RESOLUCION N° 158-2014/SUNAT - Aprueban modificación del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT

Fecha de publicación23 Mayo 2014
Fecha de disposición23 Mayo 2014
El Peruano
Viernes 23 de mayo de 2014 523759
de lo establecido por el artículo 9° de la Resolución SMV
Nº 024-2013-SMV/01;
Que, de la revisión efectuada con respecto a la
solicitud a la que se ref‌i ere el considerando precedente,
se ha verif‌i cado que el 13 de abril de 2012, mediante
Resolución de la Intendencia General de Supervisión de
Conductas N° 034-2012-SMV/11.1, la Superintendencia
del Mercado de Valores, aprobó el trámite anticipado e
inscribió el “Primer Programa de Bonos Corporativos y
Certif‌i cados de Depósitos Negociables de Caja Municipal
de Ahorro y Crédito de Huancayo S.A.” hasta por un monto
máximo en circulación de S/. 45 000 000,00 (Cuarenta y
Cinco Millones y 00/100 Nuevos Soles) o su equivalente
en Dólares de los Estados Unidos de América, y dispuso
el registro del prospecto marco correspondiente en el
Registro Público del Mercado de Valores;
Que, de conformidad con lo establecido en el artículo
58 de la Ley del Mercado de Valores, Decreto Legislativo
N° 861 y sus normas modif‌i catorias, así como en el
artículo 29 del Reglamento de Oferta Pública Primaria
y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado mediante
Resolución CONASEV Nº 141-98-EF/94.10 y sus normas
modif‌i catorias, durante la vigencia de la colocación
de la oferta pública, el emisor u ofertante se encuentra
obligado a mantener actualizado el prospecto informativo
y cualquier modif‌i cación que se efectúe debe ser
presentada a la SMV, acompañando la documentación
e información pertinente, con anterioridad a su entrega a
los inversionistas, pudiendo suspenderse la colocación o
venta hasta que se hubiere registrado la modif‌i cación;
Que, el 13 de diciembre de 2013, dentro de los treinta
(30) días que dispone el artículo 9 de la Resolución SMV
Nº 024-2013-SMV/01, Caja Municipal de Ahorro y Crédito
de Huancayo S.A., comunicó a la SMV, su decisión de
adecuar el plazo de inscripción del “Primer Programa
de Bonos Corporativos y Certif‌i cados de Depósitos
Negociables de Caja Municipal de Ahorro y Crédito de
Huancayo S.A.”, en el Registro Público del Mercado de
Valores, al nuevo plazo de seis (06) años de vigencia de
inscripción de un programa de emisión al que se ref‌i ere el
mismo artículo;
Que, el 09 de abril de 2014, Caja Municipal de Ahorro
y Crédito de Huancayo S.A. y Scotiabank Perú S.A.A,
suscribieron la Primera Adenda al Contrato Marco de
Emisión del “Primer Programa de Bonos Corporativos y
Certif‌i cados de Depósitos Negociables de Caja Municipal
de Ahorro y Crédito de Huancayo S.A.”, que modif‌i có el
plazo de vigencia del programa a seis (06) años contados
a partir de su inscripción en el Registro Público del
Mercado de Valores;
Que, se ha verif‌i cado que Caja Municipal de Ahorro y
Crédito de Huancayo S.A. ha cumplido con presentar la
información requerida por la Ley de Mercado de Valores,
Decreto Legislativo Nº 861 y sus normas modif‌i catorias,
así como del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de
Venta de Valores Mobiliarios y sus normas modif‌i catorias,
para el caso de registro de actualizaciones de prospectos
informativos en el supuesto de variaciones fundamentales
en el Registro Público del Mercado de Valores;
Que, el artículo 2, numeral 2), de las Normas Relativas
a la Publicación y Difusión de las Resoluciones Emitidas
por los Órganos Decisorios de la SMV, aprobadas por
Resolución CONASEV N° 073-2004-EF/94.10, establece
que las resoluciones administrativas referidas a la inscripción
de valores mobiliarios que pueden ser objeto de oferta
pública primaria y el registro de los prospectos informativos
correspondientes a los programas de emisión en el Registro
Público del Mercado de Valores, deben ser difundidas a través
del Boletín de Normas Legales del Diario Of‌i cial El Peruano
y en el Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia
del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe); y,
Estando a lo dispuesto por los artículos 53 y siguientes
de la Ley del Mercado Valores, así como a lo dispuesto por
el artículo 46, inciso 4, del Reglamento de Organización y
Funciones de la Superintendencia del Mercado de Valores,
que faculta a la Intendencia General de Supervisión de
Conductas para resolver solicitudes vinculadas a las
ofertas públicas primarias y todo trámite vinculado a
dichas ofertas;
RESUELVE:
Artículo 1º.- Disponer el registro de la variación
fundamental del Segundo Prospecto Marco correspondiente
al “Primer Programa de Bonos Corporativos y Certif‌i cados
de Depósitos Negociables de Caja Municipal de Ahorro
y Crédito de Huancayo S.A.” en el Registro Público del
Mercado de Valores referida al plazo de vigencia de la
inscripción de dicho programa, el cual, por efecto de
la misma, es de seis (06) años contados a partir de su
inscripción, siendo su fecha de vencimiento el 13 de abril
de 2018.
Transcurridos tres (03) años de la vigencia de la
inscripción del programa, dentro de los treinta (30)
días calendario siguientes, el emisor deberá presentar
un prospecto marco actualizado que consolide todas
las variaciones efectuadas a éste a la fecha de su
presentación, así como la actualización de la restante
documentación e información que resulte pertinente, caso
contrario no podrá formular nuevas ofertas hasta cumplir
con dicho procedimiento.
Artículo 2º.- Publicar la presente Resolución en el
Diario Of‌i cial El Peruano y en el Portal del Mercado de
Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores
(www.smv.gob.pe).
Artículo 3º.- Transcribir la presente Resolución a Caja
Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo S.A. en su
calidad de emisor, al Banco Internacional del Perú S.A.A.
- Interbank, en su calidad de entidad estructuradora; a
Scotiabank Perú S.A.A, en su calidad de Representante
de los Obligacionistas; a Inteligo Sociedad Agente de
Bolsa S.A., en su calidad de agente colocador; a CAVALI
S.A. ICLV; y, a la Bolsa de Valores de Lima S.A.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALIX GODOS
Intendente General
Intendencia General de Supervisión de Conductas
1083382-1
SUPERINTENDENCIA
NACIONAL DE ADUANAS Y DE
ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Aprueban modificación del Reglamento
de Organización y Funciones de la
Superintendencia Nacional de Aduanas
y de Administración Tributaria-SUNAT
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
N° 158-2014/SUNAT
Lima, 22 de mayo de 2014
VISTO:
El Informe Técnico N° 002-2014-SUNAT/1K2000
emitido por la Gerencia de Organización y Procesos de
la Of‌i cina Nacional de Planeamiento y el Informe Legal N°
001-2014-SUNAT/8E0000 de la Intendencia Nacional de
Asesoría Legal Interna;
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución de Superintendencia N° 122-
2014/SUNAT se aprobó el Reglamento de Organización
y Funciones - ROF de la Superintendencia Nacional de
Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT;
Que de acuerdo con el inciso l) del artículo 18° del ROF,
la Superintendencia Nacional Adjunta de Administración y
Finanzas tiene como función sancionar disciplinariamente
al personal de la SUNAT, salvo en aquellos casos de función
sancionadora disciplinaria asignada al Superintendente
Nacional y a otros órganos, conforme al procedimiento
aprobado mediante Resolución de Superintendencia;
Que mediante el Memorándum N° 03-2014-
SUNAT/800000 la referida Superintendencia Nacional
Adjunta solicita la modificación del ROF a efecto de
ampliar el ámbito de su facultad disciplinaria a todo
el personal de la SUNAT, salvo las competencias

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR