ORDENANZA N° 302-2014-MDI - Establecen incentivos a los vecinos participantes del Programa de Segregación en la Fuente 2014 a través de sorteos

Fecha de publicación15 Julio 2014
Fecha de disposición15 Julio 2014
El Peruano
Martes 15 de julio de 2014
527784
a) Promover y proponer que, en la formulación,
el planeamiento y la ejecución de las políticas y los
programas locales, se tomen en cuenta, de manera
expresa, las necesidades e intereses de la persona con
discapacidad.
b) Coordinar, supervisar y evaluar las políticas
y programas locales sobre cuestiones relativas a la
discapacidad.
c) Participar de la formulación y aprobación del
presupuesto local para asegurar que se destinen los
recursos necesarios para la implementación de políticas y
programas sobre cuestiones relativas a la discapacidad.
d) Coordinar y supervisar la ejecución de los planes y
programas nacionales en materia de discapacidad.
e) Promover y organizar los procesos de consulta de
carácter local.
f) Promover y ejecutar campañas para la toma de
conciencia respecto de la persona con discapacidad,
el respeto de sus derechos y de su dignidad, y la
responsabilidad del Estado y la sociedad para con ellas.
g) Difundir información sobre cuestiones relacionadas
a la discapacidad, incluida información actualizada acerca
de los programas y servicios disponibles para la persona
con discapacidad y su familia.
h) Administrar el Registro Municipal de la Persona
con Discapacidad en el ámbito de su jurisdicción,
considerando los lineamientos emitidos por el Registro
Nacional de la Persona con Discapacidad.
i) Supervisar el cumplimiento de lo dispuesto en la
presente Ley en el ámbito de su competencia y denunciar
su incumplimiento ante el órgano administrativo que
corresponda.”
Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento
de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal y a la
Gerencia de Desarrollo Social.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría
General la publicación de la presente ordenanza en
el Diario Oficial El Peruano y a la Subgerencia de
Tecnologías de la Información y Comunicaciones su
publicación en la Página Web de la Municipalidad
de Cieneguilla (www.municieneguilla.gob.pe) y en el
Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas PSCE
(www.serviciosalciudadano.gob.pe).
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
EMILIO A. CHAVEZ HUARINGA
Alcalde
1109923-1
MUNICIPALIDAD DE
INDEPENDENCIA
Establecen incentivos a los vecinos
participantes del Programa de
Segregación en la Fuente 2014 a través
de sorteos
ORDENANZA Nº 302-2014-MDI
Independencia, 20 de junio del 2014
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
INDEPENDENCIA
POR CUANTO:
EL CONCEJO MUNICIPAL DE INDEPENDENCIA EN
SESIÓN ORDINARIA DE LA FECHA
VISTO: El Memorando Nº 757-2014-GGA/MDI de la
Gerencia de Gestión Ambiental, Informe Nº 120-2014-
GPPR/MDI de la Gerencia de Planif‌i cación, Presupuesto
y Racionalización, El Informe Nº 268-2014-GAL/MDI
de la Gerencia de Asesoría Legal y Proveido Nº 1212-
2014-GM/MDI de la Gerencia Municipal, sobre Programa
de Premiación que incentiva al vecino y promueve el
cumplimiento del Programa de Segregación en la Fuente
2014-VPSF; y,
CONSIDERANDO:
Perú, modif‌i cada por la Ley Nº 28607 “Ley de Reforma
Constitucional”, establece que las Municipalidades
Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local,
con autonomía política, económica y administrativa en
los asuntos de su competencia; radicando esta facultad
de ejercer actos de gobierno, administrativos y de
administración con sujeción al ordenamiento jurídico, de
acuerdo a lo dispuesto en el Artículo II del Título Preliminar
Municipalidades” establece en su inciso 29) que corresponde
al concejo municipal aprobar el régimen de administración de
sus bienes y rentas, así como el régimen de administración
de los servicios públicos locales. Asimismo, el Art. 55º de la
misma Ley establece que los bienes, rentas y derechos de
cada municipalidad constituyen su patrimonio;
Que, de conformidad con el artículo 43º del Título VII del
Capítulo II de la Ley 27314 “Ley General de los Residuos
Sólidos” que establece que “Las autoridades sectoriales
y municipales establecerá condiciones favorables que
directa o indirectamente generen un benef‌i cio económico,
a favor de aquellas personas o entidades que desarrollen
acciones de minimización, segregación de materiales en
la fuente para su reaprovechamiento…”
Que, de conformidad con el numeral 1) del artículo
142º del Capítulo II del Título X del D.S. 057 -2004 –PCM,
Reglamento de la Ley General de los Residuos Sólidos
que establece “Benef‌i cios Tributarios y Administrativos”.
Que, en el artículo 7º de la Ley Nº 29419 “Ley que
regula la actividad de los Recicladores” establece que,
“Los gobiernos locales implementan Programas de
Incentivos a la Segregación en la Fuente, los cuales
pueden incluir compensación a los contribuyentes a
través de la reducción del pago de tarifas o la entrega de
bienes o servicios a menos costos o de forma gratuita, o
como parte de programas de certif‌i cación ambiental de
empresas o instituciones en general”.
Que, en su Reglamento, el D.S. Nº 005 -2010 MINAM,
en su artículo 47º del capítulo I, del título VI, señala “La
municipalidad establecerá progresivamente un bono de
incentivo dirigido a los vecinos que participan del Programa
de Formalización de Recicladores y Recolección Selectiva
de Residuos Sólidos, para lo cual segregan sus residuos
sólidos reaprovechables y los entregan a los recicladores
autorizados por la Municipalidad, según la cantidad de
los residuos que se producen, al menos una vez por
semana.”
Que, el Instructivo para el Cumplimiento de la META
Nº 03, Anexo Nº 09, Numeral 1.5) establecida por el
MINAM en este año 2014, que habla sobre “Benef‌i cios”
de la participación en el Programa Segregación en
Fuente” y en el Anexo 1, numeral 4.4.4 c) “Obligaciones
del Vecino, la municipalidad, los recicladores y demás
actores involucrados.
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo
establecido por el Artículo 9º numeral 8), de la Ley Nº 27972
- Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal
con el voto por MAYORÍA, con seis (06) votos a favor:,
Víctor Zarate, José Vilca, Emiliano Muñoz, Carmen
Valencia, Carlos Bustios, Edith Martínez, y con cinco (05)
abstenciones: Gregorio Quispe, Roberto Vidal, Grover
Tamara, Alejandro Castañeda, Manuel Benavides y con
dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta,
acordó lo siguiente:
ORDENANZA QUE ESTABLECE INCENTIVOS
A TRAVÉS DE SORTEOS A LOS VECINOS
PARTICIPANTES DEL PROGRAMA DE
SEGREGACIÓN EN LA FUENTE 2014 (VPSF)
Artículo Primero.- APROBAR los Incentivos que
tienen por objeto promover el cumplimiento del Programa

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