DECRETO SUPREMO N° 208-2014-EF - Aprueban el cambio de destino de los recursos autorizados por el literal g.4 del numeral 3.1 del Artículo 3 de la Ley N° 30191, a favor del Pliego 026: Ministerio de Defensa

Fecha de disposición23 Julio 2014
Fecha de publicación23 Julio 2014
El Peruano
Miércoles 23 de julio de 2014
528364
de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de
la fecha de retorno al país.
Artículo 7°.- El mencionado Personal Naval, revistará
en la Dirección General de Educación de la Marina, por el
periodo que dure la Misión de Estudios.
Artículo 8°.- El citado Of‌i cial Subalterno, está impedido
de solicitar su pase a la Situación de Disponibilidad o
Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva
Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo
compensatorio dispuesto en la normativa de la materia.
Artículo 9°.- La presente Resolución Suprema, no
dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos
aduaneros de ninguna clase o denominación.
Artículo 10°.- La presente Resolución Suprema, será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y
por el Ministro de Defensa.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
RENÉ CORNEJO DÍAZ
Presidente del Consejo de Ministros
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Ministro de Defensa
1114499-11
ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban el cambio de destino de los
recursos autorizados por el literal g.4)
del numeral 3.1 del Artículo 3 de la
Ley N° 30191, a favor del Pliego 026:
Ministerio de Defensa
DECRETO SUPREMO
N° 208-2014-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2014, aprobó, entre otros, el
presupuesto institucional del pliego 026: Ministerio de
Defensa;
Que, mediante Ley N° 30191, Ley que establece
medidas para la prevención, mitigación y adecuada
preparación para la respuesta ante situaciones de
desastre, se dictan medidas para que las entidades
del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los
Gobiernos Locales desarrollen acciones, durante el año
f‌i scal 2014, con el f‌i n de prevenir y mitigar los factores
de riesgo de desastre, así como para la adecuada
preparación para la respuesta ante situaciones de
desastre a nivel nacional;
Que, el literal g.4 del numeral 3.1 del artículo 3 de la Ley
antes mencionada, establece como medida en materia de
protección a la población, entre otros, destinar recursos
hasta por la suma de TRESCIENTOS TRES MILLONES
VEINTIDOS MIL DOSCIENTOS SETENTA Y DOS Y 00/100
NUEVOS SOLES (S/. 303 022 272,00), para la adquisición
de bases modulares y de buque de aprovisionamiento
logístico para la respuesta ante situaciones de desastre,
a cargo del Ministerio de Defensa, por las sumas de
VEINTIUN MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.
21 000 000,00), y DOSCIENTOS OCHENTA Y DOS
MILLONES VEINTIDOS MIL DOSCIENTOS SETENTA Y
DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 282 022 272,00),
respectivamente;
Que, asimismo, el numeral 13.2 del artículo 13 de la
referida Ley Nº 30191 señala que, excepcionalmente, los
recursos asignados para proyectos de inversión pública a
que se ref‌i ere, entre otros, el literal g.4 del numeral 3.1 del
artículo 3 de la citada Ley N° 30191, que no hayan sido
comprometidos dentro de los sesenta (60) días calendario
contados a partir de la vigencia de la misma, o que no
hayan podido ser comprometidos por causal ajena a la
gestión o decisión de la respectiva entidad, pueden ser
destinados a la ejecución de otros proyectos de inversión
que tengan las mismas f‌i nalidades que se señalan en el
mencionado artículo; asimismo, precisa que el cambio de
destino de los recursos autorizados, se aprueba, para el
caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante
decreto supremo refrendado por el ministro de Economía
y Finanzas y por el ministro del sector respectivo, a
solicitud de este último;
Que, mediante Of‌i cio N° 734-2014-MINDEF/DM, el
Ministerio de Defensa solicita la aprobación del cambio
de destino de los recursos autorizados por el literal g.4
del numeral 3.1 del artículo 3 de la Ley N° 30191 al
Pliego 026 Ministerio de Defensa, en lo que corresponde
al Proyecto de Inversión Pública “Creación del servicio
de reaprovisionamiento logístico en Altamar para las
Unidades Navales de la Fuerza de Superf‌i cie de la Marina
de Guerra del Perú”, con código SNIP N° 256576, a f‌i n
de que sean destinados al Proyecto de Inversión Pública
“Mejoramiento de la investigación oceanográf‌i ca de
la Marina de Guerra del Perú en el dominio marítimo y
la Antártida”, con código SNIP N° 269457, hasta por
la suma de SESENTA Y SEIS MILLONES Y 00/100
NUEVOS SOLES (S/. 66 000 000,00), en el marco de las
disposiciones establecidas en la Ley N° 30191;
Que, la Dirección de Planif‌i cación y Presupuesto
de la Dirección General de Planif‌i cación y Presupuesto
del Ministerio de Defensa, mediante el Informe 111-
2014-MINDEF/VRD/DGPP/DPP y teniendo presente
el Informe N° 048-2014-MINDEF/VRD/DGPP/DPI de
su Dirección de Programación de Inversiones, emite
opinión favorable a la modif‌i cación presupuestaria en el
nivel funcional programático del pliego 026: Ministerio
de Defensa, a favor de la Unidad Ejecutora 004: Marina
de Guerra del Perú, en el Programa Presupuestal
0068:Reduccion de Vulnerabilidad y Atención de
Emergencias por Desastres, para la ejecución del
proyecto de inversión pública “Mejoramiento de la
investigación oceanográf‌i ca de la Marina de Guerra del
Perú en el dominio marítimo y la Antártida”, con código
SNIP N° 269457, hasta por la suma de SESENTA Y
SEIS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 66
000 000,00), con cargo a la Fuente de Financiamiento
Recursos Ordinarios;
Que, asimismo, se indica en el informe referido en
el considerando precedente que la suma de SESENTA
Y SEIS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES
(S/. 66 000 000,00) corresponde a los recursos no
comprometidos asignados al Proyecto de Inversión
Pública “Creación del servicio de reaprovisionamiento
logístico en Altamar para las Unidades Navales de la
Fuerza de Superficie de la Marina de Guerra del Perú”;
por lo que, en el marco de lo dispuesto en el numeral
13.2 del artículo 13 de la Ley Nº 30191, que permite
que los recursos asignados por el literal g.4 del numeral
3.1 del artículo 3 de la citada Ley N° 30191 puedan
ser destinados a la ejecución de otros proyectos de
inversión pública que tengan las mismas finalidades
que se señalan en el referido artículo 3, siempre que
no hayan sido comprometidos dentro de los sesenta
(60) días calendario contados a partir de la vigencia de
dicha Ley, corresponde destinar la citada suma a favor
del proyecto de inversión pública “Mejoramiento de la
investigación oceanográfica de la Marina de Guerra
del Perú en el dominio marítimo y la Antártida”, con
código SNIP N° 269457;
Que, en consecuencia resulta necesario aprobar
el cambio de destino de los recursos autorizados por
el literal g.4 del numeral 3.1 del artículo 3 de la Ley N°
30191, a favor del pliego 026: Ministerio de Defensa,
hasta por la suma de SESENTA Y SEIS MILLONES Y
00/100 NUEVOS SOLES (S/. 66 000 000,00), a f‌i n de
que sean destinados al Proyecto de Inversión Pública
“Mejoramiento de la investigación oceanográf‌i ca de la
Marina de Guerra del Perú en el dominio marítimo y la
Antártida”, con código SNIP N° 269457, propuesto por la
Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú
del referido Ministerio y que tiene la misma f‌i nalidad que
se señala en el mencionado artículo 3 de la Ley Nº 30191,
cuya ejecución estará a cargo de la Unidad Ejecutora 004:
Marina de Guerra del Perú;
De conformidad con lo establecido en el artículo 13
de la Ley N° 30191, Ley que establece medidas para la
prevención, mitigación y adecuada preparación para la
respuesta ante situaciones de desastre;

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