RESOLUCION N° 6787-2013 - Autorizan inscripción de solicitantes en el Registro de Empresas y Personas que efectúan Operaciones Financieras o de Cambio de Moneda

Fecha de publicación18 Noviembre 2013
Fecha de disposición18 Noviembre 2013
El Peruano
Lunes 18 de noviembre de 2013 507325
6.- Que, de igual forma, se debe tener en cuenta que
conforme a su naturaleza‘ jurídica, la prescripción se
constituye como la institución por cuya virtud el transcurso
del tiempo extingue la facultad persecutoria que tiene la
administración respecto de la infracción administrativa;
7.- Que, por consiguiente, se aprecia que en el
presente caso, conforme a los conceptos previamente
glosados, el plazo de prescripción del procedimiento
disciplinario seguido contra el doctor Gonzales Ortiz se
ha visto suspendido a partir del 12 de junio de 2007,
según el cargo que corre a fojas 220, que da cuenta de
la notif‌i cación al referido ex Magistrado de la resolución
N° 01, de 16 de abril de 2007, que dispone abrir proceso
disciplinario en su contra en los términos que en ella se
exponen; .
8.- Que, conforme a- la revisión de los actuados se
aprecia que el procedimiento ha sido desarrollado en
forma continua hasta el momento de expedición de la
resolución N° 62, de 20 de agosto de 2009 (fojas 1050 a
1079), dictada por la Jefatura de la Of‌i cina de Centrol de
la Magistratura del Poder Judicial, por la que se propone
que se destituya al doctor Gonzales Ortiz por su actuación
como Juez Titular del Juzgado Penal de Leoncio Prado, la
misma que fue notif‌i cada el 15 de octubre de 2009;
9.- Que, sin embargo, el siguiente acto de impulso
en el iter procesal correspondiente a la solicitud de
destitución formulada por el Presidente de la Corte
Suprema de Justicia de la República, se produjo mediante
el Of‌i cio N° 482-2012-SG-CS-PJ, recibido en esta sede el
27 de enero de 2012 (fojas 1792); es decir, transcurridos
2 años 3 meses y 12 días; lo cual conlleva a que se haya
superado en dicho lapso el plazo de prescripción a que se
contrae tanto el Reglamento de Procesos Disciplinarios
del Consejo Nacional de la Magistratura, como las normas
invocadas por el recurrente;
10.- Que, por consiguiente, no obstante que en esta
sede el procedimiento disciplinario ha continuado de
manera regular y continua, el periodo de tiempo generado
entre la resolución de propuesta de destitución de la
Of‌i cina de Control de la Magistratura y la formalización del
pedido de la Corte Suprema de Justicia ante este Consejo,
conforme a lo señalado en el considerando precedente,
habilita al doctor Gonzales Ortiz a ejercer válidamente
el derecho a deducir la prescripción del procedimiento
disciplinario como medio de defensa, el mismo que en
el presente caso se aprecia que efectivamente se ha
producido por el transcurso del tiempo entre un acto y
otro, previamente a la secuencia del procedimiento que
correspondía desarrollarse en esta sede, por lo que la
excepción deducida debe ser amparada;
Por las consideraciones expuestas, estando a lo
acordado por unanimidad por el Pleno del Consejo Nacional
de la Magistratura, en Sesión N° 2447 del 12 de setiembre
de 2013, Acuerdo N° 1425-2013, sin la participación del
señor Consejero Gonzalo García Núñez;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Declarar fundada la excepción
de prescripción del procedimiento disciplinario
correspondiente al expediente N° 008-2012-CNM seguido
contra el doctor Carlos Alberto Gonzales Ortiz, por su
actuación como Juez Titular del Juzgado Penal de Leoncio
Prado de la Corte Superior de Justicia de Huánuco,
debiendo archivarse los actuados sin pronunciamiento
sobre el fondo.
Regístrese y comuníquese.
MAXIMO HERRERA BONILLA
LUZ MARINA GUZMAN DIAZ
LUIS MAEZONO YAMASHITA
GASTON SOTO VALLENAS
VLADIMIR PAZ DE LA BARRA
PABLO TALAVERA ELGUERA
1015317-1
SUPERINTENDENCIA
DE BANCA, SEGUROS Y
ADMINISTRADORAS PRIVADAS
DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan al Banco Internacional
del Perú - Interbank la apertura y
traslado de oficinas especiales en los
departamentos de Lambayeque y Puno
RESOLUCIÓN SBS Nº 6673-2013
Lima, 7 de noviembre de 2013
LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA
VISTA:
La solicitud presentada por el Banco Internacional del
Perú - Interbank para que se le autorice la apertura de una
(1) of‌i cina especial en Lambayeque y el traslado de una
(1) of‌i cina especial en Puno, según se indica en la parte
resolutiva; y,
CONSIDERANDO:
Que el referido Banco ha cumplido con presentar
la documentación pertinente que sustenta el pedido
formulado;
Estando a lo opinado por el Departamento de
Supervisión Sanearla “D”; y,
De conformidad con lo dispuesto en los artículos
30° y 32° de la Ley N° 26702 - Ley General del Sistema
Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la
Superintendencia de Banca y Seguros y la Resolución
SBS N° 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas
mediante Resolución SBS N° 12883-2009 y Resolución
Administrativa SBS N° 240-2013;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar al Banco Internacional
del Perú - Interbank la apertura de una of‌i cina especial,
según se indica:
• Of‌i cina especial TT USAT Chiclayo, situada en
Avenida Panamericana Norte N° 855, distrito y provincia
de Chlclayo, y departamento de Lambayeque.
Artículo Segundo.- Autorizar al Banco Internacional
del Perú-lnterbank el traslado de una of‌i cina especial,
según se indica:
• Of‌i cina especial Universidad Andina de Jullaca,
situada en Pasaje de la Cultura s/n, Edif‌i cio el Camping,
3er piso, distrito de Juliaca, provincia de San Ramón y
departamento de Puno; hacia su nueva dirección situada
en Avenida Mártires de 4 de Noviembre salida Puno km. 4,
Interior Universidad Andina de Juliaca, distrito de Juliaca,
provincia de San Ramón y departamento de Puno.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PATRICIA SALAS CORTES
Intendente General de Banca
1014683-1
Autorizan inscripción de solicitantes
en el Registro de Empresas y Personas
que efectúan Operaciones Financieras
o de Cambio de Moneda
RESOLUCIÓN SBS Nº 6787-2013
Lima, 14 de noviembre de 2013

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