ORDENANZA N° 0018-2013-AL/CPB - Aprueban Campaña de Actualización Masiva de Impuesto Predial, Regularización de Deuda Tributaria y Arbitrios en la ciudad de Barranca

EmisorMUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA
Fecha de la disposición17 de Julio de 2013
El Peruano
Miércoles 17 de julio de 2013 499517
para la comunidad, señalando además el párrafo siguiente
que, las modif‌i caciones y /o actualizaciones pueden
versar sobre los siguientes aspectos: Las que cambien la
Zonif‌i cación Comercial, Industrial, Pre Urbana, Recreación,
Usos Especiales, Servicios Públicos Complementarios,
Zona de Reglamentación Especial y Zona Monumental,
o impliquen la modif‌i cación de Zona Residencial de Baja
Densidad a Densidad Media o Zona Residencial de Densidad
Media a Residencial de Alta Densidad.
Que en cumplimiento del Decreto Supremo Nº 019-97-
EM; Decreto Supremo Nº.-004-2007-EM; Decreto Supremo
Nº 029-2007-EM; Decreto Supremo Nº 037-2007–EM;
Decreto Supremo Nº 065-2008-EM, correspondientes
al Reglamento de Establecimientos de Gas licuado de
Petróleo para uso Automotor-Gasocentros; Decreto
Supremo Nº 030-98-EM, de conformidad con el Artículo 3º
del Decreto Supremo Nº 045-2001-EM, publicado el 22-
07-2001, se mantiene vigente las disposiciones contenidas
en esta norma, en tanto no se oponga al Reglamento
aprobado por el Decreto Supremo mencionado.
Que, por las consideraciones expuestas y en uso de las
facultades conferidas en el Artículo 9º numeral 8 y Art. 39º de
la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; el pleno de
concejo de la Municipalidad Provincial de Barranca con el voto
por MAYORIA de sus miembros y con dispensa del trámite de
lectura y aprobación del Actas, aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA
EL CAMBIO DE ZONIFICACIÓN CON
LA FINALIDAD DE PROMOVER LA INVERSIÓN
PRIVADA, EN LA ZONA ESTE – CENTRO
DEL DISTRITO DE BARRANCA
Artículo 1º.- APROBAR, el Cambio de Zonif‌i cación
con la Finalidad de Promover la Inversión Privada, en la
Zona Este-Centro del Distrito de Barranca; el cual consta
de 03 Artículos, y 04 Disposiciones Finales, que en anexo
forma parte de la presente ordenanza.
Artículo 2º.- DEJAR, sin efecto todas las disposiciones
que se opongan a la presente Ordenanza Municipal.
Artículo 3º.- La presente Ordenanza Municipal entrará
en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario
Of‌i cial El Peruano.
Artículo 4º.- PUBLIQUESE la presente norma
local en el Diario Of‌i cial El Peruano, y sus anexos en
el Portal Institucional www.munibarranca.gob.pe/ y en
el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www.
serviciosalciudadano.gob.pe/ conforme a los lineamientos
descritos en la Ley Nº 29091.
Artículo 5º.- ENCARGAR a Secretaría General la
publicación, distribución y notif‌i cación de la presente
ordenanza municipal.
POR LO TANTO:
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
Dado en la casa municipal, a los doce días del mes de
junio del dos mil trece.
ROMEL ULLILEN VEGA
Alcalde Provincial
962886-1
Aprueban Campaña de Actualización
Masiva de Impuesto Predial,
Regularización de Deuda Tributaria y
Arbitrios en la ciudad de Barranca
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 0018-2013-AL/CPB
EL ALCALDE DEL HONORABLE CONCEJO
PROVINCIAL DE BARRANCA
VISTO; En Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha
12 de Junio del 2013, en la Estación Orden del Día, el
Informe Nº 0204-2013-SGFT-MPB., Informe Nº 062-2013-
GR-NCFLS-MPB., Informe Legal Nº 0710-2013-OAJ/
MPB., Informe Nº 066-2013-GM/MPB., Memorándum Nº
099-2013-AL/RUV-MPB., Dictamen Nº 006-2013-CPRPE/
MPB., relacionados al proyecto de Ordenanza Municipal
que aprueba la campaña de actualización masiva de
impuesto predial, regularización de deuda tributaria y
arbitrios en la Ciudad de Barranca; y,
CONSIDERANDO:
Que, conforme lo establece la Constitución Política del
Perú, en su artículo 194º modif‌i cado por la Ley Nº 28607
- Ley de Reforma Constitucional las municipalidades
provinciales y distritales son los órganos de gobierno local
con autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia;
Que, las ordenanzas municipales son normas de
mayor rango dentro de la normatividad municipal,
conforme establece el artículo 40º de la Ley Orgánica
de Municipalidades, Ley Nº 27972, primer párrafo “Las
ordenanzas municipales provinciales y distritales, en la
materia de su competencia, son las normas de carácter
general de mayor jerarquía en la estructura normatividad
municipal, por medio de las cuales se aprueba la
organización interna, la regulación, administración y
supervisión de los servicios públicos y las materias en las
que la municipalidad tiene competencia normativa .
Que, el Artículo 41º del código tributario, establece la
deuda tributaria sólo podrá ser condonada por norma expresa
con rango de ley. Excepcionalmente los gobiernos locales
podrán condonar con carácter general el interés moratoria y
las sanciones, respecto de los tributos que administren;
Que, el artículo 62º de la misma norma, establece la
facultad de f‌i scalización de la administración tributaria, por
lo que es necesario incentivar a los contribuyentes para
que en forma voluntaria regularicen la determinación de
sus obligaciones tributarias a f‌i n de que las obligaciones no
declaradas oportunamente las pueda efectuar con facilidades
de pago;
Que, después de algunas intervenciones, del debate
pertinente, el intercambio de ideas y en cumplimiento
de lo dispuesto el Artículo 9º, 39º y 40º de la Ley Nº
27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y el Artículo
194º de la Constitución Política del Perú, el Pleno del
Concejo Municipal con el voto UNANIME de los Señores
Regidores presentes y con dispensa del trámite de lectura
y aprobación de Acta; se expide la siguiente:
ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA
CAMPAÑA DE ACTUALIZACIÓN MASIVA DE
IMPUESTO PREDIAL, REGULARIZACIÓN DE DEUDA
TRIBUTARIA Y ARBITRIOS EN LA CIUDAD DE
BARRANCA
Artículo 1º.- APROBAR, las normas que regulan la
Campaña de Actualización Masiva de Impuesto Predial,
Regularización de Deuda Tributaria y Arbitrios en la Ciudad
de Barranca; el cual consta de 11 Artículos y 04 Disposiciones
Finales, que en anexo forma parte de la presente ordenanza.
Artículo 2º.- DEJAR, sin efecto todas las disposiciones
que se opongan a la presente Ordenanza Municipal.
Artículo 3º.- La presente Ordenanza Municipal entrará
en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario
Of‌i cial El Peruano.
Artículo 4º.- PUBLIQUESE la presente norma
local en el Diario Of‌i cial El Peruano, y sus anexos en
el Portal Institucional www.munibarranca.gob.pe/ y en
el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www.
serviciosalciudadano.gob.pe/ conforme a los lineamientos
descritos en la Ley Nº 29091.
Artículo 5º.- ENCARGAR a Secretaría General la
publicación, distribución y notif‌i cación de la presente
ordenanza municipal.
POR LO TANTO:
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en la Casa Municipal, a los doce días del mes de
junio del dos mil trece.
ROMEL ULLILEN VEGA
Alcalde Provincial
962887-1

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