RESOLUCION N° 080-024-0000308-2014-SUNAT/6I000 - Designan Auxiliares Coactivos de la Intendencia Regional Piura
Emisor | SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA |
Fecha de la disposición | 20 de Agosto de 2014 |
El Peruano
Miércoles 20 de agosto de 2014 530403
Vista: La renuncia presentada por el señor César
Augusto Calmet Delgado, el 8 de agosto de 2014 al cargo
de Asesor de la Presidencia del Consejo Directivo del
Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN;
y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1088, Ley
del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y
del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, se
creó el CEPLAN como órgano rector, orientador y de
coordinación del Sistema Nacional de Planeamiento
Estratégico constituyéndose como un organismo técnico
especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de
Ministros;
Que, el referido cuerpo legal establece que el máximo
órgano del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico-
CEPLAN es el Consejo Directivo presidido por un
representante del Presidente de la República;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 046-2009-PCM se
aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del
Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN,
estableciéndose dentro de la estructura orgánica al
Presidente del Consejo Directivo como el responsable de
ejercer la dirección y representación legal del CEPLAN
así como la titularidad del Pliego entre otras funciones,
por lo que los documentos de gestión disponen el
acompañamiento de asesores para el ejercicio del cargo;
Que, mediante Resolución de Presidencia del Consejo
Directivo Nº 10-2014/CEPLAN/PCD de fecha 30 de enero
de 2014 se designó al señor César Augusto Calmet
Delgado como Asesor de la Presidencia del Consejo
Directivo del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico
– CEPLAN;
Que, el citado funcionario ha presentado la renuncia al
cargo de Asesor de la Presidencia del Consejo Directivo
del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico –
CEPLAN, comunicando que el día 13 de agosto de 2014
será su último día de labores, para cuyo efecto solicitó
que se le exonere del plazo de preaviso de ley;
Que, es conveniente aceptar la referida renuncia en
los términos solicitados;
Con el visado del Director Ejecutivo y el Jefe de la
Ofi cina de Asesoría Jurídica del CEPLAN;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158,
que regula la participación del Poder Ejecutivo en el
nombramiento y designación de funcionarios públicos; el
Decreto Legislativo Nº 1088 y en uso de las facultades
establecidas en el Reglamento de Organización y
Funciones del Centro Nacional de Planeamiento
Estratégico aprobado mediante Decreto Supremo Nº 046-
2009-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- ACEPTAR la renuncia formulada por
el señor César Augusto CALMET DELGADO, como
Asesor de la Presidencia del Consejo Directivo del Centro
Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, a partir
del 14 de agosto de 2014.
Artículo 2º.- DAR las gracias el señor César Augusto
CALMET DELGADO por los importantes servicios
brindados al Estado en el cumplimiento de sus funciones.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS A. ANDERSON
Presidente
Consejo Directivo
Centro Nacional de Planeamiento Estratégico
1125402-1
SUPERINTENDENCIA
NACIONAL DE ADUANAS Y DE
ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Designan Auxiliares Coactivos de la
Intendencia Regional Piura
RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA
SUNAT
Nº 080-024- 0000308-2014-SUNAT/6I000
Piura, 13 de agosto de 2014
CONSIDERANDO:
Que, es necesario designar nuevos Auxiliares
Coactivos de la Intendencia Regional Piura para garantizar
el normal funcionamiento de su cobranza coactiva;
Que, el artículo 114° del Texto Único Ordenado del
Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo
N° 133-2013-EF y modifi catoria, establece los requisitos
que deberán reunir los trabajadores para acceder al cargo
de Auxiliar Coactivo;
Que, el personal propuesto ha presentado Declaración
Jurada manifestando reunir los requisitos antes
indicados;
Que, la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto
Único Ordenado del Código Tributario, establece que
lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7° de la
Ley N° 26979, no es de aplicación a los órganos de la
Administración Tributaria cuyo personal ingresó mediante
Concurso Público;
Que, el Artículo Único de la Resolución de
Superintendencia Nacional adjunta Operativa N° 005-
2014-SUNAT/600000 desconcentra en el Intendente
Principales Contribuyentes Nacionales, en el Intendente
Lima y en los Intendentes Regionales, la competencia para
designar auxiliares coactivos en el ámbito de competencia
de cada intendencia;
PUBLICACIÏN OBLIGATORIA DE
REGLAMENTOS ADMINISTRATIVOS
Se comunica a todas las Entidades del Sector Público que, conforme al Decreto Supremo
Nº 014-2012-JUS, publicado el 29 de agosto de 2012, los REGLAMENTOS ADMINISTRATIVOS
DEBEN PUBLICARSE en el DIARIO OFICIAL EL PERUANO para su VALIDEZ Y VIGENCIA, de
LA DIRECCION
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