RESOLUCION N° 6107-2014 - Autorizan a El Pacífico Peruano Suiza Compañía de Seguros y Reaseguros, el cierre de agencia ubicada en el departamento de Áncash.

Fecha de publicación26 Septiembre 2014
Fecha de disposición26 Septiembre 2014
El Peruano
Viernes 26 de setiembre de 2014 533417
de Intermediarios y Auxiliares de Seguros: Sección II De
los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto
2.- Corredores de Seguros de Personas; y,
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución SBS N° 1797-2011 de fecha 10 de
febrero de 2011, se establecieron los requisitos formales
para la inscripción de los Corredores de Seguros, en el
Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros;
Que, mediante Resolución SBS N° 2684-2013 de
fecha 02 de mayo 2013, se aprobó el Reglamento del
Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro de
Intermediarios y Auxiliares de Seguros, N° SBS-REG-
SGE-360-04;
Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos
formales y procedimientos establecidos en las normas
antes mencionadas;
Que, la Comisión Evaluadora en sesión de fecha
23 de enero de 2014, calif‌i có y aprobó por unanimidad
la solicitud del señor Jaime Vargas Malaga postulante
a Corredor de Seguros de Personas - persona natural,
con arreglo a lo dispuesto en el precitado Reglamento del
Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro de
Intermediarios y Auxiliares de Seguros, concluyéndose el
proceso de evaluación, y;
En uso de las atribuciones conferidas por la Ley N°
26702 y sus modif‌i catorias - Ley General del Sistema
Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la
Superintendencia de Banca y Seguros; y en virtud de la
facultad delegada por la Resolución SBS N° 2348-2013
del 12 de abril de 2013;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar la inscripción del señor
Jaime Vargas Malaga con matrícula número N-4262, en
el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros,
Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas
Naturales punto 2.- Corredores de Seguros de Personas,
a cargo de esta Superintendencia.
Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en
vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario
Of‌i cial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARCO OJEDA PACHECO
Secretario General
1141954-1
Autorizan a la Caja Municipal de
Ahorro y Crédito de Trujillo S.A. (CMAC
Trujillo) el traslado de agencia ubicada
en el departamento de Lima
RESOLUCIÓN SBS Nº 6055-2014
Lima, 11 de setiembre del 2014
EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS
(a.i.)
VISTA:
La solicitud presentada por la Caja Municipal de
Ahorro y Crédito de Trujillo S.A. (CMAC Trujillo) para que
se le otorgue autorización para el traslado de su Agencia
ubicada en el distrito de Comas, provincia y departamento
de Lima; y,
CONSIDERANDO:
Que, la empresa ha cumplido con remitir a esta
Superintendencia la documentación correspondiente para
el traslado de la agencia solicitada;
Que, mediante la Resolución SBS N°2077- 2009 de
fecha 01 de abril de 2009, se autorizó la apertura de la
agencia en cuestión;
Estando a lo informado por el Departamento de
Supervisión Microf‌i nanciera “D”; y,
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32°de
la Ley N° 26702 – Ley General del Sistema Financiero y del
Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de
Banca y Seguros, el Reglamento de apertura, conversión,
traslado o cierre de of‌i cinas, uso de locales compartidos,
cajeros automáticos y cajeros corresponsales, aprobado
mediante Resolución SBS Nº 6285-2013; y, en uso de
las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº
12883-2009 y Memorando N° 725 – 2014 – SABM;
RESUELVE:
Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de
Ahorro y Crédito de Trujillo S.A. (CMAC Trujillo) el traslado
de su Agencia ubicado en la Manzana A, Lote 20 (Av.
Túpac Amaru N° 3865 – 3867 – 3869), Urbanización San
Agustín, distrito de Comas, provincia y departamento de
Lima, a la Manzana T Lote 38 (Av. Túpac Amaru N° 2878),
Urbanización Repartición, distrito de Comas, provincia y
departamento de Lima.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ELIANA LEÓN CALDERÓN
Intendente General de Microf‌i nanzas (a.i.)
1142158-1
Autorizan a El Pacífico Peruano Suiza
Compañía de Seguros y Reaseguros,
el cierre de agencia ubicada en el
departamento de Áncash
RESOLUCIÓN SBS Nº 6107-2014
Lima, 12 de setiembre de 2014
EL INTENDENTE GENERAL DE SUPERVISIÓN
DE INSTITUCIONES DE SEGUROS
VISTA:
La solicitud presentada por la empresa EL PACÍFICO
PERUANO SUIZA COMPAÑÍA DE SEGUROS Y
REASEGUROS, para que se le autorice el cierre de una
(01) agencia ubicada en el departamento de Ancash.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución SBS N° 1109-1998 de fecha
05 de noviembre de 1998, se autorizó a la Compañía la
apertura de una (01) of‌i cina especial ubicada en Av.
Mariscal Luzuriaga N° 1060, distrito y provincia de Huaraz,
departamento de Ancash;
Que, mediante Resolución SBS N° 9197-2012 de
fecha 07 de diciembre de 2012, se autorizó a la Compañía
la conversión de la of‌i cina especial antes mencionada, en
agencia;
Que, mediante Resolución SBS N° 3262-2013 de
fecha 28 de mayo de 2013, se autorizó a la Compañía la
modif‌i cación de la dirección que f‌i gura en la Resolución
SBS N° 1109-1998 y en la Resolución SBS N° 9197-
2012, como “Av. Mariscal Luzuriaga N° 1060, distrito y
provincia de Huaraz, departamento de Ancash”, por la de
“Av. Mariscal Luzuriaga N° 1054, distrito y provincia de
Huaraz, departamento de Ancash”;
Que, en aplicación de los numerales 5.1 y 8.1 del
Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de
of‌i cinas, uso de locales compartidos, cajeros automáticos
y cajeros corresponsales, aprobado mediante Resolución
SBS N° 6285-2013, la empresa solicitante ha cumplido
con presentar la documentación correspondiente para el
cierre de una (01) agencia ubicada en el departamento
de Ancash;
Estando a lo informado por el Departamento de
Supervisión de Seguros “B”; y
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 30° de
la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de
Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y
Seguros, Ley N° 26702 y sus modif‌i catorias, la Resolución
SBS N° 6285-2013; y en virtud de la facultad delegada
mediante Resolución SBS N° 5829-2014 de fecha 05 de
setiembre de 2014;

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