ORDENANZA N° 379-MDR - Otorgan incentivos tributarios a contribuyentes del distrito, para el pago al contado de las obligaciones tributarias vencidas

Fecha de publicación30 Marzo 2014
Fecha de disposición30 Marzo 2014
El Peruano
Domingo 30 de marzo de 2014
520034
MUNICIPALIDAD DE
LURIGANCHO CHOSICA
Amplían plazo de vencimiento de
pago de primer trimestre del Impuesto
Predial y Arbitrios Municipales del
ejercicio 2014
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 006-2014/MDLCH
Chosica, 24 de marzo de 2014
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE LURIGANCHO - CHOSICA
Visto el Informe Nº 88-2014/MDLCH-GR elevado al
despacho de la Gerencia Municipal, el Gerente de Rentas
remite el proyecto de Decreto de Alcaldía por el cual
amplía el plazo de vencimiento del primer trimestre del
impuesto predial y de los arbitrios municipales del año
2014, hasta el 30 de abril del presente año.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Nº 196-MDL, publicado el 8
de febrero de 2014, se establece el vencimiento del pago
de los Tributos Municipales para el Ejercicio Fiscal 2014.
Que, en vista de que a la fecha aún muchos
contribuyentes aún no han recibido sus cuponeras de
pago del impuesto predial y de los arbitrios municipales
correspondiente al presente año, se hace necesario ampliar
los plazos de vencimiento para el pago de los tributos
municipales, conforme a lo establecido en el artículo 29º
por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, concordante con
el artículo 4º de la Ordenanza Nº 196-MDL; y,
Estando a mérito de lo expuesto y en uso de las
facultades conferidas por el artículo 20º, inciso 6) de la
SE DECRETA:
Primero.- AMPLIAR el plazo de vencimiento para el
pago de PRIMER TRIMESTRE del impuesto predial y de
los arbitrios municipales del ejercicio 2014 hasta el día 30
de ABRIL del presente año.
Segundo.- DISPONER que la Sub Gerencia de
Gestión Tecnológica proceda a la publicación del presente
dispositivo en el portal de la página web municipal.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
LUIS FERNANDO BUENO QUINO
Alcalde
1068202-1
MUNICIPALIDAD DEL RIMAC
Modifican la Ordenanza Nº 373, que
aprobó Matrimonio Civil Comunitario
2014 en el distrito
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DEL RÍMAC
POR CUANTO:
VISTO, en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha
25 de marzo de 2014, Informe Nº 45-2014-SGTDARC-SG-
MDR de fecha 24 de marzo de 2014 de la Subgerencia de
Trámite Documentario, Archivo Central y Registro Civil;
CONSIDERANDO:
Que, en mérito de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica
de Municipalidades, Ios gobiernos locales gozan de
autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia; autonomía que se encuentra
Que, mediante Informe Nº 45-2014-SGTDARC-SG-
MDR de fecha 24 de marzo de 2014 de la Subgerencia
de Trámite Documentario, Archivo Central y Registro Civil,
señala que el día 10 de mayo de 201 las distintas unidades
orgánicas de la municipalidad tienen programado diversas
actividades a favor de la Comuna; es por ello que se ha
considerado conveniente proponer al Concejo Municipal
trasladar la fecha del matrimonio civil comunitario para el
día 17 de mayo de 2014; debiendo modif‌i carse el artículo
primero de la Ordenanza Nº 373-MDR;
Estando a las facultades conferidas por el numeral
de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobó por
unanimidad y con dispensa del trámite de lectura y
aprobación del Acta, la siguiente:
ORDENANZA MODIFICATORIA DE LA ORDENANZA
Nº 373, QUE APRUEBA MATRIMONIO CIVIL
COMUNITARIO 2014 EN EL DISTRITO DEL RÍMAC
Artículo Primero.- Modifíquese el artículo primero de la
Ordenanza Nº 373, debiendo decir:
“Artículo Primero.- Autorizar, la celebración de los
Matrimonios Civiles Comunitarios 2014 en el distrito del
Rímac, que se llevarán a cabo los días 17 de mayo, 19 de
julio y 13 de setiembre de 2014”.
POR TANTO:
Mando se regístrese, publíquese, comuníquese y
cúmplase.
Dado en el Palacio Municipal, a los veinticinco días del
mes de marzo del dos mil catorce.
ENRIQUE PERAMÁS DÍAZ
Alcalde
1068427-1
Otorgan incentivos tributarios a
contribuyentes del distrito, para el
pago al contado de las obligaciones
tributarias vencidas
ORDENANZA Nº 379-MDR
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DEL RÍMAC
POR CUANTO:
Visto, en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha
25 de marzo de 2014, Dictamen Nº 004-2014-CARyDEL/
MDR de la Comisión de Administración, Rentas y
Desarrollo Económico Local, Informe Nº 024-2014-
SGATR-GR/MDR de fecha 21 de marzo de 2014 de la
Subgerencia de Administración Tributaria y Recaudación
e Informe Nº 207-2014-GAJ-MDR de fecha 24 de marzo
de 2014 de la Gerencia de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO;
modif‌i cado por Ley Nº 27680 de Reforma Constitucional,
concordante con el artículo II del Título Preliminar de

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