RESOLUCION SUPREMA N° 005-2014-MTC - Autorizan viaje de profesionales de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para participar en evento a realizarse en EE.UU.

Fecha de publicación30 Marzo 2014
Fecha de disposición30 Marzo 2014
El Peruano
Domingo 30 de marzo de 2014
técnicas de entrevista a f‌i n de conseguir información más
precisa, diferenciar entre fallas estructurales causantes
del accidente y daños resultantes del accidente, así como
la capacidad de interactuar con los medios en la zona
del accidente mientras dure la investigación; asimismo
el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, asumirá
con cargo a su presupuesto los gastos por concepto de
pasajes aéreos y viáticos;
De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula
la autorización de viajes al exterior de servidores y
funcionarios públicos, y su Reglamento, aprobado por
Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modif‌i cado por el
Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, la Ley Nº 30114,
Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
2014, y a lo informado por la Comisión de Investigación de
Accidentes de Aviación, y;
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje de los señores Augusto
Fernando Barrantes Johnson y Hugo Enrique Torres
Paredes, profesionales de la Comisión de Investigación
de Accidentes de Aviación del Ministerio de Transportes
y Comunicaciones, a la ciudad de Ashburn, Virginia,
Estados Unidos de América, del 30 de marzo al 12 de abril
de 2014, para los f‌i nes expuestos en la parte considerativa
de la presente resolución.
Artículo 2.- Los gastos que demande el viaje autorizado
precedentemente, serán con cargo al presupuesto del
Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo
al siguiente detalle:
Pasajes (para dos personas,
incluido el TUUA) US$ 4,752.54
Viáticos (para dos personas) US$ 11,440.00
Artículo 3.- Dentro de los siete (07) días calendario
siguientes de efectuado el viaje, las personas mencionadas
en el artículo 1 de la presente Resolución Suprema,
deberán presentar a la Presidencia de la República,
a través de la Secretaría del Consejo de Ministros,
un informe describiendo las acciones realizadas y los
resultados obtenidos durante el viaje autorizado.
Artículo 4.- Dentro de los quince (15) días
calendario siguientes de efectuado el viaje, las
personas mencionadas deberán presentar un informe
al Despacho Ministerial, con copia a la Of‌i cina General
de Administración del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas
y los resultados obtenidos durante el viaje, así como la
rendición de cuentas de acuerdo a Ley.
Artículo 5.- El cumplimiento de la presente
Resolución Suprema no otorgará derecho a exoneración
de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o
denominación.
Artículo 6.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y
por el Ministro de Transportes y Comunicaciones.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
RENÉ CORNEJO DÍAZ
Presidente del Consejo de Ministros
CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ
Ministro de Transportes y Comunicaciones
1068538-7
Autorizan viaje de profesionales de
la Dirección General de Aeronáutica
Civil del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones para participar en
evento a realizarse en EE.UU.
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 005-2014-MTC
Lima, 29 de marzo de 2014
VISTOS:
El Informe Nº 125-2014-MTC/12 emitido por la
Dirección General de Aeronáutica Civil, y el Memorándum
Nº 424-2014-MTC/02.AL.AAH emitido por el Viceministerio
de Transportes, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Informe Nº 125-2014-MTC/12 la
Dirección General de Aeronáutica Civil, requiere la
participación de los inspectores Alfredo Federico Álvarez
Zevallos y Simón Samolski Edery en la capacitación
denominada “Entrenamiento de refresco - Simulador B-
767 Nivel C”, organizado por la Pan Am International Flight
Academy, que se llevará a cabo del 14 al 17 de abril de
2014, en la ciudad de Miami, Estados Unidos de América;
Que, la citada capacitación tiene como objetivo contar
con personal de inspectores habilitados en la mencionada
aeronave, permitiendo a la Autoridad Aeronáutica realizar
los chequeos de vigilancia, prof‌i ciencia o calif‌i cación que
requieran las tripulaciones de dichas aeronaves, que
operan en el parque aéreo nacional;
Que, en tal sentido y dada la importancia del citado
evento, resulta conveniente autorizar la participación de
los señores Alfredo Federico Álvarez Zevallos y Simón
Samolski Edery, profesionales de la Dirección General
de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones;
Que, el costo del referido viaje será f‌i nanciado dentro
del marco del Convenio de Administración de Recursos
PER/12/801, suscrito por el Ministerio de Transportes
y Comunicaciones y la Organización de Aviación
Civil Internacional - OACI, organismo técnico de las
Naciones Unidas, de conformidad con los términos de la
Autorización de Beca/Misión Int. Nº 004-02-2014, suscrita
por el Coordinador del Proyecto OACI;
De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula
la autorización de viajes al exterior de servidores y
funcionarios públicos, y su Reglamento, aprobado por
Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM modif‌i cado por
Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, Ley Nº 30114, Ley
de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014,
y a lo informado por la Dirección General de Aeronáutica
Civil, y;
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje de los señores Alfredo
Federico Álvarez Zevallos y Simón Samolski Edery,
profesionales de la Dirección General de Aeronáutica
Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a
la ciudad de Miami, Estados Unidos de América, del 13 al
18 de abril de 2014, para los f‌i nes expuestos en la parte
considerativa de la presente resolución.
Artículo 2.- Los gastos que demande el viaje serán
cubiertos por el Convenio de Administración de Recursos
PER/12/801, de acuerdo a la Autorización de Beca/Misión
Int. Nº 004-02-2014 y al siguiente detalle:
Pasajes aéreos (para dos personas,
incluye TUUA) US$ 5,919.40
Viáticos (para dos personas) US$ 3,520.00
Artículo 3.- Dentro de los siete (07) días calendario
siguientes de su retorno al país, las personas mencionadas
en el artículo 1° deberán presentar a la Presidencia de
la República, a través de la Secretaría del Consejo de
Ministros, un informe describiendo las acciones realizadas
y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.
Artículo 4.- Dentro de los quince (15) días
calendario siguientes de efectuado el viaje; las personas
mencionadas en el artículo 1° deberán presentar un
informe al Despacho Ministerial, con copia a la Of‌i cina
General de Administración del Ministerio de Transportes
y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas
y los resultados obtenidos durante el viaje; así como la
rendición de cuentas de acuerdo a Ley.
Artículo 5.- La presente Resolución Suprema no
otorgará derecho a exoneración de impuestos o de
derechos aduaneros de ninguna clase o denominación.
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