ORDENANZA N° 019-2013-MPH - Otorgan beneficio tributario temporal especial a contribuyentes que se encuentran al día en sus pagos del Impuesto Predial del año 2012 y anteriores

Fecha de disposición19 Diciembre 2013
Fecha de publicación19 Diciembre 2013
El Peruano
Jueves 19 de diciembre de 2013 509721
MÁXIMO : 25 UNIDADES POR HECTÁREA.
MÁXIMA ÁREA
CONSTRUIBLE : EN CONDOMINIO 60.00 % DE ÁREAS
DESTINADAS A RECREACIÓN,
ÁREAS SOCIALES, VÍAS
VEHICULARES INTERIORES; ETC. Y
EL 40.00 % DESTINADAS A ÁREAS
PARA PROPIEDAD EXCLUSIVA.
FRENTE MÍNIMO : DE CONFORMIDAD CON EL
PROYECTO DE HABILITACIÓN
URBANA APROBADO.
ALTURA : SEGÚN PROYECTO DE HABILITACIÓN
URBANA.
COEFICIENTE DE
EDIFICACIÓN : SEGÚN PROYECTO DE HABILITACIÓN
URBANA.
ÁREA LIBRE : SEGÚN PROYECTO DE HABILITACIÓN
URBANA.
COMPATIBILIDAD DE USO : CON ZONIFICACIÓN RBD
(RESIDENCIAL DE BAJA DENSIDAD).
ÁREA DE APORTES REGLAMENTARIOS:
DE CONFORMIDAD CON EL REGLAMENTO NACIONAL DE
EDIFICACIONES.
1.00 % PARA EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y EL 1.00 % PARA
OTROS FINES. ESTOS APORTES PODRÁN SER REDIMIDOS EN
DINERO POR CUANTO EL PROYECTO PLANTEA LA EJECUCIÓN
DE UN CONDOMINIO CERRADO CON ÁREAS DE PROPIEDAD
EXCLUSIVA Y ÁREAS DE PROPIEDAD COMÚN.
Artículo 3º.- DISPONER que la Gerencia de
Obras, Desarrollo Urbano y Rural, tome las acciones
que correspondan según sus funciones, respecto a la
aclaración de la Ordenanza Municipal Nº 023-2013-MPC.
Artículo 4º.- ENCARGAR a la Gerencia de Secretaría
General, para que a través de la Of‌i cina de Comunicación
Social y Relaciones Públicas, la presente ordenanza sea
publicada en el portal de la Municipalidad Provincial de
Cañete por el término de 30 días y publicada en el Diario
Of‌i cial El Peruano.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
MARÍA M. MONTOYA CONDE
Alcaldesa
1028852-1
MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE HUARAL
Otorgan beneficio tributario temporal
especial a contribuyentes que se
encuentran al día en sus pagos del
Impuesto Predial del año 2012 y
anteriores
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 019-2013-MPH
Huaral, 13 de diciembre del 2013.
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE HUARAL
POR CUANTO:
EL CONCEJO PROVINCIAL DE HUARAL
VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, el Proyecto de
Ordenanza Municipal que Aprueba Benef‌i cios Tributarios
sobre Reducción del Monto por Arbitrios Municipales
Anteriores al Ejercicio 2013; y,
CONSIDERANDO:
Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia, conforme lo establece el Artículo 194º de la
Constitución Política del Perú; modif‌i cada por el Artículo
Único de la Ley Nº 27680 – Ley de Reforma Constitucional
del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización,
concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la
Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972.
Que, en armonía con el Orden Constitucional, el
Potestad Tributaria a los Gobiernos Locales al disponer
que estos tienen competencia para crear, modif‌i car y
suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y tienen
competencia para administrar sus bienes y rentas.
Que, en concordancia con la Norma IV del Título
Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario,
aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99/EF, Establece
que los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza pueden
crear, modif‌i car y suprimir sus contribuciones, arbitrios,
derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su
jurisdicción y con los límites que señala la Ley.
Que, en este orden normativo, el Artículo 41º de
la norma precitada modif‌i cado por Decreto Legislativo
Nº 981, señala que “La deuda tributaria solo podrá
ser condonado por norma expresa con rango de Ley.
Excepcionalmente los Gobiernos Locales podrán
condonar, con carácter general, el interés moratorio y las
sanciones, respecto de los impuestos que administren.
En el caso de contribuciones y tasas dicha condonación
podrá alcanzar el tributo”.
Que, el Artículo 40º de la Ley Orgánica de
Municipalidades Ley 27972, establece “(….) mediante
Ordenanzas se crean, modif‌i can, suprimen o exonerar
los arbitrios, tasas, licencias o derechos y contribuciones
dentro de los límites establecidos por Ley (….).
Que, el Artículo inciso 8 de la Ley Nº 27972 – Ley
Orgánica de Municipalidades, señala que corresponde
al concejo Municipal “Aprobar, modif‌i car o derogar las
Ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos”.
Que, mediante Informe Técnico Nº 014-2013-MPH-
GRAT de fecha 26 de Noviembre del 2013, la Gerencia
de Rentas y Administración Tributaria, señala que con el
objeto de otorgar un BENEFICIO TEMPORAL ESPECIAL
a todos los contribuyentes que se encuentren al día en
sus pagos de Impuesto Predial, la Reducción de Grado de
Morosidad por concepto de Arbitrios Municipales a todos
los contribuyentes del Distrito de Huaral, hasta el Ejercicio
2012.
Que, mediante Informe Nº 1200-2013-MPH-GRAT-
SGRTR de fecha 26 de Noviembre del 2013, la Sub
Gerencia de Registro Tributario y Recaudación, se tienen
def‌i nidos las cuentas por cobrar al 2013, determinándose
obligaciones por Arbitrios Municipales correspondiente a
los periodos 2013, 2012, 2011, 2010 y 2009.
Que, mediante Informe Nº 118-2013-MPH/GPPR/SGPR
de fecha 28 de Noviembre del 2013, la Sub Gerencia de
Planeamiento y Racionalización, emite opinión favorable
señalando que la aprobación de la presente Ordenanza
permitirá otorgar un benef‌i cio temporal especial a todos
los contribuyentes que se encuentren al día en sus pagos
de Impuesto Predial, para la reducción del grado de
morosidad de los Arbitrios Municipales, asimismo se está
tomando en consideración lo establecido en el literal d)
del Artículo Noveno de la Ordenanza Municipal Nº 017-
2012-MPH, en el cual se establecía un benef‌i cio especial
del 25% de descuento a los contribuyentes que participen
en el Programa de Segregación de Residuos Sólidos en
la Fuente.
Que, mediante Informe Nº 1285-2013-MPH-GAJ
de fecha 28 de Noviembre del 2013, la Gerencia de
Asesoría Jurídica, considera VIABLE la Aprobación
del Proyecto de Ordenanza Municipal que “Aprueba
Benef‌i cios Tributarios sobre Reducción del Monto por
Arbitrios Municipales Anteriores al Ejercicio 2013”
por el Pleno del Concejo, cuyo objetivo es reducir el
grado de morosidad de los contribuyentes de Arbitrios
Municipales.
Que, mediante Dictamen Nº 019-2013-MPH-CAEP-
CM de fecha 10 de Diciembre del 2013, la Comisión de
Administración, Economía y Planeamiento del Concejo
Municipal Provincial de Huaral, Dictamina por Unanimidad
y Recomienda Artículo Único: Aprobar el Proyecto de
Ordenanza Municipal que Aprueba Benef‌i cios Tributarios
sobre Reducción del Monto por Arbitrios Municipales
Anteriores al Ejercicio 2013.
Que, estando a los fundamentos expuestos y en
uso de las facultades conferidas por el numeral 8) y 9)
del Artículo y 40º de la Ley 27972 – Ley Orgánica de

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