RESOLUCION DIRECTORAL N° 002-2014-EF/63.01 - Aprueban Directiva N° 001-2014-EF/63.01, Directiva del Sistema Nacional de Inversión Pública para Proyectos Formulados en el Marco de la Nonagésima Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29951
Fecha de publicación | 16 Abril 2014 |
Fecha de disposición | 16 Abril 2014 |
El Peruano
Miércoles 16 de abril de 2014
521086
se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cada
por Ley Nº 28899.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Ministro de Defensa
1074284-2
ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban Directiva N° 001-2014-
EF/63.01, Directiva del Sistema
Nacional de Inversión Pública para
Proyectos Formulados en el Marco
de la Nonagésima Sexta Disposición
Complementaria Final de la Ley
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
N° 002-2014-EF/63.01
Lima, 7 de abril de 2014
CONSIDERANDO:
Nacional de Inversión Pública, modifi cado por el artículo
único de la Ley N° 28802, en concordancia con lo dispuesto
en la Tercera Disposición Complementaria Final de la
Resolución Ministerial N° 223-2011-EF-43, que aprueba
el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio
de Economía y Finanzas, dispone que el Ministerio de
Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de
Política de Inversiones, es la más alta autoridad técnico
normativa del Sistema Nacional de Inversión Pública y
dicta las normas técnicas, métodos y procedimientos que
rigen los Proyectos de Inversión Pública;
Que, la Nonagésima Sexta Disposición Complementaria
Final de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2013 faculta a la Agencia de
Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN para
la formulación de intervenciones y reformular Proyectos
de Inversión Pública que no se encuentren en etapa de
ejecución, cuyo objeto sea la provisión de infraestructura
pública y la prestación de servicios públicos prioritarios,
con la fi nalidad de desarrollar Asociaciones Público-
Privadas, así como prioriza de manera excepcional y con
carácter de urgente, las Iniciativas Privadas Cofi nanciadas
destinadas a cubrir el défi cit de infraestructura y de
servicios públicos; asimismo, señala que en cualquier
caso la Dirección General de Política de Inversiones del
Ministerio de Economía y Finanzas tendrá a su cargo la
evaluación, declaración de viabilidad o su verifi cación,
según corresponda;
Que, el segundo párrafo del artículo 15° del Decreto
Legislativo N° 1012, que aprueba la Ley Marco de
Asociaciones Público-Privadas para la generación de
empleo productivo y dicta normas para la agilización
de los procesos de promoción de la inversión privada,
y normas modifi catorias, señala que la Agencia de
Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN
se constituirá en la Unidad Formuladora de las Iniciativas
Privadas Cofi nanciadas y la Dirección General de Política
de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas
tendrá a su cargo la evaluación, declaración de viabilidad
y/o verifi cación de viabilidad en el marco del Sistema
Nacional de Inversión Pública;
Que, el literal c. del numeral 3.2 del artículo 3° del
Reglamento del Sistema Nacional de Inversión Pública,
aprobado por Decreto Supremo N° 102-2007-EF, establece
que la Dirección General de Política de Inversiones
tiene competencia para dictar las normas técnicas,
métodos y procedimientos que rigen los Proyectos de
Inversión Pública, inclusive para aquellos que consideren
concesiones cofi nanciadas por el Estado o requieran el
aval o garantía del Estado, conforme a la normatividad del
endeudamiento público;
Que, mediante Decreto Supremo N° 005-2013-
EF se dictan disposiciones complementarias para
reglamentar el Segundo Párrafo de la Nonagésima
Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley
N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público
para el Año Fiscal 2013, que prioriza de manera
excepcional y con carácter de urgente las Iniciativas
Privadas Cofi nanciadas destinadas a cubrir el défi cit
de infraestructura y de servicios públicos, señalándose
en su Segunda Disposición Complementaria Final que
la Dirección General de Política de Inversiones del
Ministerio de Economía y Finanzas podrá emitir las
disposiciones que resulten necesarias en el marco
del Sistema Nacional de Inversión Pública, para la
implementación de dicho Reglamento;
Que, mediante Resolución Directoral Nº 006-2013-
EF/63.01, se aprobó la Directiva Nº 001-2013-EF/63.01,
Directiva del Sistema Nacional de Inversión Pública para
Iniciativas Privadas Cofi nanciadas previstas en la Ley
Nº 29951, la cual contiene las disposiciones específi cas
del Sistema Nacional de Inversión Pública, aplicables
a los proyectos enmarcados en Iniciativas Privadas
Cofi nanciadas;
Que, sobre el particular, resulta necesaria la
inclusión y aprobación de los lineamientos para la
formulación y reformulación de Proyectos de Inversión
Pública a realizarse mediante Asociaciones Público-
Privadas Cofi nanciadas propuestas por el Estado, así
como la consolidación en un solo texto normativo de
las disposiciones específi cas del Sistema Nacional de
Inversión Pública aplicables a los Proyectos de Inversión
Pública que se realizan mediante Asociaciones Público-
Privadas Cofi nanciadas, que sean formulados por
PROINVERSIÓN y cuya viabilidad es declarada por
la Dirección General de Política de Inversiones del
Ministerio de Economía y Finanzas;;
En concordancia con las facultades dispuestas por la
Ley Nº 27293 y sus modifi caciones, normas reglamentarias
y complementarias, por la Nonagésima Sexta Disposición
Complementaria Final de la Ley N° 29951 y sus normas
reglamentarias, por la Resolución Ministerial N° 223-2011-
EF/43 y la Resolución Ministerial N° 287-2013-EF/10;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Aprobación de la Directiva N° 001-2014-
EF/63.01, Directiva del Sistema Nacional de Inversión
Pública para Proyectos formulados en el marco de la
Nonagésima Sexta Disposición Complementaria Final
de la Ley N° 29951.
Apruébase la Directiva N° 001-2014-EF/63.01,
Directiva del Sistema Nacional de Inversión Pública para
Proyectos formulados en el marco de la Nonagésima
Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley N°
29951, la misma que forma parte integrante de la presente
Resolución Directoral.
Artículo 2°.- Publicación
La Directiva N° 001-2014-EF/63.01 – Directiva del
Sistema Nacional de Inversión Pública para Proyectos
formulados en el marco de la Nonagésima Sexta
Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29951,
será publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano”, así como
en el portal institucional del Ministerio de Economía y
Finanzas (www.mef.gob.pe), en la Sección de Inversión
Pública, el mismo día de publicación de la presente
Resolución Directoral.
Artículo 3°.- Derogación
Déjase sin efecto la Directiva N° 001-2013-EF/63.01 –
Directiva del Sistema Nacional de Inversión Pública para
Iniciativas Privadas Cofi nanciadas previstas en la Ley N°
29951, aprobada por Resolución Directoral N° 006-2013-
EF/63.01.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ELOY DURAN CERVANTES
Director General
Dirección General de Política de Inversiones
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