DECRETO SUPREMO N° 025-2014-PCM - Decreto Supremo que declara el Estado de Emergencia en el distrito de Yanatile, de la provincia de Calca, del departamento de Cusco

Fecha de disposición02 Abril 2014
Fecha de publicación02 Abril 2014
SecciónSección Única
El Peruano
Miércoles 2 de abril de 2014 520145
PODER EJECUTIVO
PRESIDENCIA DEL
CONSEJO DE MINISTROS
Decreto Supremo que declara el
Estado de Emergencia en el distrito de
Yanatile, de la provincia de Calca, del
departamento de Cusco
DECRETO SUPREMO
N° 025-2014-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, producto de las intensas precipitaciones pluviales
ocurridas en el departamento de Cusco, se produjeron daños
en el distrito de Yanatile, de la provincia de Calca, como
deslizamientos de tierras, erosión de taludes, inundación
generada por el aumento de caudal del río Yanatile,
afectando a viviendas al extremo de dejar a 02 poblaciones,
Paltaybamba y Santiago, al borde del Río Yanatile; afectando
y destruyendo 04 puentes (Lachaq, San Juan, Paltaybamba,
Marampampa), arrasando terrenos de cultivo y la pérdida de
las vidas de tres (03) personas, entre otros daños;
Que, el Gobierno Regional Cusco, mediante Of‌i cio
Nº 165-2014.GR CUSCO/PR de fecha 21 de marzo de
2014, sustentado en el Informe Nº 102-2014-GR CUSCO/
ODN/D de la Municipalidad Distrital de Yanatile, el Of‌i cio
Nº 108-2014-INDECI/38.0, el Of‌i cio Nº 082-2014-MDY
(Informe Técnico sobre emergencias y desastres), ha
solicitado la Declaratoria de Estado de Emergencia del
distrito de Yanatile;
Que, la Dirección de Respuesta del Instituto Nacional
de Defensa Civil – INDECI, con el Informe Técnico Nº
0015-2014-INDECI/11.0 de fecha 27 de marzo de 2014,
teniendo en consideración lo solicitado por el Gobierno
Regional Cusco, así como el Of‌i cio Nº 03-2014-GR
CUSCO/GRI-PVR del 18 de febrero de 2014, el Of‌i cio
Nº 08-2014-MDY de fecha 20 de enero de 2014, y la
información ingresada en el SINPAD con Códigos Nº
00063107, 0063489, 0063451, informa que se han
reportado intensas precipitaciones pluviales en el distrito
de Yanatile, que han ocasionado el deslizamiento de
tierras, erosión de taludes, inundación generada por el
aumento del caudal del río Yanatile, afectando las viviendas
dejando 02 poblaciones al borde del Río (Paltaybamba
y Santiago), también se afectó 04 puentes, terrenos de
cultivo que han sido arrasados, erosión de taludes; así
como la pérdida de 03 vidas humanas, el sistema vial,
las defensas ribereñas y el aislamiento de comunidades;
por lo que dicha Dirección emite opinión favorable para
que se declare el Estado de Emergencia en el distrito de
Yanatile, provincia de Calca, departamento de Cusco por
el plazo de sesenta (60) días calendario, ante los daños
y perjuicios acontecidos, con la f‌i nalidad que se ejecuten
las medidas excepcionales necesarias de respuesta y
rehabilitación de las zonas afectadas;
Que, la magnitud de la situación descrita demanda la
adopción de medidas inmediatas que permitan, al Gobierno
Regional Cusco, la Municipalidad Provincial de Calca, y
la Municipalidad Distrital de Yanatile, según corresponda,
con la coordinación del Instituto Nacional de Defensa Civil
- INDECI, y la participación del Ministerio de Agricultura y
Riego, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables,
el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y
el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y demás
instituciones públicas y privadas involucradas, en cuanto
les corresponda, a ejecutar acciones inmediatas y
necesarias de respuesta y rehabilitación; por lo que se
cuenta con la opinión favorable de la Secretaría de Gestión
del Riesgo de Desastres de la Presidencia del Consejo de
Ministros emitido con el Memorándum N° 100-2014-PCM-
SGRD, considerando que corresponde declarar el Estado
de Emergencia;
De conformidad con el inciso 1 del artículo 137 de la
Constitución Política del Perú, con la Ley Nº 29158, Ley
Orgánica del Poder Ejecutivo, así como con el artículo
68 del Reglamento de la Ley Nº 29664, Ley que crea el
(SINAGERD), aprobado por Decreto Supremo Nº 048-
2011-PCM que regula el procedimiento de la Declaratoria
de Estado de Emergencia;
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, y
con cargo a dar cuenta al Congreso de la República;
DECRETA:
Artículo 1.- Declaratoria de Estado de Emergencia
Declárese en Estado de Emergencia el distrito de
Yanatile, de la provincia de Calca, del departamento de
Cusco, por el plazo de sesenta (60) días calendario, por
impacto de daños a causa de las intensas precipitaciones
pluviales, para la ejecución de medidas de excepción
inmediatas y necesarias de respuesta y rehabilitación en
las zonas afectadas.
Artículo 2.- Acciones a ejecutar
El Gobierno Regional Cusco, la Municipalidad
Provincial de Calca y la Municipalidad Distrital de Yanatile,
en coordinación con el Instituto Nacional de Defensa Civil
- INDECI, y la participación del Ministerio de Agricultura y
Riego, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables,
el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y
el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y demás
instituciones públicas y privadas involucradas dentro de
sus competencias, ejecutarán las medidas de excepción
inmediatas y necesarias de respuesta y rehabilitación
en las zonas afectadas; acciones que pueden ser
modif‌i cadas de acuerdo a las necesidades y elementos
de seguridad que se vayan presentando durante su
ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las
entidades competentes.
Artículo 3.- Responsabilidad de las
coordinaciones
El Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, será
responsable de realizar las coordinaciones necesarias con
el Gobierno Regional Cusco, la Municipalidad Provincial de
Calca y la Municipalidad Distrital de Yanatile, los Sectores,
instituciones y organismos del Gobierno Nacional que
deben ejecutar las acciones necesarias de respuesta y
rehabilitación, según corresponda; con la f‌i nalidad de que
éstas se inicien y se cumplan dentro del plazo de vigencia
MUNICIPALIDAD DE
SAN JUAN DE LURIGANCHO
Fe de Erratas Ordenanza N° 269. 520192
MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL
Acuerdo N° 027-2014-MDSM.- Aprueban balance
general y memoria anual del ejercicio económico 2013 de
la Municipalidad 520192
R.A. N° 266-2012/MDSM.- Designan responsable del
portal de internet de la Municipalidad 520193
CONVENIOS INTERNACIONALES
Convenio entre la República del Perú y la República
Portuguesa para Evitar la Doble Tributación y Prevenir la
Evasión Fiscal en Relación con los Impuestos a la Renta,
y su Protocolo 520193
Entrada en vigencia del “Convenio entre la República
del Perú y la República Portuguesa para Evitar la Doble
Tributación y Prevenir la Evasión Fiscal en relación con
los Impuestos a la Renta”, y su Protocolo 520201
Rectif‌i cació0n Convenio entre la República del Perú y la
República Portuguesa para Evitar la Doble Tributación y
Prevenir la Evasión Fiscal en Relación con los Impuestos
a la Renta, y su Protocolo . 520201

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