DECRETO DE ALCALDIA N° 004-2011-MSMM - Aprueban Reglamento de la Ordenanza N° 157 que regula las actividades económicas de expendio de productos en las zonas de playa durante la temporada de verano

Fecha de disposición22 Enero 2012
Fecha de publicación22 Enero 2012
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, domingo 22 de enero de 2012
459642
Tercera Cuota : 31 de Agosto 2012 Junio 30 de junio 2012
Cuarta Cuota : 30 de Noviembre 2012 Julio 31 de julio 2012
Agosto 31 de agosto 2012
Setiembre 29 de setiembre 2012
Octubre 31 de octubre 2012
Noviembre 30 de noviembre 2012
Diciembre 29 de diciembre 2012
Con el objeto de brindar facilidades para el pago de los
Arbitrios, se les concederá a los contribuyentes, tres días
hábiles posteriores a la fecha de vencimiento, en los que
se condonará los intereses moratorios sólo a aquellos que
realicen el pago de la obligación dentro de dicho plazo.
Artículo 3º.- INCENTIVOS PARA EL PAGO:
Los contribuyentes podrán optar por acogerse a los
siguientes incentivos por pronto pago:
A.- PAGO TOTAL ANUAL AL CONTADO:
Descuento del 15%, si cumplen con el pago total anual
correspondiente a los Arbitrios Municipales 2012 dentro
del plazo establecido para el pago al contado del Impuesto
Predial.
B.- PAGO SEMESTRAL:
a) Descuento del 10%, si cancelan un semestre
completo correspondiente a los Arbitrios Municipales 2012
dentro del plazo establecido para el pago al contado del
Impuesto Predial;
b) Descuento del 10%, si cancelan el segundo semestre
completo dentro del plazo establecido para el pago de la
Séptima Cuota de los Arbitrios Municipales;
DISPOSICIONES FINALES
Primera.- Encargar a la Of‌i cina de Administración
Tributaria, Of‌i cina de Administración y Finanzas, Of‌i cina
de Tecnología de Información Procesos y a la Of‌i cina de
Imagen Institucional el cumplimiento de lo dispuesto en la
presente Ordenanza.
Segunda.- Facultar al Alcalde para que mediante
Decreto de Alcaldía dicte las medidas necesarias para la
adecuada aplicación de la presente Ordenanza y asimismo
para que disponga su prórroga si fuera el caso.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
MARTÍN PRINCIPE LAINES
Alcalde
743720-1
Aprueban el “Programa de Incentivos
del Vecino Linceño Preferente”
Lince, 18 de enero del 2012
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE LINCE:
POR CUANTO:
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE LINCE;
VISTOS: en Sesión Ordinaria de la fecha, el Dictamen Nº
02 de fecha 12 de Enero del 2012, emitido por la Comisión de
Economía y Administración, con votación por unanimidad de
los señores regidores, y con dispensa del trámite de Lectura y
Aprobación del Acta, se aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA
EL “PROGRAMA DE INCENTIVOS
DEL VECINO LINCEÑO PREFERENTE”
Artículo Primero.- BENEFICIOS
Aprobar el “PROGRAMA DE INCENTIVOS DEL
VECINO LINCEÑO PREFERENTE”, que se encontrará
constituido por los siguientes benef‌i cios:
1) Tarjeta Vecino Linceño Preferente
2) Sorteo de Bienes Muebles
3) Servicio de Seguro Puntual Linceño
4) Otros que puedan implementarse en el tiempo que
coadyuven al proceso de pago oportuno de las obligaciones
tributarias de Lince.
Artículo Segundo.- BENEFICIARIOS
Serán benef‌i ciarios del “PROGRAMA DE INCENTIVOS
DEL VECINO LINCEÑO PREFERENTE”, los contribuyentes
personas naturales, propietarias de casa habitación, que
cumplan puntualmente con sus obligaciones tributarias en
las fechas de vencimiento establecidas por la Administración
Tributaria en su oportunidad, y precisadas en el Decreto de
Alcaldía correspondiente, que reglamente el otorgamiento
de dichos benef‌i cios. Las sucesiones intervendrán
en las mismas condiciones de las personas naturales
debiendo acreditar la representación correspondiente, de
conformidad con las normas pertinentes del Código Civil.
Artículo Tercero.- DE LA COMISION
La organización de los diferentes benef‌i cios a otorgarse
y evaluación de benef‌i ciarios estará a cargo de una sola
Comisión que estará conformada de la siguiente manera:
• Presidente : Gerente Municipal
• Miembro : Of‌i cina de Administración Tributaria
• Miembro : Of‌i cina de Administración y Finanzas
• Miembro : Of‌i cina de Imagen Institucional
• Miembro : Unidad de Logística
• Miembro : Sub Gerencia de Desarrollo Económico Local.
Artículo Cuarto.- FACULTADES
Facúltese al Alcalde de la Municipalidad de Lince para
que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones
reglamentarias para la adecuada aplicación de la presente
Ordenanza y de los benef‌i cios que se otorgue. De la misma
forma la aprobación de nuevos benef‌i cios y/o incentivos a
los que se ref‌i ere el Numeral 4 del Artículo Primero de la
presente Ordenanza, será por Decreto de Alcaldía.
Artículo Quinto.- CUMPLIMIENTO
Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza
a la diferentes Gerencias de la Municipalidad de Lince y
sus Unidades de acuerdo a su competencia y a la Of‌i cina
de Secretaría General y Of‌i cina de Imagen Institucional su
difusión correspondiente.
Artículo Sexto.- VIGENCIA
La presente Ordenanza entrará en vigencia al
día siguiente de su publicación en el Diario Of‌i cial El
Peruano.
Artículo Sétimo.- Deróguese la Ordenanza Nº
261-MDL y toda norma que se oponga a la presente
Ordenanza.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
MARTÍN PRINCIPE LAINES
Alcalde
743720-2
MUNICIPALIDAD DE
SANTA MARÍA DEL MAR
Aprueban Reglamento de la Ordenanza
Nº 157 que regula las actividades
económicas de expendio de productos
en las zonas de playa durante la
temporada de verano
DECRETO DE ALCALDIA
Nº 004-2011-MSMM
Santa María del Mar, 8 de setiembre del 2011.
La Alcaldesa de la Municipalidad de Santa María del Mar

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