RESOLUCION SUPREMA N° 016-2012-RE - Remiten al Congreso de la República la documentación relativa al 'Convenio Internacional sobre Embargo Preventivo de Buques 1999'

Fecha de disposición23 Enero 2012
Fecha de publicación23 Enero 2012
NORMAS LEGALES
www.elperuano.com.pe
FUNDADO
EN 1825 POR
EL LIBERTADOR
SIMÓN BOLÍVAR
Lima, lunes 23 de enero de 2012
459655
AÑO DE LA
INTEGRACIÓN
NACIONAL Y EL
RECONOCIMIENTO
DE NUESTRA DIVERSIDAD
PODER EJECUTIVO
PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
D.S. N° 008-2012-PCM.- Establece medidas
complementarias para acceder a la subvención económica
del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión
65” 459656
R.S. N° 023-2012-PCM.- Autorizan viaje del Ministro de
Defensa a Colombia y Venezuela y encargan su Despacho
al Ministro del Interior 459658
R.S. N° 024-2012-PCM.- Autorizan viaje de comitiva
of‌i cial y de apoyo que acompañará al Presidente de la
República a España y Suiza en visita of‌i cial 459658
R.S. N° 025-2012-PCM.- Autorizan viaje de Directora de la
Of‌i cina General de Comunicación Social de la Presidencia
del Consejo de Ministros, a España y Suiza, en comisión
de servicios 459659
R.S. N° 026-2012-PCM.- Autorizan viaje de reportero
gráf‌i co de Editora Perú S.A. para cubrir incidencias
informativas sobre las visitas of‌i ciales del Presidente de la
República a España y Suiza 459659
R.S. N° 027-2012-PCM.- Autorizan viaje de personal del
Instituto Nacional de Radio y Televisión del Peru - IRTP a
España y Suiza en comisión de servicios 459660
DEFENSA
R.S. N° 019-2012-DE/FAP.- Autorizan viaje de Personal
Militar y Civil FAP como miembros de la tripulación de
aeronave que trasladará al Presidente de la República y
Comitiva Especial a España y Suiza 459660
R.S. N° 020-2012-DE/FAP.- Autorizan viaje de Personal
Militar y Civil FAP como miembros de la tripulación de
aeronaves que trasladarán al personal integrante del XV-
A Contingente de la Compañía Perú a la República de
Haití 459662
R.S. N° 021-2012-DE/.- Autorizan viaje de delegación que
acompañará al Ministro de Defensa en su Visita Of‌i cial a
Colombia y Venezuela 459663
ECONOMIA Y FINANZAS
R.M. N° 064-2012-EF/43.- Designan Asesor II - Secretario
Ejecutivo del Despacho Viceministerial de Economía
459664
R.M. N° 065-2012-EF/15.- Aprueban Índices de
Distribución de la Regalía Minera correspondientes al
mes de diciembre de 2011 459664
R.M. N° 067-2012-EF/43.- Designan Director General de
la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio
459665
R.D. N° 001-2012-EF/63.01.- Aprueban Directiva
que establece criterios y procedimientos para el uso
de los recursos a que se ref‌i ere la Tercera Disposición
Complementaria Final de la Ley N° 29813, Ley de
Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público
para el Año Fiscal 2012 459665
ENERGIA Y MINAS
R.D. N° 005-2012-EM/DGE.- Precisan el primer
considerando de la R.D. N° 099-2011-EM/DGE 459670
INTERIOR
R.S. N° 032-2012-IN.- Designan Director de la Región
Policial Sur 459670
JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
R.M. Nº 0013-2012-JUS.- Dejan sin efecto el encargo
de funciones de Secretario General del Ministerio
459670
R.M. Nº 0014-2012-JUS.- Designan Secretaria General
del Ministerio 459670
RELACIONES EXTERIORES
R.S. N° 014-2012-RE.- Nombran Representante
Permanente del Perú ante la Asociación Latinoamericana
de Integración (ALADI) y ante el MERCOSUR 459671
R.S. N° 015-2012-RE.- Remiten al Congreso de la
República la documentación relativa al “Estatuto de la
Agencia Internacional de Energías Renovables (IRENA)”
459671
R.S. N° 016-2012-RE.- Remiten al Congreso de la
República la documentación relativa al “Convenio
Internacional sobre Embargo Preventivo de Buques 1999”
459671
R.S. N° 017-2012-RE.- Remiten al Congreso de la
República la documentación relativa al “Convenio
Internacional para la Protección de todas las personas
contra las Desapariciones Forzadas” 459672
R.S. N° 018-2012-RE.- Remiten al Congreso de la
República la documentación relativa al “Convenio entre
la República del Perú y los Estados Unidos Mexicanos
para evitar la Doble Tributación y para Prevenir la Evasión
Fiscal en relación con los Impuestos sobre la Renta” y su
Protocolo 459672
Sumario
Año XXIX - Nº 11692
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, lunes 23 de enero de 2012
459656
TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
R.M. N° 021-2012-MTC/02.- Reclasif‌i can Ruta
Departamental o Regional como Ruta Nacional,
asignándosele el Código No. PE-18 B 459672
R.VM. N° 026-2012-MTC/03.- Modif‌i can planes de
canalización y asignación de frecuencias del servicio de
radiodifusión sonora en FM de diversas localidades del
departamento de Junín 459673
R.VM. N° 027-2012-MTC/03.- Otorgan autorización a
persona natural para prestar servicio de radiodifusión
sonora comercial en FM en localidad del departamento de
Cusco 459674
R.VM. N° 028-2012-MTC/03.- Otorgan autorización a
persona natural para prestar servicio de radiodifusión
sonora comercial en FM en localidad del departamento de
Junín 459675
R.VM. N° 030-2012-MTC/03.- Renuevan autorización
otorgada a Radio Huascarán S.R.L. para continuar
prestando el servicio de radiodifusión sonora comercial
en FM en localidad del departamento de Ancash 459677
R.VM. N° 034-2012-MTC/03.- Otorgan autorización a
persona natural para prestar servicio de radiodifusión
sonora comercial en FM en localidad del departamento de
Loreto 459678
R.VM. N° 035-2012-MTC/03.- Otorgan autorización a
persona natural para prestar el servicio de radiodifusión
sonora comercial en FM 459680
R.VM. N° 036-2012-MTC/03.- Otorgan autorización a
la Asociación Cultural Bethel para prestar el servicio de
radiodifusión sonora educativa en FM 459681
PODER JUDICIAL
CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Res. Adm. N° 16-2012-P-CSJCL/PJ.- Establecen
disposiciones para el funcionamiento de Órganos
Jurisdiccionales de Emergencia de la Corte Superior de
Justicia del Callao, durante las vacaciones del año judicial
2012 459683
Res. Adm. N° 24-2012-P-CSJCL/PJ.- Reconforman
Salas Superiores de Emergencia para el período
vacacional de la Corte Superior de Justicia del Callao y
disponen la reconformación de órganos jurisdiccionales
de emergencia 459685
ORGANOS AUTONOMOS
ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES
Res. N° 0040-2012-ANR.- Amplían plazo otorgado,
mediante la Res. N° 1176-2011-ANR, a la Comisión de
Orden y Gestión de la Universidad Nacional Pedro Ruiz
Gallo 459686
PODER EJECUTIVO
PRESIDENCIA DEL
CONSEJO DE MINISTROS
Establece medidas complementarias
para acceder a la subvención económica
del Programa Nacional de Asistencia
Solidaria “Pensión 65”
DECRETO SUPREMO
Nº 008-2012-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
crea el Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión
65”, a cargo de la Presidencia del Consejo de Ministros,
con la f‌i nalidad de otorgar subvenciones económicas a las
personas adultas en condición de extrema pobreza a partir
de los sesenta y cinco (65) años de edad que cumplan con
los requisitos establecidos por la indicada norma;
Que, a través del Decreto de Urgencia N° 056-2011, se
determina las características generales de la subvención
económica del Programa Nacional de Asistencia Solidaria
“Pensión 65” y se establece las medidas presupuestales
y f‌i nancieras necesarias para su funcionamiento,
disponiéndose como plazo de vigencia del referido
dispositivo hasta el 31 de diciembre de 2011;
Que, mediante Ley N° 29792 se crea el Ministerio de
Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito,
competencias, funciones y estructura orgánica básica;
asimismo, se crea el Sistema Nacional de Desarrollo e
Inclusión Social (SINADIS), como sistema funcional, y
el sector Desarrollo e Inclusión Social, que comprende
a todas las entidades del Estado, de los tres niveles de
gobierno, vinculadas con el cumplimiento de las políticas
nacionales en materia de promoción del desarrollo social,
la inclusión y la equidad;
Que, la Tercera Disposición Complementaria Final
de la Ley N° 29792 dispone la adscripción del Programa
Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” al Ministerio
de Desarrollo e Inclusión Social, la que ha quedado
formalizada a partir del 01 de enero de 2012, según lo
establecido en la Cuarta Disposición Complementaria,
Transitoria y Final del Decreto Supremo N° 001-2011-
MIDIS, que aprueba el Reglamento de Organización y
Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social;
Que, luego de la adscripción del Programa Nacional de
Asistencia Solidaria “Pensión 65” al Ministerio de Desarrollo e
Inclusión Social, se ha determinado la necesidad de modif‌i car
algunos aspectos vinculados con el acceso a la subvención
económica que se otorgará a los usuarios del citado programa;
De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8 del
Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley N° 29158; la Ley General
del Sistema Nacional de Presupuesto, Ley N° 28411; y, la
Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio
de Desarrollo e Inclusión Social, Ley N° 29792; y,
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
DECRETA:
Artículo 1.- Modif‌i cación de la Norma de Creación
de Pensión 65
Modifíquese el artículo 3, los numerales 4.2 y 4.3 del
artículo 4, el artículo 5 y la Disposición Complementaria
Supremo que crea el Programa Social denominado
Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”,
los cuales quedarán redactados de la siguiente manera:
“Artículo 3.- Requisitos para ser usuarios del Programa
“Pensión 65”
3.1. Son usuarios del Programa “Pensión 65”, las personas
adultas a partir de sesenta y cinco (65) años de edad que se
encuentren en condición de extrema pobreza de acuerdo a los
criterios del Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH).
3.2. La condición de usuario del Programa “Pensión 65” es
incompatible con la percepción de cualquier pensión o subvención
que provenga del ámbito público o privado, incluyendo a EsSalud,
así como ser usuario de algún programa social, a excepción
del Seguro Integral de Salud (SIS) y el Programa Nacional de
Movilización por la Alfabetización (Pronama).
3.3. Para acceder a los benef‌i cios del Programa
“Pensión 65”, los potenciales usuarios deberán entregar,
al representante debidamente acreditado del Programa
“Pensión 65”, copia de su Documento Nacional de
Identidad (DNI) y una declaración jurada, debidamente
suscrita, conforme al formato previsto en el Anexo 1.
Artículo 4.- Administración del Programa “Pensión 65”
y pago de la subvención
(...)
4.2. El Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH)
comunica el padrón de personas elegibles al Programa “Pensión
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, lunes 23 de enero de 2012 459657
65” a partir del cual el programa procederá a la verif‌i cación de
requisitos y de su estado de supervivencia. La verif‌i cación de
supervivencia se realizará trimestralmente, contada desde la
fecha de aprobación del ingreso de los usuarios al Programa.
4.3. Efectuada la verif‌i cación a que se ref‌i ere el
numeral anterior, el Coordinador del Programa “Pensión
65”, aprobará mediante resolución la relación bimestral de
usuarios. Dicha relación deberé ser publicada en el portal
institucional de la entidad.
Artículo 5.- Manual de operaciones
El Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, mediante
resolución ministerial, aprueba el Manual de Operaciones
del Programa “Pensión 65”.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL
Única.- El Programa “Pensión 65” se inicia de manera
progresiva en los distritos más pobres del Perú, donde
se aplicará los criterios de elegibilidad del artículo 3 de
la presente norma, para cuyo efecto se tomará como
referencia los distritos cuyo nivel de pobreza es superior
a 50% de acuerdo al Mapa de Pobreza 2009 del Instituto
Nacional de Estadística e Informática - INEI, iniciando
su implementación en los departamentos de Apurímac,
Ayacucho, Huancavelica, Puno, lca y Huánuco.
A propuesta del Ministerio de Desarrollo e Inclusión
Social y con la opinión favorable del Ministerio de Economía
y Finanzas, mediante Decreto Supremo refrendado por el
Ministro de Desarrollo e Inclusión Social y por el Ministro
de Economía y Finanzas, se aprobará la ampliación del
ámbito geográf‌i co de intervención del Programa “Pensión
65” y metas de cobertura.”
Artículo 2.- Declaración Jurada
Apruébese el formato de declaración jurada que forma
parte, en calidad de anexo, del presente decreto supremo,
el que los potenciales usuarios del Programa Nacional de
Asistencia Solidaria “Pensión 65” deberán suscribir para
acceder a sus benef‌i cios, salvo que sean analfabetos,

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