RESOLUCION SUPREMA N° 034-2013-EF - Autorizan viaje del Director General de la Dirección General de Política de Ingresos Públicos del Ministerio a Uruguay, en comisión de servicios.

Fecha de publicación26 Junio 2013
Fecha de disposición26 Junio 2013
El Peruano
Miércoles 26 de junio de 2013 498043
ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan viaje del Director General
de la Dirección General de Política
de Ingresos Públicos del Ministerio a
Uruguay, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 034-2013-EF
Lima, 25 de junio de 2013
CONSIDERANDO:
Que, el III Foro para América Latina y el Caribe (LAC)
sobre Política Tributaria, se llevará a cabo en la ciudad de
Montevideo, República Oriental de Uruguay, los días 4 y
5 de julio de 2013, precedido de un Taller de Estadísticas
Tributarias, el día 3 de julio del 2013;
Que, el objetivo principal de los eventos es fomentar el
diálogo sobre políticas f‌i scales en la región, para mejorar
las políticas tributarias y de gasto público, apoyando de
este modo el crecimiento económico y la redistribución
del ingreso. Asimismo, el mencionado Foro se centrará en
el intercambio de experiencias en el uso de la f‌i scalidad
como instrumento para reducir desigualdades de renta y
riqueza;
Que, la Dirección General de Política de Ingresos
Públicos es el órgano de línea del Viceministerio de
Economía del Ministerio de Economía y Finanzas
competente para proponer las medidas de política f‌i scal
y de simplif‌i cación, reestructuración y optimización del
Sistema Tributario, así como generar mayores ingresos
f‌i scales;
Que, en ese sentido, resulta conveniente la
participación del señor Marco Antonio Camacho Sandoval,
Director General de la Dirección General de Política de
Ingresos Públicos, para que participe en representación del
Ministerio de Economía y Finanzas, en los mencionados
eventos;
Que, el penúltimo párrafo del numeral 10.1 del
artículo 10° de la Ley Nº 29951 - Ley de Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal 2013, establece,
respecto a los viajes al exterior por supuestos distintos
a los señalados en los literales a), b), c), d) y e) del
mismo numeral, para el caso de las entidades del Poder
Ejecutivo, deben canalizarse a través de la Presidencia
del Consejo de Ministros y autorizarse mediante
Resolución Suprema;
Que, en consecuencia y siendo de interés para el
Ministerio de Economía y Finanzas, resulta pertinente
autorizar el viaje solicitado, cuyos gastos serán cubiertos
con cargo al presupuesto de dicho Ministerio;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619,
Ley que regula la autorización de viajes al exterior de
servidores y funcionarios públicos, la Ley N° 29951, Ley
de Presupuesto del Sector Público para el Año 2013, el
Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las
normas reglamentarias sobre autorización de viajes
al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su
modif‌i catoria, aprobada mediante Decreto Supremo Nº
056-2013-PCM, así como, la Resolución Ministerial Nº
662-2012-EF/43, que aprueba la Directiva Nº 003-2012-
EF/43.01 – Directiva para la Tramitación de Autorizaciones
de Viajes por Comisión de Servicios al Exterior e Interior
del País; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar, por excepción, el viaje en
comisión de servicios, del señor Marco Antonio Camacho
Sandoval, Director General de la Dirección General de
Política de Ingresos Públicos del Ministerio de Economía
y Finanzas, a la ciudad de Montevideo, República
Oriental de Uruguay, del 2 al 6 de julio de 2013, para los
f‌i nes expuestos en la parte considerativa de la presente
Resolución.
Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
de esta Resolución, serán con cargo al Presupuesto de
la Unidad Ejecutora 001 – Administración General del
Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al
siguiente detalle:
- Pasajes Aéreos : US $ 1 500,00
- Viáticos (3 + 1 día) : US $ 1 480,00
Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario
siguientes de efectuado el viaje autorizado, el citado
funcionario deberá presentar ante el Titular de la Entidad,
un informe detallado, describiendo las acciones realizadas,
los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los
viáticos entregados.
Artículo 4º.- La presente norma no otorga derecho
a exoneración o liberación de impuestos de aduana de
cualquier clase o denominación a favor del funcionario
cuyo viaje se autoriza.
Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y
por el Ministro de Economía y Finanzas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR
Presidente del Consejo de Ministros
LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO
Ministro de Economía y Finanzas
955138-8
EDUCACION
Autorizan viaje del Conjunto Nacional
de Folklore de la Escuela Nacional
Superior de Folklore “José María
Arguedas” a Francia, para participar en
diversos eventos
RESOLUCIÓN SUPREMA
N° 024-2013-ED
Lima, 25 de junio de 2013
CONSIDERANDO:
Que, el Presidente del Festival de Confolens, remitió
invitación al Conjunto Nacional de Folklore de la Escuela
Nacional Superior de Folklore “José María Arguedas”,
para participar representando al Estado Peruano, en el
Festival de Confolens “Danzas y Música del Mundo”, cuya
f‌i nalidad es celebrar la 56° edición del citado Festival; así
como participar en una gira por diferentes ciudades de
la República Francesa, además de otros Festivales del
Consejo Internacional de los Organizadores de Festivales
de Folklore y Arte Tradicional – CIOFF, actividades que se
llevarán a cabo del 20 de junio al 30 de agosto del presente
año, en diversas ciudades de la República Francesa;
Que, el mencionado Festival de Confolens, como
cuna del Consejo Internacional de los Organizadores de
Festivales de Folklore y Arte Tradicional – CIOFF, recibe
anualmente miles de turistas y centra la atención de los
más importantes medios de comunicación del globo;
Que, en la Carta de invitación, los organizadores del
referido Festival señalan que se harán cargo de los gastos
correspondientes a los viáticos del Conjunto Nacional de
Folklore de la Escuela Nacional Superior de Folklore “José
María Arguedas”;
Que, el penúltimo párrafo del numeral 10.1 del
artículo 10 de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2013, respecto a los
viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y
representantes del Estado con cargo a recursos públicos,
establece que el requerimiento de autorizaciones de
viajes al exterior por supuestos distintos a los señalados
en los literales del citado numeral, para el caso de las
entidades del Poder Ejecutivo, deberá canalizarse a
través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se
autoriza mediante Resolución Suprema refrendada por
el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es
publicada en el Diario Of‌i cial El Peruano;
Que, en tal sentido y siendo de interés para la
Institución, resulta necesario autorizar el viaje del Conjunto

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