DECRETO SUPREMO N° 096-2014-EF - Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 a favor del Pliego Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social

Fecha de disposición08 Mayo 2014
Fecha de publicación08 Mayo 2014
El Peruano
Jueves 8 de mayo de 2014
522564
Pinilla, Director Nacional de la Biblioteca Nacional del
Perú, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del
8 al 10 de mayo de 2014;
Que, los gastos por concepto de viáticos y pasajes
serán cubiertos con cargo al Presupuesto Institucional de
la Biblioteca Nacional del Perú;
Que, el artículo 2 del Reglamento de la Ley Nº 27619,
Ley que regula la autorización de viajes al exterior de
servidores y funcionarios públicos, aprobado mediante
Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que la
Resolución de autorización de viaje será debidamente
sustentada en el interés nacional o en el interés específ‌i co
de la Institución y que deberá indicarse expresamente el
motivo del viaje, el número de días, el monto de los gastos
de desplazamiento y viáticos;
Que, de acuerdo con lo establecido en el literal a) del
numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30114, Ley del
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014,
quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores
o funcionarios públicos y representantes del Estado
con cargo a recursos públicos, salvo las excepciones
establecidas, tal como la de acciones de promoción de
importancia para el Perú, que se autorizan mediante
resolución del titular de la entidad;
De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula
la autorización de viajes al exterior de servidores y
funcionarios públicos; su Reglamento aprobado mediante
el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Ley Nº 30114,
Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
2014; Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de
Cultura; y, el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, que
aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del
Ministerio de Cultura;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de
servicios, del señor Ramón Elías Mujica Pinilla, Director
Nacional de la Biblioteca Nacional del Perú, a la ciudad de
Bogotá, República de Colombia, del 8 al 10 de mayo de
2014, para los f‌i nes expuestos en la parte considerativa
de la presente resolución.
Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
de la presente resolución serán con cargo al Presupuesto
Institucional de la Biblioteca Nacional del Perú, de acuerdo
al siguiente detalle:
Pasajes: US$ 1 316,86
Viáticos: US$ 1 110,00 (US$ 370,00 x 2 días +
1 día de instalación)
Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario
siguientes de efectuado el viaje, el funcionario indicado en
el artículo 1º de la presente resolución, deberá presentar
un informe detallado describiendo las acciones realizadas,
los resultados obtenidos y la rendición de cuentas
documentada de acuerdo a ley.
Artículo 4º.- El cumplimiento de la presente
resolución no libera ni exonera del pago de impuestos
o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o
denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DIANA ÁLVAREZ-CALDERÓN
Ministra de Cultura
1080574-1
ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas en
el Presupuesto del Sector Público para
el Año Fiscal 2014 a favor del Pliego
Ministerio de Desarrollo e Inclusión
Social
DECRETO SUPREMO
N° 096-2014-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante el artículo 20 de la Ley Nº 30114, Ley
de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
2014, se autoriza al Ministerio de Educación a realizar
modif‌i caciones presupuestarias en el nivel institucional,
con cargo a los recursos de su presupuesto institucional
destinados a gastos de capital, a favor del pliego
Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, para que, a
través del Fondo de Cooperación para el Desarrollo
Social (FONCODES), desarrolle e implemente proyectos
de infraestructura de cocinas, almacenes y servicios
higiénicos en instituciones educativas públicas del nivel
de educación inicial y primaria de la Educación Básica
Regular, correspondientes a los distritos que se encuentren
en el quintil I de pobreza, en el marco de las directivas
aprobadas por el Ministerio de Educación; para tal f‌i n se
les exceptúa del literal c) del numeral 41.1 del artículo
General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado
Que, asimismo, el citado artículo establece que dichas
modif‌i caciones presupuestarias en el nivel institucional
se aprueban mediante decreto supremo, refrendado por
los Ministros de Economía y Finanzas y de Educación,
previo informe favorable de la Of‌i cina de Presupuesto o
la que haga sus veces en el Ministerio de Educación, a
solicitud de éste último; y que el Ministerio de Educación
es responsable de la verif‌i cación y seguimiento, lo que
incluye el monitoreo f‌i nanciero de los recursos transferidos
y del cumplimiento de las acciones que se desarrollan a
través de FONCODES;
Que, en el marco de las normas señaladas en
los considerandos precedentes, mediante Informe
N° 449-2014-MIDIS-FONCODES/UPP, la Unidad de
Planeamiento y Presupuesto del FONCODES detalla las
intervenciones a realizarse relacionadas al desarrollo e
implementación de infraestructura de cocinas, almacenes
y servicios higiénicos en las instituciones educativas
públicas del nivel de educación inicial y primaria de la
Educación Básica Regular ubicadas en los distritos que
se encuentren en el quintil I de pobreza; asimismo, precisa
que la selección de las citadas instituciones educativas
han sido coordinadas con el Ministerio de Educación y el
Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma
del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; por lo que,
mediante Of‌i cio Nº 312-2014-MIDIS/SG, la Secretaría
General del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social
solicita al Ministerio de Educación una transferencia de
recursos a favor del pliego Ministerio de Desarrollo e
Inclusión Social, destinados a la elaboración de cuarenta
y nueve (49) estudios de proyectos relacionados a los
f‌i nes antes mencionados;
Que, la Unidad de Presupuesto de la Secretaria de
Planif‌i cación Estratégica del Ministerio de Educación,
a través del Informe Nº 130-2014-MINEDU/SPE-UP,
señala que en el Presupuesto Institucional del Pliego
010: Ministerio de Educación, en la Unidad Ejecutora
108: Programa Nacional de Infraestructura Educativa, en
la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, se
cuenta con recursos disponibles para ser transferidos a
favor del Ministerio de Desarrollo e Inclusión, en el marco
de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 30114, Ley de
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014;
Que, mediante Of‌i cio N° 0795-2014-MINEDU/SG, el
Ministerio de Educación solicita la aprobación del Decreto
Supremo que autoriza una transferencia de partidas en el
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014,
a favor del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social,
para la elaboración de cuarenta y nueve (49) estudios de
proyectos relacionadas al desarrollo e implementación
de infraestructura de cocinas, almacenes y servicios
higiénicos en las instituciones educativas públicas del nivel
de educación inicial y primaria de la Educación Básica
Regular ubicadas en los distritos que se encuentren en el
quintil I de pobreza, de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 20 de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2014;
Que, de acuerdo a la revisión de la información
remitida por el Ministerio de Educación a través del Of‌i cio
N° 0795-2014-MINEDU/SG, resulta necesario autorizar
una transferencia de partidas hasta por la suma de TRES
MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL
Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 234 000,00) para ser
destinados a la elaboración de cuarenta y nueve (49)

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