ORDENANZA N° 299-MDCH - Aprueban beneficios tributarios y no tributarios en el distrito

Fecha de publicación26 Noviembre 2013
Fecha de disposición26 Noviembre 2013
El Peruano
Martes 26 de noviembre de 2013 507769
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 24º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica
de Gobiernos Regionales, establece que los Gobiernos
Regionales realizarán dos Audiencias Públicas al año,
una en la capital de la Región y otra en una Provincia en
las que dará cuenta de los logros y avances alcanzados
durante el periodo.
Que, mediante Ordenanza Regional Nº 020-2011-
GRA/CR, de fecha 20 de agosto de 2011, se aprueba el
Reglamento para el Desarrollo de Audiencias Públicas
Regionales del Gobierno Regional de Ayacucho.
Que, mediante Ordenanza Regional Nº 015-2012-
GRA/CR, de fecha 31 de mayo de 2012, se modif‌i ca el
Reglamento aprobado mediante Ordenanza Regional
Nº 020-2011-GRA/CR de fecha 20 de agosto de 2011,
para el Desarrollo de Audiencias Públicas Regionales del
Gobierno Regional de Ayacucho, el cual en su artículo 9º
establece que la convocatoria para la Audiencia Pública
Regional será realizada por la Presidencia Regional
aprobada mediante Decreto Regional.
Que, siendo política del Gobierno, llevar a cabo
una Gestión Pública Regional basada en principios de
ef‌i ciencia, transparencia y de compromiso con el desarrollo
de la Región Ayacucho, se ha visto por conveniente,
modif‌i car la fecha de realización de la II Audiencia Pública
Regional de Rendición de Cuentas 2013, aprobada con el
Decreto Regional Nº 003-2012-GRA/PRES.
En uso de las atribuciones conferidas, el Presidente
del Gobierno Regional de Ayacucho;
DECRETA:
Artículo Primero.- MODIFICAR, la fecha de
realización de la II Audiencia Pública Regional de
Rendición de Cuentas 2013 del Gobierno Regional de
Ayacucho, conforme se describe a continuación:
- 2da. Audiencia Pública Regional en la ciudad de
Ayacucho, el día viernes 20 de diciembre de 2013, a las
09:00 a.m.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Unidad de
Comunicaciones y la Unidad de Informática del Gobierno
Regional de Ayacucho, la publicación y difusión de la
convocatoria de las audiencias Públicas Regionales para
el Año Fiscal 2013.
Artículo Tercero.- TRANSCRIBIR el presente
Decreto al Consejo Regional, Gerentes y Directores
Regionales, Directores Regionales Sectoriales,
Directores Sub Regionales y Unidades Operativas,
Consejo de Coordinación Regional, demás instancias
técnico – administrativo del Gobierno Regional de
Ayacucho, y a toda dependencia que corresponda, para
su cumplimiento.
Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.
WILFREDO OSCORIMA NÚÑEZ
Presidente
1018908-1
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE
CHACLACAYO
Aprueban beneficios tributarios y no
tributarios en el distrito
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 299-MDCH
Chaclacayo, 14 de noviembre de 2013
Visto: En Sesión Ordinaria de la fecha, el Dictamen
Nº 005-2013-CATR/MDCH de fecha 07 de Noviembre de
2013, de la Comisión de Rentas; y,
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en la Norma IV del
mediante D.S. Nº 133-2013-EF, los Gobiernos Locales,
mediante Ordenanza, pueden crear, modif‌i car y suprimir
sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o
exonerar de ellos dentro de su jurisdicción y con los limites
que señala la ley;
Que, conforme lo señala el segundo párrafo del artículo
41º del Código Tributario, excepcionalmente los gobiernos
locales pueden condonar; con carácter general, el interés
moratorio y las sanciones respecto de los tributos que
administren;
Que, la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas
- GATYR, mediante Informe Nº 054-2013-GATYR/MDCH
sostiene que existe la necesidad de establecer benef‌i cios
dirigidos a promover el pago voluntario de las obligaciones
tributarias vencidas con más f‌l exibilidad, sin intereses y
multas;
Que, actualmente existen deudas tributarias de años
anteriores pendientes de pago, las mismas que requieren
un tratamiento especial considerando la actual situación
económica por la que atraviesa el país;
Que, es objeto de la actual Administración brindar
a los contribuyentes de la jurisdicción de Chaclacayo
las mayores facilidades para el cumplimiento de sus
obligaciones formales y sustanciales, sean de naturaleza
tributaria;
Que, mediante Informe Nº 0246-2013/MDCH-GAJ la
Gerencia de Asesoría Jurídica opina que es viable que el
Concejo Municipal de Chaclacayo apruebe “la Ordenanza
municipal de Benef‌i cios Tributarios con Deuda Cero
2013”, con la f‌i nalidad que cumplan con sus obligaciones
tributarias pendientes de pagos derivadas del Impuesto
Predial, Arbitrios Municipales y Multas Tributarias y con
el pago de las obligaciones derivadas de las deudas no
tributarias, provenientes de Servicio de Agua Potable,
Multas administrativas y Multas de sanción;
Estando por lo expuesto en el Informe Nº 0245-2013-
GGM/MDCH de la Gerencia General Municipal y en
ejercicio de las facultades conferidas por el numeral 8 del
Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipales - Ley Nº
27972, con el voto Unánime y con la dispensa del trámite
de lectura y aprobación del Acta, se aprobó lo siguiente:
Artículo Primero.- APROBAR la Ordenanza de Benef‌i cios
Tributarios y no Tributarios en el Distrito de Chaclacayo
– Feliz Navidad – Deuda Cero, el mismo que forma parte de
la presente Ordenanza y consta de 10 Artículos, cuyo texto
íntegro forma parte de la presente Ordenanza.
Artículo Segundo.- DISPONER que de conformidad
con el Artículo 4º del Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM,
la publicación del presente dispositivo legal, se realiza sin
sus anexos en el Diario Of‌i cial El Peruano.
Artículo Tercero.- FACÚLTESE al Alcalde para que
mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones
reglamentarias y/o complementarias necesarias para
lograr la adecuada aplicación y/o ampliación de la
presente Ordenanza, así mismo prorrogue la vigencia de
la presente norma.
Artículo Cuarto.- DISPONER que la Gerencia de
Administración Tributaria y Rentas, deberá realizar las
acciones de su competencia orientadas a la adecuada
aplicación e implementación de lo dispuesto en la presente
Ordenanza, la Gerencia de Administración y Finanzas
deberá prestar todo el apoyo económico y logístico para
su implementación, la Unidad de Imagen Institucional y la
División de Participación Vecinal serán las encargadas de la
difusión respectiva en el distrito y la Unidad de Tecnologías
de la Información y Comunicaciones, encargada de los
respectivos procesos en el Sistema Tributario Municipal y su
publicación en el portal institucional (www.munichaclacayo.
gob.pe); así como de las demás áreas de la Municipalidad
en lo que les fuera pertinente.
Artículo Quinto.- Deróguese o déjese sin efecto todas
las normas o disposiciones que se opongan a la presente
Ordenanza.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
ALFREDO E. VALCÁRCEL CAHEN
Alcalde
1019093-2

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