RESOLUCION JEFATURAL N° 122-2013-INEI - Aprueban Índices Unificados de Precios de la Construcción para las seis Áreas Geográficas, correspondientes al mes de abril de 2013

Fecha de disposición04 Mayo 2013
Fecha de publicación04 Mayo 2013
El Peruano
Sábado 4 de mayo de 2013
494194
Of‌i cial El Peruano, la distribución de los recursos que en
el marco de la Resolución Ministerial Nº 422-2007/MINSA
se transf‌i eren a las Unidades Ejecutoras vinculadas al
Pliego Seguro Integral de Salud, Unidad Ejecutora 002:
Fondo Intangible Solidario de Salud - FISSAL por la
Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias,
correspondiéndoles tramitar ante sus respectivos
Pliegos Presupuestales la incorporación de los recursos
transferidos, dentro de su marco presupuestal;
Que, mediante el artículo 1º de la Resolución Ministerial
Nº 872-2009/MINSA se autoriza al Seguro Integral de Salud
a aplicar, a partir de la entrada en vigencia del Decreto
Supremo Nº 016-2009-SA, el Tarifario y las Def‌i niciones
Operacionales aprobadas por la Resolución Ministerial
Nº 240-2009/MINSA en las regiones donde se dará inicio
el AUS, facultándosele a realizar las adecuaciones que
resulten necesarias, para su aplicación;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 934-2010/
MINSA se modif‌i ca el artículo 2° de la Resolución Ministerial
N° 872-2009/MINSA, en el que facultan al Seguro Integral
de Salud a utilizar las modalidades o mecanismos de
pago más adecuados para el f‌i nanciamiento de las
prestaciones que se cubran en el marco del proceso de
implementación del Aseguramiento Universal en Salud,
incluyendo aquellas prestaciones que no se encuentran
comprendidas en la Resolución Ministerial N° 240-2009/
MINSA, así como las que forman parte del Plan Esencial
de Aseguramiento en Salud (PEAS), en tanto dure el
proceso de reestructuración y adecuación del SIS a su
nuevo rol de Institución Administradora de Fondos de
Aseguramiento en Salud (IAFAS);
Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 226-2011/
MINSA, se sustituyen los Anexos “Tarifario del Seguro
Integral de Salud para los Componentes Subsidiado y
Semisubsidiado” y “Def‌i niciones Operacionales”, aprobados
por la Resolución Ministerial Nº 240-2009/MINSA;
Que, mediante Informe de vistos, el Responsable
de Planeamiento y Presupuesto del FISSAL, informa
que existe disponibilidad presupuestaria para las
transferencias a las Unidades Ejecutoras a nivel nacional
por la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios,
para la Cobertura de las Enfermedades de Alto Costo de
Atención;
Estando a lo propuesto por el Fondo Intangible
Solidario de Salud;
Con el visto bueno de la Secretaría General, del
Jefe (e) del Fondo Intangible Solidario de Salud, del
Responsable de la Administración del FISSAL, del
Responsable de Planeamiento y Presupuesto del
FISSAL, y con la opinión favorable de la Of‌i cina General
de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo establecido en el numeral 12.2
del artículo 12° de la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal 2012; de acuerdo
a lo dispuesto en el numeral 11.8 del artículo 11º del
Reglamento de Organización y Funciones del Seguro
Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-
2011-SA y a lo precisado en el artículo 2º de la Resolución
Ministerial Nº 325-2012/MINSA;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Aprobar la Transferencia de la Unidad
Ejecutora 002-1423 FONDO INTANGIBLE SOLIDARIO DE
SALUD - FISSAL para las Unidades Ejecutoras por la suma
de S/. 2’898,687.00 (DOS MILLONES OCHOCIENTOS
NOVENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS OCHENTA
Y SIETE CON 00/100 NUEVOS SOLES) con cargo a
la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios,
correspondiente al calendario del mes de Abril 2013, según
se detalla en el Anexo 01 que forma parte integrante de la
presente Resolución.
Artículo 2°.- El Titular del Pliego del Gobierno Regional
aprueba la desagregación de los recursos autorizados en
la presente norma, en el nivel funcional programático,
mediante Resolución Ejecutiva Regional y en el caso
del Gobierno Nacional por Resolución Ministerial, dentro
de los diez (10) días calendario de la publicación de la
presente Resolución. La Resolución Ejecutiva Regional o
Resolución Ministerial deberá ser publicada dentro de los
cinco (5) días de aprobada en la página web del Gobierno
Regional o del Ministerio de Salud.
Artículo 3°.- Encargar a la Secretaría General, la
publicación de la presente Resolución en el Diario Of‌i cial
“El Peruano”; así como publicar en el portal institucional,
http://www.f‌i ssal.gob.pe/Fissal/Transferencia.aspx, el
texto de la presente Resolución y su Anexo 01.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEDRO FIDEL GRILLO ROJAS
Jefe del Seguro Integral de Salud (e)
932938-1
ORGANISMOS TECNICOS
ESPECIALIZADOS
INSTITUTO NACIONAL DE
ESTADISTICA E INFORMATICA
Aprueban Índices Unificados de Precios
de la Construcción para las seis Áreas
Geográficas correspondientes al mes
de abril de 2013
RESOLUCIÓN JEFATURAL
N° 122-2013-INEI
Lima, 2 de mayo de 2013
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a lo dispuesto en la Novena Disposición
Complementaria y Transitoria del Decreto Ley 25862, de
18.11.92, se declara en desactivación y disolución al Consejo
de Reajuste de Precios de la Construcción;
Que, asimismo la Undécima Disposición Complementaria
y Transitoria del referido Decreto Ley, dispone transferir al
Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) las
funciones de elaboración de los Índices de los elementos
que determinen el costo de las Obras;
Que, con el objeto de facilitar su cumplimiento, se
considera necesaria la publicación de aquellos Índices
que a la fecha cuentan con la información requerida;
Que, la Dirección Técnica de Indicadores
Económicos ha elaborado el Informe Nº 01-04-2013/
DTIE, referido a los Índices Unif‌i cados de Precios de
la Construcción, para las seis (6) Áreas Geográf‌i cas,
correspondientes al mes de abril de 2013, el mismo que
cuenta con la conformidad de la Comisión Técnica para
la aprobación de los Índices Unif‌i cados de Precios de
la Construcción;
En uso de las atribuciones conferidas por el Art. 6º del
Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organización y Funciones
del Instituto Nacional de Estadística e Informática.
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Aprobar los Índices Unif‌i cados
de Precios de la Construcción para las seis (6) Áreas
Geográf‌i cas, correspondientes al mes de abril de 2013,
que a la fecha cuentan con la información requerida, tal
como se detalla a continuación:
ÍNDICE
CÓDIGO ABRIL 2013
30 352,30
34 516,46
39 385,85
47 471,44
49 229,46
53 891,45
Regístrese y comuníquese.
ALEJANDRO VILCHEZ DE LOS RÍOS
Jefe
932670-1

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