ORDENANZA N° 413-2014/MDB-CDB - Aprueban Ordenanza que adecua y regula el procedimiento de Licencia de Funcionamiento en el distrito de Breña

Fecha de publicación31 Julio 2014
Fecha de disposición31 Julio 2014
El Peruano
Jueves 31 de julio de 2014 529047
CONSIDERANDO:
Que la citada empresa ha cumplido con presentar la
documentación pertinente que sustenta la solicitud;
Estando a lo informado por el Departamento de
Supervisión Bancaria “A”; y,
De conformidad con lo dispuesto por el artículo
30° de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema
Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la
Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución
SBS N° 6285-2013; y, en uso de las facultades
delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-
2009, Resolución Administrativa SBS N° 240-2013, y
Memorándum N° 576-2014-SABM
RESUELVE:
Artículo Único.- Autorizar al Banco de la Nación, la
apertura de una (01) Of‌i cina Especial, según el siguiente
detalle:
Nombre
de Of‌i cina
Especial Dirección Distrito Provincia Departamento
Ayahuanco Calle 4 s/n Plaza
Principal, Centro
Poblado de Huallhua
Ayahuanco Huanta Ayacucho
Regístrese, comuníquese y publíquese.
EDUARDO FLORES SALAZAR
Intendente General de Banca (a.i.)
1116055-1
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD
DE ATE
Prorrogan la vigencia de la Ordenanza
Nº 294-MDA, que estableció beneficio
temporal para contribuyentes del
distrito
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 020
Ate, 25 de julio de 2014
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE ATE
VISTO; la Ordenanza Nº 294-MDA que establece
el Benef‌i cio de la Condonación de Deuda Tributaria e
Intereses Generados por la Omisión de la Presentación y/o
Rectif‌i cación de la Declaración Jurada del Impuesto Predial
para el Sector Casa Habitación; el Informe Nº 0083-2014-
MDA/GAT de la Gerencia de Administración Tributaria; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Nº 294-MDA de fecha 31 de
mayo del 2012, publicado en el Diario Of‌i cial El Peruano en
fecha 03 de junio del 2012, se estableció el Benef‌i cio de la
Condonación de Deuda Tributaria e Intereses Generados
por la Omisión de la Presentación y/o Rectif‌i cación de la
Declaración Jurada del Impuesto Predial para el Sector
Casa Habitación;
Que, la Ordenanza Municipal antes indicada en su
Artículo Décimo Cuarto, faculta al Señor Alcalde para
que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las normas
complementarias, para la adecuada aplicación de la
referida Ordenanza; asimismo, prorrogue los benef‌i cios
tributarios establecidos en la misma;
Que, mediante Ordenanza Nº 300-MDA y Nº 308-
MDA, se modif‌i có y prorrogó los benef‌i cios establecidos
en la Ordenanza Nº 294-MDA, siendo asimismo que,
dichos benef‌i cios fueron prorrogados mediante Decreto
de Alcaldía Nº 015-2014-MDA, hasta el 31 de julio de
2014;
Que, mediante Informe Nº 0083-2014-MDA/GAT, la
Gerencia de Administración Tributaria considera pertinente
ampliar los plazos de vencimiento de la Ordenanza Nº
294-MDA modif‌i cada y ampliada por las Ordenanzas
Nº 300-MDA y Nº 308-MDA, asi como por el Decreto de
Alcaldía Nº 015-2014-MDA cuya vigencia culmina el 31 de
julio de 2014, solicitando la prórroga de su vigencia hasta
el 31 de octubre de 2014, para lo cual deberá emitirse el
Decreto de Alcaldia correspondiente;
Estando a los fundamentos expuestos en la parte
considerativa y en uso de las atribuciones conferidas por
el artículo 42º y el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Nº
DECRETA:
Artículo 1º.- PRORROGAR; la vigencia de la
Ordenanza Nº 294-MDA, modificada y prorrogada
por las Ordenanzas Nº 300-MDA, Nº 308-MDA, así
como por el Decreto de Alcaldía Nº 015-2014-MDA,
que establece el Beneficio de Condonacion de Deuda
Tributaria e Intereses Generados por la Omisión de
la Presentación y/o Rectificación de la Declaración
Jurada del Impuesto Predial, para los contribuyentes
(personas naturales y jurídicas), propietarias o
poseedoras de inmuebles destinados a Uso Casa
Habitación y/o Terrenos sin Construir y Comercios
(hasta 100 m2., de área de actividad económica),
hasta el 31 de Octubre de 2014, en mérito a los
considerandos antes expuestos.
Artículo 2º.- ENCÁRGUESE; el cumplimiento
del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de
Administración Tributaria y demás Unidades Orgánicas
competentes de esta Corporacion Municipal.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
OSCAR BENAVIDES MAJINO
Alcalde
1116073-3
MUNICIPALIDAD DE BREÑA
Aprueban Ordenanza que adecua y
regula el procedimiento de Licencia
de Funcionamiento en el distrito de
Breña
ORDENANZA Nº 413-2014/MDB-CDB
Breña, 11 de abril del 2014
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE BREÑA
VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha
11 de Abril de 2014 el Informe Nº061-2014-GATR/
MDB, mediante el cual propone para su aprobación el
Proyecto de Ordenanza Municipal sobre la adecuación
y regulación del procedimiento de licencia de
funcionamiento; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Informe Nº 061-2014-GATR/MDB,
señala que de conformidad con el “Artículo 194º de
la Constitución Política del Estado, modif‌i cado por la
Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, y la
Ley de Reforma, Ley Nº 28607, las Municipalidades
Provinciales y Distritales tienen autonomía política,
económica y administrativa en los asuntos de su
competencia, concordante, con lo establecido en el
artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley

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