MUNICIPALIDAD CP SANTA MARIA DE HUACHIPA ORDENANZA Nº 057-07-MCPSMH - Conceden beneficio administrativo para la regularizaciOn de Licencia de Obras ORDENANZA Nº 057-07-MCPSMH

EmisorGobiernos Locales
Fecha de la disposición 4 de Octubre de 2007
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, jueves 4 de octubre de 2007
354836
cuadro de requerimiento, para la adquisición de semen
importado, nacional, tanque criogénico, hormona
progesterona, hormona sintética estrógeno, hormona
sintética prostaglandina, funda y transporte, requerida por
dicho responsable, ascendiendo a un monto total de S/.
239,960.00 (Doscientos treinta y nueve mil, novecientos
sesenta con 00/100 Nuevos Soles).
Que, al haberse congurado la causal prevista en el
literal c) del artículo 19° del Texto Único Ordenado de
la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,
aprobado mediante Decreto Supremo N° 083-2004-PCM,
que establece que están exoneradas de los procesos de
selección las adquisiciones y contrataciones que se realicen
en situación de emergencia o de desabastecimiento
inminente, declaradas conforme a lo dispuesto en dicho
dispositivo, resulta procedente aprobar la exoneración para
la adquisición de pajillas de semen importado y nacional
y demás materiales y servicios, contenidos en el anexos
de la resolución Nº 059 -2007-GR-PUNO/PE .PRADERA
I, bajo la causal de desabastecimiento inminente, por la
suma de S/. 239,960.00 (Doscientos treinta y nueve mil,
novecientos sesenta con 00/100 Nuevos Soles).
Con el acuerdo aprobado por el Comité Técnico de
Gestión, y; de conformidad con lo establecido en el Texto
Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones
del Estado y su Reglamento, aprobados por los Decretos
Supremos N° 083-2004-PCM y N° 084-2004-PCM
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Declarar en situación de
desabastecimiento inminente material de pajillas de semen
nacional e importado y demás materiales y servicios
contenidos en el anexo de la Resolución Nro. Nº 059 -
2007-GR-PUNO/PE .PRADERA I, y en consecuencia,
exonerar al Proyecto Especial PRADERA I, del proceso
de selección correspondiente para la adquisición del
pajillas de semen nacional e importado, tanque criogénico,
hormona progesterona, hormona sintética estrógeno,
hormona sintética prostaglandina, funda y transporte, por
un monto de S/. 239,960.00 (Doscientos treinta y nueve
mil, novecientos sesenta con 00/100 Nuevos Soles).
Artículo Segundo.- Efectuar las gestiones necesarias
para la adquisición, materia de la presente Resolución,
conforme a lo dispuesto en el artículo 148° del Reglamento
de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,
aprobado mediante Decreto Supremo N° 084-2004-PCM.
Artículo Tercero.- Encargar a administración, la
publicación de la presente Resolución en el Diario Ocial
El Peruano y en el Sistema Electrónico de Adquisiciones
y Contrataciones del Estado (SEACE), conforme a ley,
así como remita copia de la presente Resolución, y los
informes técnico y legal que la sustentan a la Contraloría
General de la República y al Consejo Superior de
Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JHONY MAYTA HANCCO
Director Ejecutivo
Proyecto Especial Pradera I
116202-1
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD CP SANTA
MARIA DE HUACHIPA
Conceden beneficio administrativo
para la regularización de Licencia de
Obras
ORDENANZA Nº 057-07-MCPSMH
C.P. de Santa María de Huachipa, 28 de setiembre de
2007
EL CONCEJO DEL CENTRO POBLADO
DE SANTA MARÍA DE HUACHIPA
POR CUANTO
El Concejo Municipal en Sesión Ordinaria en la fecha,
y por unanimidad, aprobó, lo siguiente:
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú
- Ley de Reforma Constitucional N° 27680 - establece que
las Municipalidades son los órganos de Gobierno Local y
tienen autonomía económica, política y administrativa en
los asuntos de su competencia;
Que, mediante Ordenanza N° 768 de la Municipalidad
Metropolitana de Lima se regula la adecuación de la
Municipalidad del Centro Poblado de Santa María de
N° 27972, donde delegan competencias y funciones
de normar, regular y calicar otorgando autorizaciones,
certicaciones, derechos, licencias de construcción y
declaratoria de fábrica;
Que el artículo 92º de la Ley Nº 27972 prescribe que
toda obra de construcción, reconstrucción, conservación,
refacción o modicación de inmueble, sea pública o privada,
requiere licencia de construcción del la Municipalidad
dentro de cuya jurisdicción se halla el inmueble.
Que, mediante Ley N° 27157 - Ley de Regularización
de Edicaciones del Procedimiento para la Declaratoria
de Fábrica y del Régimen de unidades inmobiliarias de
propiedad exclusiva y de Propiedad Común;
Que, siendo de la actual administración la
actualización del Catastro Municipal y el ornato del
Centro Poblado, ha creído de sumo interés otorgar el
presente benecio administrativo, a n de promover y
fomentar la regularización de las licencias de obra de esta
jurisdicción;
POR TANTO:
Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones
conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades
27972, el Concejo Municipal, por unanimidad, aprobó la
siguiente:
ORDENANZA QUE CONCEDE BENEFICIO
ADMINISTRATIVO PARA LA REGULARIZACIÓN DE
LICENCIA DE OBRAS
Artículo 1°.- NATURALEZA DEL BENEFICIO
ADMINISTRATIVO
La presente Ordenanza establece el Benecio
Administrativo para la Regularización de Obras ejecutadas
sin la correspondiente licencia, incluidas las ampliaciones,
modicaciones, remodelaciones y/o demoliciones.
Artículo 2°.- ALCANCE DEL BENEFICIO
Concédase el presente Beneficio Administrativo a
los contribuyentes del Centro Poblado de Santa María
de Huachipa para la regularización de la Licencia de
Obra y/o Demolición, siempre que cumplan con lo
dispuesto en el Reglamento Nacional de Construcción,
Reglamento de Zonificación - Ley 27157, su
Reglamento D.S. N° 008-2000-MTC y demás normas
municipales pertinentes.
Siendo los benecios administrativos los siguientes:
1. Entrega gratuita del Formulario FUO.
2. Las multas administrativas generadas por
construcciones sin la correspondiente autorización,
quedarán exoneradas al 100% del pago respectivo.
3. Simplicación de Procedimiento, de acuerdo
a lo establecido en el Artículo Cuarto de la presente
Ordenanza.
Artículo 3°.- REQUISITOS DEL BENEFICIO
Los interesados en acogerse al presente Benecio
Administrativo, para la regularización de Licencia de
Obra, deberán adecuarse al Reglamento de Zonicación
- Ley N° 27157 y su Reglamento D.S. N° 008-2000-MTC,
debiendo adjuntar los siguientes requisitos:

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