ORDENANZA N° 289-MDCH - Aprueban Ordenanza que adecúa y regula el Procedimiento de otorgamiento de Licencia de Funcionamiento en el Distrito de Chaclacayo

EmisorMUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO
Fecha de la disposición26 de Junio de 2013
El Peruano
Miércoles 26 de junio de 2013 498103
MUNICIPALIDAD DE
CHACLACAYO
Aprueban Ordenanza que adecúa y
regula el Procedimiento de otorgamiento
de Licencia de Funcionamiento en el
Distrito de Chaclacayo
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 289-MDCH
Chaclacayo, 30 de mayo de 2013
VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 30
de Mayo de 2012, el Dictamen Nº 003-2013-CDE/MDCH
de la Comisión de Desarrollo Económico, el Informe Nº
083-2013-MDCH de la Gerencia de Asesoría Jurídica,
el Informe Nº 0012-2013-GDE/MDCH de la División
de Desarrollo Económico Local, Memorandum Nº 078-
2013-GPP/MDCH de la Gerencia de Planeamiento y
Presupuesto y el Memorandum Nº 240-2013-GAF/MDCH
de la Gerencia de Administración y Finanzas; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el artículo 194º de la
Constitución Política del Estado, modif‌i cado por la Ley
de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, y la Ley de
Reforma, Ley Nº 28607, las Municipalidades Provinciales
y Distritales tienen autonomía política, económica
y administrativa en los asuntos de su competencia,
concordante, con lo establecido en el artículo II del
Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de
Municipalidades;
Que, de conformidad con el artículo 6º del Título
Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de
Municipalidades, señala que los “gobiernos locales
promueven el Desarrollo Económico Local, con incidencia
en la micro y pequeña empresa” y en su artículo 10º,
establece que los “gobiernos locales promueven el
desarrollo integral, para viabilizar el crecimiento económico,
la justicia social y la sostenibilidad ambiental”;
Que, en los numerales 3.6 y 3.6.4 del Artículo 79º
señala que es competencia y función específ‌i ca
exclusiva de las municipalidades el normar, regular y
otorgar autorizaciones, derechos y licencias y realizar la
f‌i scalización de apertura de establecimientos comerciales,
industriales y de actividades profesionales de acuerdo con
la zonif‌i cación;
Que, asimismo el Artículo 83º del mismo texto acotado
señala que es función de las municipalidades en materia de
abastecimiento y comercialización de productos y servicios,
otorgar licencias para la apertura de establecimientos
comerciales, industriales y profesionales;
Que, mediante Ley Nº 28976 - Ley Marco de Licencia
de Funcionamiento, publicada en el Diario Of‌i cial El
Peruano, con fecha 5 de febrero de 2007, en su artículo 1º
señala como f‌i nalidad: Establecer el MARCO JURÍDICO
de las disposiciones aplicables al procedimiento para el
otorgamiento de la licencia de funcionamiento expedida por
las municipalidades, correspondiendo a éstas adecuar su
respectivo Texto Único de Procedimientos Administrativos
(TUPA) con las disposiciones previstas en dicha ley;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 066-2007-PCM,
se establecen diversos aspectos de las Inspecciones
Técnicas de Seguridad en Defensa Civil, tales como la
naturaleza, objeto, procedimientos y requisitos a tenerse
en consideración en la ejecución de los lineamientos de
Que, en uso de las atribuciones conferidas en los
artículos 9º numeral 8), 39º y 40º de la Ley Orgánica de
Municipalidades - Ley Nº 27972,
SE ORDENA:
Artículo Primero.- APROBAR la “Ordenanza que
adecua y regula el procedimiento de otorgamiento de
Licencia de Funcionamiento en el Distrito de Chaclacayo,
acorde con la Ley Nº 28976, Ley Marco de Licencia de
funcionamiento”, que consta de cuarenta y seis (46)
artículos y nueve (09) Disposiciones Finales y Transitorias,
cuyo contenido se detalla en el Anexo Nº 01, el mismo que
forma parte integrante de la presente Ordenanza.
Artículo Segundo.- MODIFICAR el contenido el
Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA)
de la Municipalidad de Chaclacayo, en los Artículos
correspondientes a la Licencia de Funcionamiento.
Artículo Tercero.- INCORPORAR a dicho documento
los siete (07) procedimientos contenidos en el Anexo
Nº 02, relacionados a los procedimientos de licencia
de funcionamiento de establecimientos comerciales,
industriales y de servicios, el mismo que forma parte
integrante de la presente Ordenanza.
Artículo Cuarto.- DEJAR sin efecto cualquier otra
Ordenanza y/o norma municipal que se oponga a la
presente.
Artículo Quinto.- DESE cuenta a la Gerencia General
Municipal, Gerencia de Asesoría Jurídica, Gerencia de
Desarrollo Urbano, División de Licencias y Autorizaciones
y otras unidades orgánicas para su conocimiento y f‌i nes.
Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Unidad de Tecnologías
de la Información y Comunicaciones la publicación del texto
completo de la presente Ordenanza en la Página Web de la
Municipalidad de Chaclacayo: www.munichaclacayo.gob.pe
y en el Portal de Servicios al Ciudadano y empresas: www.
serviciosalciudadano.gob.pe.
Artículo Séptimo.- DISPONER que de conformidad
con el Artículo 4º del Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM,
la publicación del presente dispositivo legal, se realiza sin
sus anexos, en el Diario Of‌i cial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
ALFREDO E. VALCARCEL CAHEN
Alcalde
954763-1
MUNICIPALIDAD DE PUCUSANA
Modifican el Acuerdo de Concejo
N° 004-2011/MDP que establece Dieta
de Regidores de la Municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 043-2013/MDP
Pucusana, 29 de mayo del 2013
EL CONCEJO DISTRITAL DE PUCUSANA, en Sesión
Ordinaria de Concejo de fecha 29 de Mayo del 2013, bajo
la presidencia del Señor Alcalde PEDRO FLORIAN HUARI
y contando con el quórum reglamentario conformado
por los Regidores VICENTE MAXIMILIANO CAYCHO
FAUSTINO, LUIS QUEVEDO NUÑEZ, VICTORIA YOANY
VILLENA BAMBAREN, NORMA ROSAURA ZUTA
BAQUERIZO y EDWAR OMAR ALVAREZ CANALES.
VISTO: El pedido de los señores Regidores de la
Municipalidad Distrital de Pucusana respecto a que se
reduzca el número de Sesiones de Concejo pagadas, a
solo dos por mes, en vez de cuatro como hasta ahora, en
vista que requieren más tiempo para dedicarse al trabajo
de campo.
CONSIDERANDO:
Que, la Municipalidad Distrital de Pucusana es un
Órgano de Gobierno Local con personería de derecho
público, tiene autonomía política, económica y administrativa
en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo
establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del
Estado concordante con lo previsto en la Ley Nº 27972 – Ley
Orgánica de Municipalidades;
Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 004–2011/MDP
de fecha 06 de Enero del 2011, se aprueba establecer
la Dieta de cada uno de los señores Regidores de la

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