ORDENANZA Nº 338-MSI - Aprueban la constitución y el Estatuto de la Mancomunidad Municipal Lima Centro

Fecha de disposición09 Diciembre 2011
Fecha de publicación09 Diciembre 2011
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, viernes 9 de diciembre de 2011
454684
Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente, Gerencia de
Desarrollo Urbano y Rural, Subgerencia de Fiscalización
Municipal y a la Subgerencia de Comunicaciones e
Imagen Institucional para su difusión.
Regístrese, publíquese, comuníquese y archívese.
EMILIO A. CHAVEZ HUARINGA
Alcalde
726128-1
MUNICIPALIDAD DE
SAN ISIDRO
Aprueban la constitución y el Estatuto
de la Mancomunidad Municipal Lima
Centro
ORDENANZA Nº 338-MSI
EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN ISIDRO
POR CUANTO:
EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN ISIDRO
Visto, en Sesión Ordinaria de la fecha el Dictamen
Nº 047-2011-CAJ-LS/MSI de la Comisión de Asuntos
Jurídicos, Laborales y Sociales; y
CONSIDERANDO:
Perú en concordancia con el artículo II del Título Preliminar
establece que las Municipalidades son órganos de
gobierno local que gozan de autonomía política económica
y administrativa en los asuntos de su competencia, con
sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el artículo IV del Título Preliminar de la Ley N°
27972 establece que los gobiernos locales representan
al vecindario, promueven la adecuada prestación de
los servicios públicos locales, y el desarrollo integral,
sostenible y armónico de su circunscripción;
Que, mediante la Ley Nº 29029 - Ley de la
Mancomunidad Municipal, modif‌i cada por la Ley N° 29341
se establece el marco jurídico para el desarrollo de las
relaciones entre municipalidades, previstas en el artículo
a f‌i n de promover la creación de Mancomunidades
Municipales orientadas a la prestación conjunta de
servicios o ejecución de obras, promoviendo el desarrollo
local, la participación ciudadana y el mejoramiento de la
calidad de los servicios a los ciudadanos;
Que, el artículo 2º de la Ley N° 29029 y su
modif‌i catoria def‌i ne a la mancomunidad municipal como
un organismo con personería jurídica de derecho público,
constituido a partir del acuerdo voluntario de dos o más
municipalidades, colindantes o no, que se unen para
la prestación conjunta de servicios y la ejecución de
obras, promoviendo el desarrollo local, la participación
ciudadana y el mejoramiento de la calidad de los servicios.
A los ciudadanos, en el marco de las competencias y
funciones previstas en la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de
Municipalidades que le sean delegadas;
Que, el artículo 5° de la Ley N° 29029, modif‌i cada por
la Ley N° 29341, establece que la voluntad de constituir
una mancomunidad y su estatuto, se aprueban por
Ordenanza que emiten las municipalidades intervinientes
sustentadas en los Informes Técnicos que den viabilidad
a su creación;
Que, el artículo 11° del Reglamento de la Ley de
Mancomunidad Municipal aprobado mediante Decreto
Supremo Nº 046-2010-PCM y el artículo 6°de la Resolución
de Secretaría de Descentralización N° 228-2010-PCM-
SD, establece el procedimiento necesario para inscribir
y constituir una Mancomunidad Municipal, precisando
que se requiere la emisión de una Ordenanza Municipal
que ratif‌i que el contenido del Acta de Constitución y el
Estatuto de la Mancomunidad, así como la designación
del primer Presidente del Consejo Directivo y del primer
Gerente General, dejando establecido que, tanto el Acta
de Constitución como el Estatuto forman parte integrante
de dicha Ordenanza. Asimismo se estipula que se requiere
un Informe Técnico que puede ser elaborado de forma
individual o conjunta por parte de las municipalidades
intervinientes el cual sustenta la referida Ordenanza y
otorga viabilidad a la constitución de la Mancomunidad;
Que, en virtud de las normas legales glosadas,
los Alcaldes y representantes de las Municipalidades
Distritales de Barranco, Jesús María, La Victoria, Lince,
Magdalena del Mar, Miraf‌l ores, Pueblo Libre, San Borja,
San Isidro, Santiago de Surco, San Miguel y Surquillo,
acordaron en sesión de fecha 13 de octubre de 2011
constituir la Mancomunidad Municipal Lima Centro;
Que, mediante Informe N° 267-2011-0500-GPPDC/MSI
la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo
Corporativo declaró la viabilidad de la constitución de
la Mancomunidad Municipal Lima Centro, conforme lo
establece la normativa vigente de la materia;
Que, estando a los fundamentos expuestos y a las
normas legales citadas, contando con la opinión favorable
de la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informes Nº
1571-2011-0400-GAJ/MSI y Nº 1780-2011-0400-GAJ/MSI,
y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972-
Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal,
con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta,
por unanimidad, aprobó lo siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA LA CONSTITUCIÓN Y
EL ESTATUTO DE LA MANCOMUNIDAD MUNICIPAL
- LIMA CENTRO
Artículo Primero.- Aprobar la constitución de la
Mancomunidad Municipal Lima Centro de conformidad a
lo establecido en el Acta de Constitución de fecha 13 de
octubre de 2011, suscrita por los señores Alcaldes de las
Municipalidades de Barranco, Jesús María, La Victoria,
Lince, Magdalena del Mar, Miraf‌l ores, Pueblo Libre,
San Borja, San Isidro, Santiago de Surco, San Miguel y
Surquillo, la cual tiene por objeto:
a) Promover proyectos para la prestación ef‌i ciente
del, servicio de seguridad ciudadana de forma integral.
b) Promover proyectos de infraestructura vial y
ordenamiento urbano.
c) Promover la gestión ambiental y prevención - del
cambio climático.
d) Promover el desarrollo socio-económico cultural
turístico de la actividad física y del deporte.
e) Fortalecer las capacidades para el desarrollo
local.
Artículo Segundo.- Aprobar el Estatuto de la
Mancomunidad Municipal Lima-Centro contenido en el
Acta de Constitución cuyo texto a su vez se ratif‌i ca, los
cuales forman parte integrante del presente Dictamen
como anexos.
Artículo Tercero.- Delegar a la Mancomunidad
Municipal Lima Centro las funciones que se detallan a
continuación:
a) Gestionar y concertar con instituciones del sector
público y privado la elaboración y ejecución de programas
y proyectos que favorezcan el desarrollo de los distritos
conformantes de la “Mancomunidad Municipal Lima
Centro”.
b) Ejecutar directamente o proveer la ejecución de las
obras de infraestructura urbana que sean indispensables
para el cumplimiento de los objetivos de la “Mancomunidad
Municipal Lima Centro”.
c) Participar en el Proceso del Presupuesto
Participativo de la Municipalidad Metropolitana de Lima,
Fondos de Gobierno Nacional, Financiamiento Privado y
de Cooperación Internacional, respecto a los programas y
proyectos que benef‌i cien a la “Mancomunidad Municipal
Lima Centro”.

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