RESOLUCION N° 1034-2013-ANR - Aprueban percepciones económicas de miembros de la Comisión Reorganizadora de la Universidad Tecnológica de los Andes

Fecha de publicación08 Agosto 2013
Fecha de disposición08 Agosto 2013
El Peruano
Jueves 8 de agosto de 2013 500861
Aprueban percepciones económicas
de miembros de la Comisión
Reorganizadora de la Universidad
Tecnológica de los Andes
COMISIÓN DE COORDINACIÓN
INTERUNIVERSITARIA
RESOLUCIÓN N° 1034-2013-ANR
Lima, 5 de julio de 2013
EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL
DE RECTORES
VISTOS:
La Resolución Nº 0916-2013-ANR, de fecha 13 de
junio de 2013; of‌i cio Nº 0013-2013-UTEA-CRO/R, de
fecha 27 de junio de 2013, y memorando Nº 740-2013-SE
de fecha 07 de julio de 2013; y,
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo al artículo 90º de la Ley Nº 23733, Ley
Universitaria, los Rectores de las universidades públicas
y privadas constituyen la Asamblea Nacional de Rectores,
cuyos f‌i nes son el estudio, la coordinación y orientación
de las actividades universitarias del país; así como velar
por la institucionalidad y autonomía universitaria;
Que, la Ley Nº 26490 ampliada por la Ley Nº 27602,
ha establecido como atribución de la Asamblea Nacional
de Rectores intervenir universidades públicas y privadas
ante graves irregularidades académicas, normativas y
económicas;
Que, mediante Resolución Nº 0898-2002-ANR, de
fecha 22 de noviembre de 2002, se aprobó el Reglamento
de las precitadas Leyes Nº 26490 y Nº 27602, el mismo en
cuyo artículo 30º establece que el presupuesto necesario
para el cumplimiento de las medidas de intervención es
aprobado por el Presidente de la Asamblea Nacional de
Rectores e incluye las dietas, honorarios, remuneraciones
y demás gastos que correspondan, precisándose que
todo gasto en que incurra la ANR al ejecutar cualquier
modalidad de intervención es asumido íntegramente por
la Universidad objeto de la misma;
Que, con Resolución Nº 0916-2013-ANR, de fecha 13
de junio de 2013, se declaró en conf‌l icto de gobernabilidad
a la Universidad Tecnológica de los Andes, designándose
una Comisión Reorganizadora para la mencionada
universidad, con el cese de autoridades, encargada de
lograr la institucionalidad de la Universidad y garantice el
normal funcionamiento de los órganos de gobierno por el
plazo de dos años, precisando que dicha comisión dentro
del proceso de intervención hará las veces de Consejo
Universitario y de Asamblea Universitaria; el Presidente
hará las veces de Rector, el Primer Vicepresidente de
Vicerrector Académico y el Segundo Vicepresidente de
Vicerrector Administrativo, de conformidad con la Ley
Universitaria Nº 23733, Leyes Nº 26490 y Nº 27602;
Que, mediante of‌i cio de vistos, el Presidente de la
Comisión Reorganizadora de la Universidad Tecnológica
de los Andes, expresa que habiéndose realizado la
instalación de la citada comisión en mérito a la Resolución
Nº 0916-2013-ANR, solicita a la Asamblea Nacional de
Rectores, se precise la remuneración de los integrantes
de la referida comisión, propuesta que fuera acordada por
consenso en sesión de Consejo Universitario;
Que, los miembros de la referida Comisión
Reorganizadora son reconocidos docentes universitarios y
destacados profesionales que tienen que desplazarse desde
sus ciudades de residencia para radicar temporalmente en
la ciudad de Abancay, sede de la Universidad Tecnológica
de los Andes, con la f‌i nalidad de cumplir con la labor
encomendada por la Asamblea Nacional de Rectores;
Que, mediante memorando de vistos, la Secretaría
Ejecutiva de la Asamblea Nacional de Rectores dispone
la elaboración de una resolución por la que se f‌i jen
las percepciones económicas de los miembros de la
Comisión Reorganizadora de la Universidad Tecnológica
de los Andes, designada mediante Resolución Nº 0916-
2013-ANR;
Estando a la autorización de la Alta Dirección;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 23733,
Ley Universitaria, y en uso de las atribuciones conferidas
a la Presidencia de la Asamblea Nacional de Rectores en
virtud de lo establecido en el Reglamento General de la
Comisión de Coordinación Interuniversitaria;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar las percepciones económicas
de los miembros de la Comisión Reorganizadora de
la Universidad Tecnológica de los Andes, designada
mediante Resolución Nº 0916-2013-ANR, presidida por el
Dr. Juan Vitaliano Rodríguez Pantigoso, e integrada por
el Dr. Jorge Eduardo Villafuerte Recharte, y el Dr. Jorge
Lescano Sandoval; conforme al siguiente detalle:
• Presidente S/. (12 000,00) mensuales
• Vicepresidente Académico S/. (11 000,00) mensuales
• Vicepresidente Administrativo S/. (11 000,00) mensuales
Artículo 2º.- Precisar que las percepciones económicas
aprobadas por la presente resolución, así como los gastos
de vivienda y alimentación de los miembros de la Comisión
Reorganizadora de la Universidad Tecnológica de los
Andes, serán asumidas íntegramente por la mencionada
universidad, en aplicación del artículo 30º del Reglamento
de las Leyes Nº 26490 y Nº 27602, aprobado mediante
Resolución Nº 0898-2002-ANR.
Artículo 3º.- Precisar, asimismo, que la Universidad
Tecnológica los Andes, podrá implementar el pago de
viáticos a favor de los integrantes de la referida Comisión
Reorganizadora, en razón al desplazamiento realizado
desde sus ciudades de residencia y de conformidad con
el Decreto Supremo Nº 007-2013-EF y la Resolución
Nº 0768-2013-ANR, que aprueba la Escala de Viáticos
en Comisión de Servicios en el Territorio Nacional y la
Directiva Nº 001-2013-ANR: “Normas y Procedimientos
para Autorizaciones de Viajes Nacionales y Escala de
Viáticos de la Asamblea Nacional de Rectores”.
Artículo 4º.- Transcribir la presente Resolución a la
Comisión Reorganizadora de la Universidad Tecnológica
de los Andes, para que tomen las acciones necesarias en
el cumplimiento de la presente resolución.
Artículo 5º.- Publicar la presente resolución en el
diario of‌i cial El Peruano y en la página Web de la Asamblea
Nacional de Rectores.
Regístrese y comuníquese.
ORLANDO VELÁSQUEZ BENITES
Rector de la Universidad Nacional de Trujillo y
Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores
RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO
Secretario General de la
Asamblea Nacional de Rectores
970659-1
Declaran que la Universidad Nacional
Mayor de San Marcos ha cumplido
con la Ley Universitaria respecto a la
creación y funcionamiento de diversos
programas académicos y la organización
de su estructura académica
COMISIÓN DE COORDINACIÓN
INTERUNIVERSITARIA
RESOLUCIÓN Nº 1043-2013-ANR
Lima, 15 de julio de 2013
EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE
RECTORES
VISTOS:
Los of‌i cios Nº 02456-SG-2012-, de fecha 21 de
septiembre de 2012, Nº 00004-SG-2013, de fecha 02 de

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