2420 029-2001-PE/DINSECOVI - Sancionan con multa a armador por infringir lo dispuesto en la Ley General de Pesca

Fecha de disposición29 Junio 2001
Fecha de publicación29 Junio 2001
SecciónSección Única
Pág. 205475
NORMAS LEGALES
Lima, viernes 29 de junio de 2001
pesquero, métodos de pesca, talla mínima de captura y
demás normas que requiera la preservación y explota-
ción racional de los recursos hidrobiológicos;
Que mediante Resolución Ministerial Nº 594-98-PE,
del 14 de diciembre de 1998, se estableció una vigencia
de tres años para los permisos de pesca otorgados por el
Ministerio de Pesquería y las Direcciones Regionales de
Pesquería para el recurso camarón de río;
Que a través de la Resolución Ministerial Nº 019-99-
PE, del 14 de enero de 1999, se incluyó dentro de los
alcances de la Resolución Ministerial citada en el con-
siderando precedente, a los permisos de pesca para la
extracción del recurso macha;
Que mediante Resolución Ministerial Nº 057-99-PE,
del 18 de febrero de 1999, se estableció una vigencia de
tres años para los permisos de pesca otorgados por el
Ministerio de Pesquería y las Direcciones Regionales de
Pesquería para el recurso trucha;
Que es conveniente mantener la vigencia de las
normas legales citadas anteriormente, en razón que
dicha medida administrativa otorga facilidades a los
extractores de los recursos camarón de río, macha y
trucha y, por ende, permite la consolidación de la
actividad extractiva sobre tales especies, la misma
que contribuye al bienestar socioeconómico de las
poblaciones rurales orientadas a ejercer dicha activi-
dad;
Que la Primera de las Disposiciones Finales del
Ministerio de Pesquería procederá a revisar la normati-
vidad del sector a fin de iniciar su simplificación, por lo
que se considera necesario contar con una norma legal
que actualice las medidas de ordenamiento pesquero
vigentes y facilite el proceso de administración de las
pesquerías nacionales;
De conformidad a las disposiciones contenidas en la
Ley General de Pesca y su reglamento aprobado por
Con la opinión favorable del Viceministro;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Los permisos de pesca para la extrac-
ción de los recursos macha, camarón de río y trucha que
sean otorgados por el Ministerio de Pesquería y las
Direcciones Regionales de Pesquería tendrán una vi-
gencia no mayor de tres (3) años.
Los permisos de pesca vigentes para la extracción de
los citados recursos, se entenderán otorgados por un
período de tres (3) años contados a partir del inicio de su
vigencia.
Artículo 2º.- La Dirección Nacional de Extracción y
Procesamiento Pesquero y las Direcciones Regionales
de Pesquería, dentro del ámbito de sus respectivas
competencias, velarán por el estricto cumplimiento de
la presente Resolución Ministerial.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUDWIG MEIER CORNEJO
Ministerio de Pesquería
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Sancionan con multa a armador por
infringir lo dispuesto en la Ley General
de Pesca
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 029-2001-PE/DINSECOVI
Lima, 29 de mayo del 2001
Vistos el Informe Nº LMA-MIPEIIA-003/98 del 9 de
febrero de 1998 y el Informe Legal Nº 053-2001-PE/
DINSECOVI-Dsvs del 18 de abril del 2001.
CONSIDERANDO:
promulgada por Decreto Ley Nº 25977, establece que
constituye infracción toda acción u omisión que contra-
venga o incumpla alguna de las normas contenidas en
dicha Ley, su Reglamento o demás disposiciones sobre
la materia;
Que de las investigaciones efectuadas, se ha deter-
minado que con fecha 2 de diciembre de 1997, la embarca-
ción pesquera "PEGUISA III" de matrícula Nº CO-
16634-CM, propiedad de PESQUERA GALEONES S.A.,
extrajo 3.25 TM. del recurso hidrobiológico anchoveta,
utilizando redes de cerco cuya longitud de abertura de
malla era de ½ pulgada (13 mm.), estando autorizada a
la extracción de los recursos hidrobiológicos jurel y
caballa, lo que constituye infracción a lo dispuesto en
los incisos 2) y 4) del Artículo 76º de la Ley General de
Pesca;
Que PESQUERA GALEONES S.A. no ha presenta-
do sus descargos a la infracción imputada, no obstante
haber sido notificada para tal efecto;
Que las acciones realizadas por PESQUERA
GALEONES S.A. constituyen concurso de infraccio-
nes, por lo que en aplicación del Principio de Absor-
ción, procede imponer la sanción correspondiente a la
infracción más grave, considerado a las demás como
agravantes;
En uso de las facultades conferidas por el literal a)
del Artículo 147º del Reglamento de la Ley General de
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Sancionar a PESQUERA GALEO-
NES S.A. armador propietario de la embarcación
pesquera "PEGUISA III" de matrícula Nº CO-16634-
CM, con multa ascendente a 1.77 Unidades Impositi-
vas Tributaria (UIT), por haber infringido lo dis-
puesto en el inciso 2) del Artículo 76º de la Ley
General de Pesca.
Artículo 2º.- Para los fines de determinar el monto
de la multa impuesta, se tomará en consideración la
Unidad Impositiva Tributaria (UIT) que esté vigente al
momento de hacerse efectivo el pago de la misma,
conforme a lo estipulado en el Artículo 137º del Regla-
mento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto
Supremo Nº 012-2001-PE.
Artículo 3º.- El importe de la multa impuesta
deberá ser abonado en el Banco Wiese-Sudameris,
Cuenta Corriente Nº 00-044-107-0018-57 MINISTE-
RIO DE PESQUERIA, debiendo acreditar el correspon-
diente depósito ante la Dirección Nacional de Segui-
miento, Control y Vigilancia, dentro de los quince (15)
días hábiles siguientes a la fecha de publicada o notifi-
cada la presente Resolución o de acuerdo a las facilida-
des de pago que el titular de la sanción opte por escoger
conforme a lo dispuesto en los Artículos 8º y 9º de la
Resolución Ministerial Nº 338-2000-PE, caso contrario,
de no existir impugnación en trámite, se procederá a
iniciar el cobro coactivo de la deuda.
Regístrese y comuníquese.
RUBEN CANALES SALVATIERRA
Director Nacional de Seguimiento
Control y Vigilancia
26131
Aprueban cambios de titulares de
permisos para operar embarcaciones
pesqueras de bandera nacional
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 115-2001-PE/DNEPP
Lima, 26 de junio del 2001
Visto el Expediente Nº CE-00030002 con escritos de
fechas 2 de febrero y 6 de abril del 2001, presentados por
PESQUERA ISA S.R.Ltda.
CONSIDERANDO:
Que por Resolución Ministerial Nº 631-95-PE del 13
de noviembre de 1995, se otorgó el permiso de pesca a

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