ORDENANZA N° 173-2012-MSMM - Aprueban beneficios tributarios por regularización y/o actualización de la información del predial, como resultado de un procedimiento de fiscalización tributaria y/o actualización catastral

Fecha de disposición20 Septiembre 2012
Fecha de publicación20 Septiembre 2012
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, jueves 20 de setiembre de 2012
474838
MUNICIPALIDAD DE
SANTA MARÍA DEL MAR
Aprueban beneficios tributarios por
regularización y/o actualización de la
información del predial, como resultado
de un procedimiento de fiscalización
tributaria y/o actualización catastral
ORDENANZA Nº 173-2012-MSMM
Santa María del Mar, 14 de setiembre del 2012
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE SANTA MARIA DEL MAR
POR CUANTO:
El Concejo Municipal del Distrito de Santa María del
Mar, en Sesión Ordinaria de Concejo Nº 17-2012-MSMM,
celebrada en la fecha, ha dado la siguiente;
CONSIDERANDO:
Estado, modif‌i cado por el artículo Único de la Ley 28607
– Ley de reforma Constitucional, artículo 40º de la Ley
27783 –Ley de bases de la Descentralización y el artículo
establecen que las Municipalidades son órganos de
Gobierno Local que tienen autonomía política, económica
y administrativa en los asuntos de su competencia;
autonomía que radica en la facultad de ejercer actos de
gobierno, administrativos y de administración con sujeción
al ordenamiento jurídico;
Que, mediante el art. 40 de la citada Ley 27972,
establece que las Ordenanzas municipales son las
normas de carácter general de mayor jerarquía en la
estructura normativa municipal, por medio de las cuales
se aprueba la organización interna, la regulación,
administración y supervisión de los servicios públicos y
las materias en que la municipalidad tiene competencia
normativa; asimismo mediante ellas se crean,
modif‌i can, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas,
licencias, derechos y contribuciones, dentro de los
límites establecidos por Ley;
Que, mediante Informe Nº 011-2012-OAT/MSMM
remitido el 13 de setiembre de 2012 el Jefe de la Of‌i cina
de Administración Tributaria y Fiscalización remite el
Proyecto de Ordenanza de Benef‌i cio Tributario;
Que, el Texto Único Ordenado del Código Tributario
aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF y sus
modif‌i catorias señala en el segundo párrafo de la Norma
IV del Título Preliminar y en el artículo 41º que: “Los
Gobiernos Locales, mediante Ordenanza pueden crear,
modif‌i car, suprimir contribuciones, tasas y derechos
municipales, dentro de su jurisdicción y con los límites
que señala la Ley, así como excepcionalmente podrán
condonar con carácter general el interés moratorio y otras
sanciones respecto de los tributos que administran”;
Que, el artículo 62 del Texto Único Ordenado del
Código Tributario aprobado por el Decreto supremo
135-99-EF, señala que la facultad de f‌i scalización de la
Administración Tributaria es discrecional y se ejerce de
acuerdo a lo establecido en la parte f‌i nal de citada Norma
IV del Título Preliminar;
Que, el artículo 14º del Texto Único Ordenado de la Ley
de Tributación Municipal establece que los contribuyentes
se encuentran obligados a presentar declaración jurada
del impuesto predial: por transferencia de dominio de un
predio, así como cuando el predio sufra modif‌i caciones en
sus características que sobrepasen al valor de cinco (5)
UIT; y cuando así lo determine la administración tributaria
para la generalidad de contribuyentes y dentro del plazo
que determine para tal f‌i n;
Que, con fecha 22/02/2012 se otorgó la Buena pro a
la empresa SYSTEM ARQ S.R.LTDA. a f‌i n de elaborar
el Catastro Urbano en el Distrito de Santa María del
Mar, ejecutándose actualmente el levantamiento de
1,700 unidades catastrales que quedaron pendientes,
debiendo concluir dicho trabajo en un periodo no mayor
de 30 días;
Que, como producto del trabajo realizado en su primera
etapa se ha detectado que existen un numero de 662
predios que presentan diferencias entre la Declaración
Jurada registrada en la base de Datos del Predial y las
verif‌i caciones catastrales realizadas, principalmente por
la no declaración de otras instalaciones, por lo que resulta
necesaria la actualización de la información contenida
en la base de datos del Sistema Predial de la Of‌i cina
de Administración Tributaria de la Municipalidad Distrital
de Santa María del Mar, a f‌i n de sincerar la información
existente;
Que, la Of‌i cina de Administración Tributaria y
Fiscalización considera conveniente dentro de la política
de formalización y sinceramiento de la Información
Distrital brindar facilidades a los contribuyentes a f‌i n que
regularicen voluntariamente la información de su predio
ubicado dentro del Distrito y que no han cumplido con
actualizar la Declaración Jurada de Autoavalúo en los
plazos que la Ley determina;
Por lo expuesto el Jefe de la Of‌i cina de Administración
Tributaria y Fiscalización pone a consideración, evaluación
y trámite el proyecto de Ordenanza de “Benef‌i cios
Tributarios por Regularización y/o Actualización de
la Información del Predial, como resultado de un
Procedimiento de Fiscalización Tributaria y/o Actualización
catastral”;
Que, con Informe Legal Nº 103-2012-OAJ-MSMM
de fecha 13 de setiembre de 2012, la Jefa de Asesoría
Jurídica OPINA que el Proyecto de Ordenanza de
“Benef‌i cios Tributarios por Regularización y/o actualización
de la Información del Predial, como resultado de un
Procedimiento de Fiscalizaciòn Tributaria y/o actualización
catastral” se ajusta al marco normativo establecido por
ley, por lo que considera procedente su aprobación por el
Concejo Municipal;
Que, estando a lo dispuesto en los Artículos 9º numeral
8), 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley
Nº 27972, y contando con el VOTO UNÁNIME de los
señores regidores presentes, el Concejo Municipal aprobó
la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA “BENEFICIOS
TRIBUTARIOS POR REGULARIZACIÓN
Y/O ACTUALIZACIÓN DE LA INFORMACIÓN
DEL PREDIAL, COMO RESULTADO DE UN
PROCEDIMIENTO DE FISCALIZACIÓN
TRIBUTARIA Y/O ACTUALIZACIÓN CATASTRAL”
Artículo 1º.- OBJETIVO
La presente ordenanza tiene como objetivo establecer
benef‌i cios tributarios de carácter temporal a favor de
los contribuyentes del distrito de Santa María del Mar
que cumplan con regularizar sus obligaciones tributarias
formales y sustanciales del Impuesto Predial y Arbitrios
Municipales, generadas como resultado de acciones de
f‌i scalización tributaria y/o procedimiento de actualización
catastral; sea cual fuere el estado en el que la deuda se
encuentre.
Artículo 2º.- ALCANCE
Podrán acogerse al presente beneficio, las
personas naturales, sociedades conyugales,
sucesiones indivisas y personas jurídicas que sean
propietarias o poseedoras de inmuebles, que como
resultado de las acciones de fiscalización tributaria y/o
procedimiento de actualización catastral hayan sido
detectadas diferencias, y no hubiesen cumplido con la
comunicación y presentación de la Declaración Jurada
correspondiente; por concepto de Impuesto Predial y
Arbitrios Municipales.
Artículo 3º.- BENEFICIOS
Los contribuyentes que dentro del plazo de vigencia de
la norma se acojan a la presente Ordenanza, actualicen
su Declaración Jurada del Impuesto Predial, reconozcan
las diferencias detectadas por la aplicación de un
procedimiento de f‌i scalización tributaria y/o actualización

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