MUNICIPALIDAD DE CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO DECRETO DE ALCALDIA Nº 001-2013-MDCLR - Aprueban Estudio TEcnico del Plan Regulador del Transporte Especial en VehIculos Menores del distrito DECRETO DE ALCALDIA Nº 001-2013-MDCLR

EmisorGobiernos Locales
Fecha de la disposición18 de Febrero de 2013
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, lunes 18 de febrero de 2013 488185
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo
367° de la Ley General del Sistema Financiero y del
Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia
de Banca y Seguros, Ley N° 26702 y contando con la
opinión favorable de la Superintendencia Adjunta de
Administración General, la Gerencia de Productos y
Servicios al Usuario y la Superintendencia Adjunta de
Asesoría Jurídica.;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Modicar el procedimiento Nº 99
“Acceso a la Información que posee la Superintendencia”
del TUPA de la Superintendencia de Banca, Seguros y
Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, en
cuanto al porcentaje de la UIT del derecho de trámite
correspondiente, por los fundamentos expuestos en la
parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo Segundo.- Modicar el procedimiento N°
100 “Acceso a la información de la Central de Riesgos
de la SBS”, del TUPA de la Superintendencia de Banca,
Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de
Pensiones, en cuanto al porcentaje de la UIT del derecho
de trámite correspondiente y en la parte concerniente a la
información personal y/o escrita en medios impresos, por
los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la
presente Resolución.
Artículo Tercero.- Los textos de los procedimientos
modicados en los artículos precedentes, que en anexos
forman parte de la presente Resolución, se publicarán de
acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Supremo 004-2008-
PCM, reglamento de la Ley Nº 29091 (Portal institucional
www.sbs.gob.pe).
Artículo Cuarto.- Dejar sin efecto las disposiciones
que se opongan a la presente Resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG
Superintendente de Banca, Seguros y
Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
902046-1
GOBIERNOS LOCALES
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD DE CARMEN
DE LA LEGUA REYNOSO
Aprueban Estudio Técnico del Plan
Regulador del Transporte Especial en
Vehículos Menores del distrito
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 001-2013-MDCLR
Carmen de la Legua Reynoso, 6 de febrero del 2013
EL ALCALDE DEL GOBIERNO LOCAL DE CARMEN
DE LA LEGUA- REYNOSO
VISTO:
El Memorándum Nº 0113-2012-GM/MDCLR, de la
Gerencia Municipal, de fecha 01 de febrero del 2013,
mediante el cual remite el Informe Final del Plan Regulador
del Transporte Especial en Vehículos Menores del distrito
de Carmen de la Legua Reynoso.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Informe Nº 20-2013-GSC/MDCLR, del
31 de enero 2013, la Gerencia de Seguridad Ciudadana
remite a la Gerencia Municipal, el Informe Nº 051-2013-
SGPMyT-GSC/MDCLR, de la Subgerencia de Policía
Municipal y Transportes, y el Informe Final del Plan
Regulador del Transporte Especial en Vehículos Menores
del distrito de Carmen de la Legua Reynoso, que expresa
la necesidad actual de nuestros vecinos en cuanto al
aumento de las unidades, la proyección de frecuencias y
otros detalles, elaborado por el Instituto de Investigación
e Ingeniería de Transporte, para su estudio, aprobación,
elaboración y publicación del mismo.
Que, la Gerencia de Desarrollo Urbano, según
Informe Nº 032-2013-GDU/MDCLR, remite el Informe Nº
014-2013-SGIOPyOP/GDU/MDCLR, de la Subgerencia
Infraestructura, Obras Públicas y Obras Privadas,
comunicando su conformidad con el Informe del Plan
Regulador de Transporte para Vehículos Menores,
responde a un diagnóstico actual de las vías y calles
del distrito, asimismo, plantea y recomienda alternativas
para el mejoramiento del tránsito de vehículos menores
por las diferentes avenidas, calles, jirones y pasajes que
circundan y delimitan el distrito.
Que, mediante Informe Legal Nº 064-2013-GAL/
MDCLR del 01 de febrero del 2013, la Gerencia de
Asesoría Legal, señala en su Análisis:
a) La Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades,
establece que las Municipalidades Provinciales en
materia de Transporte, Tránsito y vialidad, tiene entre sus
funciones normar, regular y controlar la circulación de
vehículos menores motorizados; asimismo, en su numeral
3.2 del artículo 81º de la mencionada ley, señala que las
municipalidades distritales se encuentran facultadas para
otorgar licencias para la circulación de vehículos menores
y demás.
b) La Ley Nº 27189 Ley de Transporte Público
Especial de Pasajeros en Vehículos Menores reconoce
el carácter y la naturaleza del servicio de transporte
público especial de pasajeros en vehículos menores,
mototaxis y similares, complementario y auxiliar,
como un medio de transporte vehicular terrestre,
estableciéndose además la obligación de contar con
una autorización municipal como condición para prestar
dicho servicio.
c) La Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y
Tránsito Terrestre, establece que las municipalidades
distritales ejercen competencias de manera particular,
para la regulación del transporte menor dentro de su
jurisdicción, conforme a lo establecido en los reglamentos
nacionales y las normas emitidas por la Municipalidad
Provincial respectiva. Asimismo, precisa que los
reglamentos de carácter general que dicte el Ministerio
de Transportes y Comunicaciones, rigen en todo el país
y son observancia obligatoria por todas las entidades y
personas de los sectores públicos y privados, que incluye
a las municipalidades, correspondiendo a estas últimas
emitir.
d) Por Decreto Supremo Nº 055-2010-MTC, se aprobó
el Reglamento Nacional de Transporte Público Especial
de Pasajeros en Vehículos Motorizados y No Motorizados
a través del cual se establece la reglamentación nacional
vigente para la prestación de este tipo de servicio de
transporte especial.
e) Por Ordenanza Nº 021-2011-MDCLR del 30-
11-2011, se regula el Servicio de Transporte Público
Especial de Pasajeros en Vehículos Menores en el distrito
de Carmen de la Legua Reynoso; en cuyo artículo 53º
faculta al alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía
y a propuesta de la Comisión Técnica Mixta y del área
competente establezcan las normas complementarias y/o
reglamentarias que sean necesarias para el cumplimiento
de la presente ordenanza.
f) En el caso concreto, se tiene el informe nal del
nuevo Plan Regulador Transporte de Vehículos Menores
del distrito de Carmen de la Legua Reynoso, en donde
señala el incremento de la ota vehicular en 30 unidades a
las ya existentes (140 unidades); la misma que cuenta con
la conformidad de las áreas técnicas de la Municipalidad,
por lo que corresponde que este nuevo plan regulador sea
aprobado de acuerdo al mecanismo previsto por Ley, ya
que se aprecia que guarda conformidad con las normas
glosadas en el presente.

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