ORDENANZA N° 008-2013-MDCH - Aprueban modificación del TUPA y estructura de costos en procedimientos administrativos de la Municipalidad

EmisorMUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY
Fecha de la disposición24 de Abril de 2014
El Peruano
Jueves 24 de abril de 2014
521560
Licencias de Habilitación Urbana y Edificaciones, de
la Municipalidad Distrital de Chancay; conforme a los
fundamentos expuestos en la parte considerativa del
presente Acuerdo.
Artículo Segundo.- DISPONER la Publicación
del presente Acuerdo de Concejo en el Diario O cial
El Peruano, la cual estará a cargo de la Municipalidad
Distrital de Chancay.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
VÍCTOR HERNÁN BAZÁN RODRÍGUEZ
Alcalde Provincial
1075500-1
MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE CHANCAY
Aprueban modificación del TUPA y
estructura de costos en procedimientos
administrativos de la Municipalidad
(Se publica la presente Ordenanza de la Municipalidad
Distrital de Chancay, solicitado mediante O cio N° 145-
2014-MDCH/A, recibido el 22 de abril de 2014)
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 008-2013-MDCH
Chancay, 21 de junio del 2013
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE CHANCAY
VISTO: En la Sesión de Concejo de la fecha, el
proyecto de Ordenanza que modi ca el Texto Único
de Procedimientos Administrativos y su Estructura de
Costos de la Municipalidad Distrital de Chancay, en los
procedimientos administrativos correspondiente a la
Dirección de Desarrollo Urbano – División de Obras
Privadas, en los ítems referidos al otorgamiento de licencia
de habilitación urbana y edi caciones; y,
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo al Art. 194 y 195 de la Constitución
Política del Perú, modi cados mediante Ley Nº 27680
(Ley de Reforma Constitucional), concordantes con
el Art. II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972
Ley Orgánica de Municipalidades, señalan que los
Órganos de Gobierno Local son las Municipalidades
Provinciales y Distritales, las cuales tienen autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de
su competencia;
Que, el Art. 37º de la Ley del Procedimiento
Administrativo General, Ley Nº 27444, establece que
todas las entidades públicas elaboran y aprueban o
gestionan la aprobación de su correspondiente Texto
Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, el
mismo que debe contener los procedimientos de iniciativa
de parte, requeridos por los administrados para satisfacer
sus necesidades o derechos mediante el pronunciamiento
de cualquier órgano de la entidad, siempre que esa
exigencia cuente con respaldo legal, el cual deberá de
consignarse expresamente con indicación de la fecha de
publicación en el Diario O cial, documento de gestión que
deberá de incluir además todo el contenido detallado de
dicha norma;
Que, a su vez el Art. 38º del cuerpo legal en
comentario, establece que en el caso de municipalidades
el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA)
es aprobado por Ordenanza Municipal, siendo obligatoria
su publicación en los plazos y oportunidades jados en la
norma en comentario;
Que, mediante D.S. Nº 079-2007-PCM se aprobaron
los Lineamientos para elaboración del Texto Único de
Procedimientos Administrativos (TUPA) estableciéndose
su aplicación obligatoria para todas las entidades de la
administración pública incluidos los Gobiernos Locales,
lineamientos que tienen por nalidad permitir que dicho
instrumento de gestión cumpla con su propósito de ser
documentos compiladores, informativos y simpli cadores
de los procedimientos administrativos que tramitan los
administrados ante las distintas entidades administrativas
del Estado;
Ley Nº 27972, establece que los Concejos Municipales
ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación
de Ordenanzas y Acuerdos, precisándose a su vez en el Art.
40º que las Ordenanzas son normas de carácter general de
mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por
medio de las cuales se aprueba la organización interna, la
regulación, administración y supervisión de los servicios
públicos y las materias en las que la municipalidad tiene
competencia normativa, mediante Ordenanzas se crean,
modi can, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas,
licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites
establecidos por ley;
Que, la norma glosada en el párrafo precedente
establece que las Ordenanzas en materia tributaria
expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser
rati cadas por las Municipalidades Provinciales de su
circunscripción para su vigencia y e cacia;
Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 012-2010-
MDCH y Ordenanza Municipal Nº 014-2011-MDCH, se
aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos
(TUPA) de la Municipalidad Distrital de Chancay, los
montos de los derechos administrativos y su estructura de
costos sustentatorios;
Que, resultando necesaria la modi cación de parte
de los procedimientos regulados por el TUPA de nuestra
institución para adecuarlos a la normativa vigente
corresponde que de conformidad con lo establecido en
el Art. 38º de la Ley de Procedimiento Administrativo
General, Ley Nº 27444, se apruebe dicha modi cación
mediante Ordenanza Municipal;
Estando a lo expuesto, en uso de las atribuciones
conferidas por el artículo 9 numeral 8) de la Ley Orgánica
de Municipalidades – Ley Nº 27972, con la dispensa de
la lectura y aprobación del Acta, el Concejo Municipal
aprueba por Unanimidad la siguiente:
ORDENANZA QUE MODIFICA EL TEXTO ÚNICO
DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Y SU
ESTRUCTURA DE COSTOS DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE CHANCAY, EN LOS PROCEDIMIENTOS
ADMINISTRATIVOS CORRESPONDIENTE A LA
DIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO – DIVISIÓN
DE OBRAS PRIVADAS, EN LOS ÍTEMS REFERIDOS
AL OTORGAMIENTO DE LICENCIA DE HABILITACIÓN
URBANA Y EDIFICACIONES
Artículo Primero.- APROBAR la Modi cación del
TUPA y su estructura de costos, en Procedimientos
Administrativos, correspondiente a la Dirección de
Desarrollo Urbano – División de Obras Privadas, en los
ítems referidos al otorgamiento de Licencia de Habilitación
Urbana y Edi caciones, según Anexos adjuntos, que
forma parte de la presente Ordenanza.
Artículo Segundo.- Remítase la presente Ordenanza
a la Municipalidad Provincial de Huaral, para su rati cación
correspondiente.
Artículo Tercero.- Encárguese a la O cina de Secretaría
General para que con arreglo a sus atribuciones, proceda
a la publicación y difusión de la presente Ordenanza así
como de la publicación del Acuerdo de Concejo Provincial
que lo rati que, debiendo publicarse asimismo en el Portal
de Servicios al Ciudadano y Empresas – PSCE, y el Portal
Institucional.
Artículo Cuarto.- Precísese que la presente
Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de la
publicación del Acuerdo de Concejo de la Municipalidad
Provincial de Huaral que la rati que.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
JUAN A. ÁLVAREZ ANDRADE
Alcalde
1075502-1

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