DECRETO SUPREMO N° 018-2013-JUS - Aprueban el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

Fecha de publicación28 Diciembre 2013
Fecha de disposición28 Diciembre 2013
El Peruano
Sábado 28 de diciembre de 2013 511863
JUSTICIA Y DERECHOS
HUMANOS
Aprueban el Texto Único de
Procedimientos Administrativos del
Ministerio de Justicia y Derechos
Humanos
DECRETO SUPREMO
Nº 018-2013-JUS
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo N.º 042-2001-JUS, se
aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos
del Ministerio de Justicia, actualmente Ministerio de
Justicia y Derechos Humanos;
Que, el numeral 38.1 del artículo 38º de la Ley N.º
establece que el Texto Único de Procedimientos
Administrativos (TUPA) es aprobado por Decreto Supremo
del Sector;
Que, asimismo, el segundo párrafo del artículo 37º
de dicha Ley, establece que el TUPA incluirá los servicios
prestados en exclusividad por las entidades, cuando
el administrado no tiene la posibilidad de obtenerlos
acudiendo a otro lugar o dependencia;
señala que las entidades deberán calif‌i car los procedimientos
administrativos considerando estrictamente lo establecido
en la mencionada Ley referente a la aplicación del
silencio administrativo positivo a los procedimientos que
corresponda, así como a lo señalado en el artículo 31º de
la Ley N.º 27444, a f‌i n de permitir que los administrados
puedan satisfacer o ejercer sus intereses o derechos;
se aprueba la metodología de determinación de costos de
los procedimientos administrativos y servicios prestados
en exclusividad comprendidos en los Textos Únicos de
Procedimientos Administrativos de las Entidades Públicas,
en cumplimiento del numeral 44.6 del artículo 44º de la Ley
Que, el artículo 3º de la Resolución de Secretaría
de Gestión Pública N.º 001-2010-PCM-SGP, modif‌i cado
por Resolución N.º 001-2012-PCM-SGP, establece que
el plazo de implementación de la nueva metodología
de determinación de costos de las entidades del Poder
Ejecutivo culmina el 31 de diciembre de 2012;
Que, teniendo en cuenta el plazo antes señalado, el
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos ha revisado
sus procedimientos administrativos y servicios con la
f‌i nalidad de actualizarlos e implementar las respectivas
mejoras, lo cual requiere ser aprobado mediante Decreto
Supremo del Sector, de acuerdo a lo que disponen los
numerales 38.1 y 38.5 del artículo 38° de la Ley N.º 27444,
De conformidad con la Ley N.º 27444, Ley del
Procedimiento Administrativo General; la Ley N.º 29158,
de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y
Derechos Humanos y su Reglamento de Organización y
Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo N.º 011-
la Ley N.º 29091, Ley que modif‌i ca el párrafo 38.3 del
artículo 38° de la Ley N.º 27444, Ley del Procedimiento
Administrativo General, y establece la publicación de
diversos dispositivos legales en el Portal del Estado
Peruano y en portales institucionales y su Reglamento
aprobado mediante Decreto Supremo N.º 004-2008-PCM;
el Decreto Supremo N.º 079-2007-PCM, que aprobó los
lineamientos para elaboración y aprobación de TUPA y
establecen disposiciones para el cumplimiento de la Ley
del Silencio Administrativo; el Decreto Supremo N.º 064-
2010-PCM, que aprobó la metodología de determinación
de costos de los procedimientos administrativos y
servicios prestados en exclusividad comprendidos en los
Textos Únicos de Procedimientos Administrativos de las
Entidades Públicas; y en cumplimiento del numeral 44.6
del artículo 44° de la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento
Administrativo General;
DECRETA:
Artículo 1°.- Aprobación del TUPA del Ministerio de
Justicia y Derechos Humanos
Apruébese el Texto Único de Procedimientos
Administrativos – TUPA del Ministerio de Justicia y
Derechos Humanos, que en Anexo forma parte integrante
del presente Decreto Supremo.
Artículo 2°.- Publicación
El presente Decreto Supremo deberá ser publicado
en el Diario Of‌i cial El Peruano. El TUPA a que se ref‌i ere
el artículo 1° del presente Decreto Supremo deberá
ser publicado en el Portal de Servicios al Ciudadano
y Empresas – PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.
pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Justicia
y Derechos Humanos (www.minjus.gob.pe.), de acuerdo
con lo establecido en la Ley N.º 29091 y su Reglamento
aprobado por el Decreto Supremo N.º 004-2008-PCM.
Artículo 3°.- Derogación
Deróguese el Decreto Supremo N.º 042-2001-JUS,
así como cualquier otra disposición que se oponga al
presente Decreto Supremo.
Artículo 4°.- Refrendo
El presente Decreto Supremo será refrendado por el
Ministro de Justicia y Derechos Humanos.
Dado en la Casa de Gobierno en Lima, a los veintisiete
días del mes de diciembre del año dos mil trece.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
DANIEL FIGALLO RIVADENEYRA
Ministro de Justicia y Derechos Humanos
1033072-5
Designan Procurador Público del
Ministerio de Trabajo y Promoción del
Empleo
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 169-2013-JUS
Lima, 27 de diciembre de 2013
VISTO, el Of‌i cio Nº 3138-2013-JUS/CDJE-ST, del
Secretario Técnico del Consejo de Defensa Jurídica del
Estado;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1068, se crea el
Sistema de Defensa Jurídica del Estado con la f‌i nalidad
de fortalecer, unif‌i car y modernizar la defensa jurídica del
Estado en el ámbito local, regional, nacional, supranacional
e internacional, en sede judicial, militar, arbitral, Tribunal
Constitucional, órganos administrativos e instancias de
similar naturaleza, arbitrajes y conciliaciones;
citado, establece que es atribución del Consejo de Defensa
Jurídica del Estado, entre otras, proponer la designación
de los Procuradores Públicos del Poder Ejecutivo;
Que, el artículo 25º del Decreto Legislativo antes
acotado, estipula que la designación de los Procuradores
Públicos culmina, entre otras razones, por término de la
designación;
Que, mediante Resolución Suprema Nº 039-2010-
JUS, de fecha 12 de febrero del año 2010, se designó
al abogado Marco Antonio Pajares Delgado, como
Procurador Público del Ministerio de Trabajo y Promoción
del Empleo;
Que, mediante Of‌i cio Nº 2512-2013-MTPE/4 del
29 de noviembre del año 2013, el Ministerio de Trabajo
y Promoción del Empleo, somete a consideración la
propuesta de designación del abogado César Efraín

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