MUNICIPALIDAD DE LURIN DECRETO DE ALCALDIA Nº 021-2007-ALC/ML - Prorrogan vencimiento de beneficio tributario establecido mediante Ordenanza Nº 156/ML DECRETO DE ALCALDIA Nº 021-2007-ALC/ML
Emisor | Gobiernos Locales |
Fecha de la disposición | 4 de Octubre de 2007 |
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, jueves 4 de octubre de 2007 354837
1. Hoja de trámite – Formato FUO 1.
2.Copia de Ficha Registral o Copia del Certicado
Registral Inmobiliario o Copia Escritura Pública de Compra
Venta.
3. Recibo de Pago por los Derechos de Revisión de
Proyecto.
4.Certicado de Parámetros Urbanísticos y
Edicatoriosvigente.
5. Planos: - Plano de Ubicación escala 1/500
- Plano de Arquitectura escala 1/50 (adjuntando
Carta de Responsabilidad correspondiente, suscrita por
arquitecto o ingeniero).
6. Autorización de la Junta de Propietarios o de los
copropietarios en caso de Propiedad Común.
7.Fotografíasacolor(tomadasfrontalmentedesdela
acera opuesta y vistas longitudinales).
8. Boleta(s) de Habilitación Profesional.
9. Inspección Técnica.
De ser el caso, en lo no previsto respecto a los
requisitos de la presente Ordenanza, se adecuarán
al procedimiento establecido en el Texto Único de
Procedimientos Administrativos TUPA, de este Municipio.
Artículo 4°.- PROCEDIMIENTO
Las solicitudes presentadas deberán ser revisadas y
evaluadas,enunplazonomayorde10díasútiles,siempre
que cumplan con la normatividad vigente al respecto.
Vencido el plazo, y obtenida la Aprobación Técnica
respectiva, se liquidarán los derechos correspondientes
a pagar, quedando expedita la aprobación de la solicitud
con el cumplimiento del pago.
Artículo 5°.- PLAZO
Elpresente BenecioAdministrativoque seconcede
tendrá vigencia del 1º de octubre al 31 de diciembre del
2007.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA
Para aquellas solicitudes que se encuentren en
trámite antes de la dación de la presente Ordenanza,
quedarán automáticamente comprendidos dentro de los
alcancesdelbenecio,queotorguelapresente,debiendo
adecuarse dentro de lo que le sea aplicable.
DISPOSICIONES FINALES
Primera.- Facúltese a la Alcaldesa para que
mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones
complementarias necesarias para la adecuada aplicación
de la presente Ordenanza, incluida la prórroga de la
misma.
Segunda.- La recepción de la solicitud de Regularización
de Licencia de Obra con los correspondientes requisitos,
dará derecho al administrado a estar dentro de los
alcancesdelpresenteBenecioAdministrativo.
Tercera.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Urbano,
Gerencia de Rentas y Unidad de Imagen Institucional, el
cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza.
Regístrese,comuníqueseycúmplase.
MARIA A. FONSECA ESPINOZA
Alcaldesa
116215-1
MUNICIPALIDAD DE LURIN
Prorrogan vencimiento de beneficio
tributario establecido mediante
Ordenanza Nº 156/ML
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 021-2007-ALC/ML
Lurín,29deagostodel2007
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LURÍN
CONSIDERANDO:
El Informe N° 0104-2007-GR-GM/ML de la Gerencia
de Rentas.
Que, mediante Ordenanza N° 156/ML se establece un
beneciotributariopara loscontribuyentesdel distritode
Lurín,cuyovencimientodeacuerdoasuartículosegundo
es el 30 de junio del 2007.
Que, la Primera Disposición Final de la Ordenanza
N° 156/ML, faculta al Alcalde de la Municipalidad de
LurínparaquemedianteDecretodeAlcaldíaefectúela
prórroga del vencimiento de la Ordenanza con cargo a
dar cuenta al Concejo Municipal.
Que, mediante Decreto de Alcaldía N° 009-2007-
ALC/ML y 016-2007-ALC/ML, se dispuso la prórroga del
beneciotributario antes referido al 31 de julio y 31 de
agosto del presente año respectivamente.
Que,espolíticadelaadministración tributariaotorgar
facilidades a los contribuyentes para el cumplimiento
de sus obligaciones tributarias, en ese sentido es
conveniente otorgar una ampliación del plazo establecido
en la Ordenanza N° 156/ML.
De conformidad con el inciso 6) del artículo 20 y
el artículo 42, de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de
Municipalidades.
DECRETA:
Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo de
vencimiento del benecio tributario establecido en la
Ordenanza N° 156/ML hasta el 29 de setiembre del 2007.
DISPOSICIÓN FINAL
Única.- Encárguese a la Gerencia de Rentas, Gerencia
de Administración y la Subgerencia de Informática el
cumplimiento de lo establecido en el presente Decreto de
Alcaldía.
Regístrese,comuníquese,cúmplaseyarchívese.
JORGE MARTICORENA CUBA
Alcalde
115561-1
MUNICIPALIDAD DE VILLA
MARÍA DEL TRIUNFO
Crean el Comité Especial de Promoción
de la Inversión Privada y constituyen
el Fondo Municipal de Promoción de la
Inversión Privada - FOMPRI
ORDENANZA Nº 027-2007/MVMT
VillaMaríadelTriunfo,24desetiembrede2007
VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha que se indica,
lapropuestapresentadaporlaGerenciadePlanicacióny
Presupuesto y la Gerencia de Desarrollo Económico para
declarar de interés distrital la promoción de la inversión
privada, la creación del CEPRI y el FOMPRI, en el distrito
deVillaMaríadelTriunfo.
CONSIDERANDO:
Que, Artículo 194º de la Constitución Política del
Estado,modicadoporla LeydeReformaConstitucional
Nº 27680 establece que las Municipalidades Provinciales y
DistritalessonórganosdeGobiernoLocal,conautonomía
Política,EconómicayAdministrativaenlosasuntosdesu
competencia.
Que, mediante Ordenanza Nº 867 la Municipalidad
Metropolitana de Lima estableció el marco
normativo para que dicho Municipio Provincial y
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