MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES RESOLUCION MINISTERIAL Nº 221-2013-MIMP - Aprueban nuevas Bases para la entrega del

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición15 de Octubre de 2013
El Peruano
Martes 15 de octubre de 2013
504814
JUSTICIA Y DERECHOS
HUMANOS
Aprueban Reglamento de Organización
y Funciones de la Superintendencia
Nacional de los Registros Públicos -
SUNARP
DECRETO SUPREMO
Nº 012-2013-JUS
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N.° 29809, Ley de Organización y
Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos,
dene la naturaleza jurídica del Ministerio de Justicia y
Derechos Humanos y regula su ámbito de competencia,
funciones, organización y estructura orgánica básica;
Que, asimismo, el literal b), del artículo 15º de la
Ley N.º 29809, Ley de Organización y Funciones del
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, establece que
la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos –
SUNARP, es un Organismo Público Adscrito al Ministerio
de Justicia y Derechos Humanos y se regula conforme a
correspondiente norma de creación;
Que, el artículo 10º de la Ley N.º 26366, Ley de
creación del Sistema Nacional de los Registros Públicos
y de la Superintendencia de los Registros Públicos, crea
la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos -
SUNARP como organismo descentralizado autónomo del
Sector Justicia, actualmente Sector Justicia y Derechos
Humanos y ente rector del Sistema Nacional de Registros
Públicos, con personería jurídica de Derecho Público, con
patrimonio propio y autonomía funcional, jurídico registral,
técnica, económica, nanciera y administrativa;
Que, mediante Resolución Suprema N.º 139-2002-JUS,
se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones
de la SUNARP y mediante Resolución Suprema N.º 135-
2002-JUS se aprobó el Estatuto de la Superintendencia
Nacional de los Registros Públicos;
Que, a n de contar con una organización óptima
que potencie el crecimiento y desarrollo de la SUNARP,
de acuerdo a la función registral que por Ley le ha sido
encomendada, es necesario efectuar una redistribución de
los órganos que conforman su estructura organizacional
y, de esta manera promover la inclusión de los servicios
registrales a la población en general y, en especial a la
población más vulnerable, procurando con ello una gestión
más eciente acorde con la demanda ciudadana;
Que, conforme al Decreto Supremo N.º 043-2006-
PCM, que aprueba los Lineamientos para la elaboración y
aprobación del Reglamento de Organización y Funciones
- ROF por parte de las entidades de la Administración
Pública, y en concordancia con la Ley N.º 27658, Ley
Marco de Modernización de la Gestión del Estado, que
dispone que el proceso de modernización de la gestión
del Estado será desarrollado de manera coordinada
por el Poder Ejecutivo a través de la Dirección General
de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de
Ministros, actualmente Secretaría de Gestión Pública,
resulta necesario aprobar el Reglamento de Organización
y Funciones de la Superintendencia Nacional de los
Registros Públicos;
Con la opinión favorable de la Secretaría de Gestión
Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros y de
conformidad con lo establecido por la Ley N.º 29158,
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N.° 29809,
Ley de Organización y Funciones del Ministerio de
Justicia y Derechos Humanos; la Ley N.º 27658, Ley
Marco de Modernización de la Gestión del Estado y
el Decreto Supremo N.º 043-2006-PCM, que aprueba
los Lineamientos para la elaboración y aprobación del
Reglamento de Organización y Funciones - ROF por parte
de las entidades de la Administración Pública; y,
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
DECRETA:
Artículo 1º.- Aprobación del Reglamento de
Organización y Funciones de la Superintendencia
Nacional de los Registros Públicos - SUNARP
Apruébese el Reglamento de Organización y Funciones
de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos
- SUNARP, que consta de cuatro (04) Títulos; ochenta y
siete (87) Artículos, y el correspondiente Organigrama, que
como Anexo forma parte del presente Decreto Supremo.
Artículo 2º.- Publicación
El Reglamento de Organización y Funciones de la
Superintendencia Nacional de los Registros Públicos -
SUNARP, será publicado en el Portal del Estado Peruano
(www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional de la SUNARP
(www.sunarp.gob.pe), el mismo día de la publicación del
presente Decreto Supremo en el Diario Ocial El Peruano.
Artículo 3º.- Refrendo
El presente Decreto Supremo será refrendado por el
Ministro de Justicia y Derechos Humanos.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA
Única.- Deróguese el Reglamento de Organización
y Funciones de la SUNARP, aprobado por Resolución
Suprema N.º 139-2002-JUS, así como su Estatuto,
aprobado por Resolución Suprema N.º 135-2002-JUS.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los catorce
días del mes de octubre del año dos mil trece.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
DANIEL FIGALLO RIVADENEYRA
Ministro de Justicia y Derechos Humanos
1000260-2
MUJER Y POBLACIONES
VULNERABLES
Aprueban nuevas Bases para la entrega
del “Premio Nacional al Voluntariado”
y modifican la R.M. 595-2010-
MIMDES
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 221-2013-MIMP
Lima, 14 de octubre de 2013
VISTOS:
El Memorando 051-2013/MIMP-DVMPV del
Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables y la
Nota № 189-2013/MIMP-DGFC de la Dirección General
de la Familia y la Comunidad;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 1 de la Ley № 28238, Ley General
del Voluntariado, modicada por la Ley № 29094, señala
como su objeto reconocer, facilitar y promover la acción
de los ciudadanos en servicios voluntarios y señalar las
condiciones jurídicas bajo las cuales tales actividades se
realizan dentro del territorio nacional;
Que, el artículo 13 de la Ley en mención, dispuso
la creación de la Comisión Nacional de Voluntariado
– CONVOL, dependiente del Ministerio de la Mujer y
Desarrollo Social – MIMDES (actualmente Ministerio de la
Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP);
Que, de conformidad con los literales f) e i) del artículo
26 del Reglamento de la Ley General del Voluntariado,
aprobado por Decreto Supremo № 008-2004-MIMDES,
la CONVOL tiene entre sus funciones gestionar la

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