DECRETO SUPREMO N° 202-2014-EF - Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, a favor del Instituto Peruano del Deporte

Fecha de disposición12 Julio 2014
Fecha de publicación12 Julio 2014
El Peruano
Sábado 12 de julio de 2014
527590
Sur, a favor de las Unidades Ejecutoras 006: Programa
Sub Sectorial de Irrigación - PSI y 014: Binacional
Puyango Tumbes, para la ejecución de ocho (08)
proyectos de inversión pública de los propuestos por la
Dirección General de Infraestructura Hidráulica señalados
en el considerando precedente, hasta por la suma de
DIECIOCHO MILLONES CIENTO VEINTIOCHO MIL
OCHOCIENTOS TREINTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.
18 128 830,00), con cargo a la Fuente de Financiamiento
Recurso Ordinarios;
Que, asimismo, se indica que de acuerdo a la
evaluación efectuada a los recursos asignados a la
Unidad Ejecutora 016: Sierra Centro Sur para la ejecución
de proyectos de inversión pública, estos no se encuentran
comprometidos, evidenciando que los proyectos de
inversión pública no podrán ejecutarse en los plazos
previstos; por lo que, en el marco de lo dispuesto en el
numeral 13.2 del artículo 13 de la Ley Nº 30191, que
permite que los recursos asignados por el literal b) del
numeral 3.1 del artículo 3 de la citada Ley puedan ser
destinados a la ejecución de otros proyectos de inversión
pública que tengan las mismas f‌i nalidades que se señalan
en el referido artículo 3, siempre que no hayan sido
comprometidos dentro de los sesenta (60) días calendario
contados a partir de la vigencia de dicha Ley, la Of‌i cina de
Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Agricultura
y Riego considera pertinente reorientar los recursos a la
ejecución de proyectos de inversión pública que cumplan
con la f‌i nalidad de la Ley Nº 30191, como los propuestos
por la Dirección General de Infraestructura Hidráulica en
el ámbito de los departamentos de Piura, Tumbes, La
Libertad, Lima y Arequipa, para lo cual indica que el pliego
realizará las modif‌i caciones presupuestarias en el nivel
funcional programático, de conformidad con el artículo
General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado
Que, mediante Of‌i cio Nº 0678-2014-MINAGRI-SG, el
Ministerio de Agricultura y Riego, solicita la aprobación
del cambio de destino de los recursos autorizados por el
literal b) del numeral 3.1 del artículo 3 de la Ley Nº 30191
al pliego 013: Ministerio de Agricultura y Riego, en lo que
corresponde a la Unidad Ejecutora 016: Sierra Centro Sur,
af‌i n de f‌i nanciar la ejecución de los ocho (08) proyectos
de inversión pública indicados en los considerandos
precedentes;
Que, en consecuencia resulta necesario aprobar
el cambio de destino de los recursos autorizados por el
literal b) del numeral 3.1 del artículo 3 de la Ley Nº 30191,
a favor del pliego 013: Ministerio de Agricultura y Riego,
Unidad Ejecutora 016: Sierra Centro Sur, hasta por la
suma de DIECIOCHO MILLONES CIENTO VEINTIOCHO
MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y 00/100 NUEVOS
SOLES (S/. 18 128 830,00), a f‌i n de que sean destinados
a ocho (08) proyectos de inversión pública de prevención,
priorizados por la Dirección General de Infraestructura
Hidráulica del referido Ministerio y que tienen las mismas
f‌i nalidades que se señalan en el mencionado artículo 3
de la Ley Nº 30191, cuya ejecución estará a cargo de sus
Unidades Ejecutoras 006: Programa Sub Sectorial de
Irrigación - PSI y 014: Binacional Puyango Tumbes;
De conformidad con lo establecido en el artículo 13
de la Ley Nº 30191, Ley que establece medidas para la
prevención, mitigación y adecuada preparación para la
respuesta ante situaciones de desastre;
DECRETA:
Artículo 1.- Objeto
1.1 Apruébese el cambio de destino de los recursos
autorizados por el literal b) del numeral 3.1 del artículo
3 de la Ley Nº 30191, a favor del pliego 013: Ministerio
de Agricultura y Riego, Unidad Ejecutora 016: Sierra
Centro Sur, hasta por la suma de DIECIOCHO MILLONES
CIENTO VEINTIOCHO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y
00/100 NUEVOS SOLES (S/. 18 128 830,00), a f‌i n de
que sean destinados a ocho (08) proyectos de inversión
pública de prevención indicados en la parte considerativa
de la presente norma, cuya ejecución estará a cargo de
las Unidades Ejecutoras 006: Programa Sub Sectorial de
Irrigación - PSI y 014: Binacional Puyango Tumbes del
referido pliego.
1.2. La relación de proyectos de inversión pública y
los montos correspondientes por Unidad Ejecutora se
detallan en el Anexo “Cambio de destino de los recursos
autorizados por el literal b) del numeral 3.1 del artículo
3 de la Ley Nº 30191” que forma parte integrante del
presente Decreto Supremo, y se publican en el Portal
Institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.
mef.gob.pe) y del Ministerio de Agricultura y Riego (www.
minagri.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la
presente norma en el Diario Of‌i cial El Peruano.
1.3 El pliego Ministerio de Agricultura y Riego efectuará
las modif‌i caciones presupuestarias en el nivel funcional
programático de acuerdo al artículo 40 del Texto Único
Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema
Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto
Supremo Nº 304-2012-EF, para la aplicación del numeral
1.1 de la presente norma.
1.4 Conforme a lo establecido en el numeral 13.2
del artículo 13 de la Ley Nº 30191, el pliego Ministerio
de Agricultura y Riego es el responsable del monitoreo,
seguimiento y cumplimiento de los f‌i nes y metas de los
proyectos de inversión pública, para los cuales se modif‌i ca
el destino de los recursos a su cargo.
Artículo 2.- Limitación al uso de los recursos
Los recursos a que hace referencia el numeral 1.1 del
artículo 1 del presente Decreto Supremo, no podrán ser
destinados, bajo responsabilidad, a f‌i nes distintos para los
cuales son transferidos.
Artículo 3.- Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por el
Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de
Agricultura y Riego.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once
días del mes de julio del año dos mil catorce.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO
Ministro de Economía y Finanzas
JUAN MANUEL BENITES RAMOS
Ministro de Agricultura y Riego
1109884-1
Autorizan Transferencia de Partidas en
el Presupuesto del Sector Público para
el Año Fiscal 2014, a favor del Instituto
Peruano del Deporte
DECRETO SUPREMO
Nº 202-2014-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2014, se aprueba, entre
otros, el presupuesto institucional del pliego 342: Instituto
Peruano del Deporte;
Que, de acuerdo al artículo 2 del Reglamento de
Organización y Funciones del Instituto Peruano del
Deporte, aprobado mediante Decreto Supremo N° 017-
2004-PCM, dicha entidad organiza, planif‌i ca, promueve,
coordina, evalúa e investiga a nivel nacional el desarrollo
del deporte, la recreación y la educación física en todas
sus disciplinas, modalidades, niveles y categorías;
Que, mediante Decreto Supremo N° 009-2013-
MINCETUR se declaró de interés nacional el evento
deportivo denominado “DAKAR SERIES DESAFÍO INCA”
edición 2013 y edición 2014, a realizarse en el país;
Que, con fecha 30 de junio de 2013, la Presidencia del
Consejo de Ministros - PCM, el Ministerio de Comercio
Exterior y Turismo - MINCETUR, la Comisión de Promoción
del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ,
el Instituto Peruano del Deporte - IPD y la Amaury
Sport Organisation - ASO, suscribieron un Convenio de
Cooperación Interinstitucional, con el objeto de aunar
esfuerzos, iniciativas, capacidades y competencias para
celebrar el evento deportivo indicado en el considerando

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