tributario y no tributario e incentivos a favor de los
contribuyentes que actualicen información predial,
establecidos en la ordenanza Nº267-MDSM, hasta el 30
de setiembre de 2014.
Artículo 2º.- PUBLICAR el presente decreto de
alcaldía en el Diario Of‌i cial El Peruano, así como en el
portal institucional de la Municipalidad Distrital de San
Miguel (www.munisanmiguel.gob.pe).
Artículo 3º.- ENCARGAR a las gerencias de Rentas
y Administración Tributaria e Imagen Institucional, así
como a las subgerencias de Registro y Recaudación
Tributaria, Tesorería y Tecnologías de la Información
y Comunicaciones el cabal cumplimiento del presente
decreto de alcaldía.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
SALVADOR HERESI CHICOMA
Alcalde
1132126-1

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