ORDENANZA N° 020-2011-MPH - Aprueban Reglamento que Regula la Comercialización, Consumo y Publicidad de Bebidas Alcohólicas en el Distrito Capital de la Provincia de Huaral

Fecha de disposición18 Marzo 2012
Fecha de publicación18 Marzo 2012
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, domingo 18 de marzo de 2012
462744
del íntegro de la presente Ordenanza en la Página
Web de esta Corporación Edil (www.munihuaral.gob.
pe) y en el Portal del Estado Peruano (wwww.peru.
gob.pe).
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
VÍCTOR HERNAN BAZÁN RODRÍGUEZ
Alcalde Provincial
765012-1
Aprueban Reglamento que Regula
la Comercialización, Consumo y
Publicidad de Bebidas Alcohólicas en
el Distrito Capital de la Provincia de
Huaral
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 020-2011-MPH
Huaral, 12 de diciembre de 2011
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE HUARAL
POR CUANTO:
EL CONCEJO PROVINCIAL DE HUARAL
VISTO: En Sesión Extraordinaria de la fecha, el
Proyecto de Ordenanza respecto al Reglamento que
Regula la Comercialización, Consumo y Publicidad de
Bebidas Alcohólicas en el Distrito Capital de la Provincia
de Huaral; y,
CONSIDERANDO;
Perú modif‌i cada por Ley Nº 27680, en concordancia
con los Artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Nº
27972, consagra que las Municipalidades son Órganos
de Gobierno promotores del desarrollo local, con
personería de derecho público con plena capacidad
para el cumplimiento de sus f‌i nes, gozan de autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia.
Que, la Ley que regula la Comercialización, Consumo
y Publicidad de Bebidas Alcohólicas - Ley N° 28681,
tiene como objeto establecer el marco normativo de
la comercialización, consumo y publicidad de bebidas
alcohólicas de toda graduación, a efectos de advertir y
minimizar los daños que producen a la salud integral del
ser humano, a la desintegración de la familia y los riesgos
para terceros, priorizando la prevención de su consumo, a
f‌i n de proteger, a los menores de edad
Que, mediante Informe N° 141-2011-MPH-GSP, la
Gerencia de Servicios Públicos presenta el Proyecto de
Ordenanza que Regula la Comercialización, Consumo
y Publicidad de bebidas alcohólicas en el distrito capital
de la Provincia de Huaral, con la f‌i nalidad de prevenir
el consumo indiscriminado de bebidas alcohólicas
y proteger a los ciudadanos del Distrito capital de la
Provincia.
Que, a través de Dictamen Nº 009-2011-CSSAYE-
MPH remitida mediante Carta Nº 009-2011-MPH/Reg.
PCR/CSAE, la Comisión Salud, Saneamiento Ambiental
y Ecológica del Concejo, recomienda la Aprobación del
Proyecto de Ordenanza que regula la comercialización,
consumo y publicidad de las bebidas alcohólicas en el
Distrito Capital de la Provincia de Huaral, recomendando
que una vez aprobada se notif‌i cada a todas las
instituciones públicas de la Provincia de Huaral.
Asimismo, se cuenta con los Informes favorables de
la Of‌i cina de Asesoría Jurídica Nº 393-2011/MPH/OAJ/
CCCH e Informe Nº 0336-2011-MPH-GM de la Gerencia
Municipal; y con las deliberaciones correspondientes,
de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 9º, Artículo
39º y 40ºde la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley
Nº 27972, y con el voto unánime del Concejo Municipal,
se aprobó la siguiente:
ORDENANZA
QUE APRUEBA EL REGLAMENTO QUE REGULA LA
COMERCIALIZACIÓN, CONSUMO Y PUBLICIDAD DE
BEBIDAS ALCOHÓLICAS EN EL DISTRITO CAPITAL
DE LA PROVINCIA DE HUARAL
Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento que
Regula la Comercialización, Consumo y Publicidad de
Bebidas Alcohólicas en el Distrito Capital de la Provincia
de Huaral, que consta de Nueve (09) Artículos y Siete
(07) Disposiciones Complementarias y Finales, que como
Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza.
Artículo Segundo.- DISPONER la publicación íntegra
de la presente Ordenanza en la página Web de esta
Corporación Edil (www.munihuaral.gob.pe) y en el Portal
del Estado Peruano (www.peru.gob.pe).
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
VÍCTOR HERNÁN BAZÁN RODRÍGUEZ
Alcalde Provincial
765030-1
Derogan Ordenanza Nº 009-2011-
MPH que aprobó el Reglamento de
Organización, Inscripción y Registro
de Beneficiarios, Distribución, Control
y Supervisión del Programa del Vaso de
Leche
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 001-2012-MPH
Huaral, 18 de enero del 2012
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE HUARAL
POR CUANTO:
VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha,
el Dictamen Nº 001-2012-CAL-CM de fecha 17 de Enero
del 2012, evacuado por la Comisión de Asuntos Legales
de la Municipalidad Provincial de Huaral, respecto al
Proyecto de Ordenanza Municipal de DEROGATORIA de
la Ordenanza Municipal Nº 009-2011-MPH que Aprueba
el Reglamento de Organización, Inscripción y Registro
de Benef‌i ciarios, Distribución, Control y Supervisión del
Programa del Vaso de Leche; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el Artículo 194º de
Locales gozan de autonomía política, económica y
administrativa, en los asuntos de su competencia; por
otro lado, representan al vecindario, promueven la
adecuada prestación de los servicios públicos locales
y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su
circunscripción.
Que, la Ley Nº 27470 – Ley que establece normas
complementarias para la Ejecución del Programa del
Vaso de Leche, en su Artículo 2º DE LA ORGANIZACIÓN
DEL PROGRAMA DEL VASO DE LECHE, señala: “El
Reglamento de Organización y Funciones del Comité de
Administración del Programa del Vaso de Leche, será
aprobado por dicho Comité y deberá ser reconocido por el
Concejo Municipal”.
Que, la Ley Nº 27712, modif‌i catoria de la Ley Nº
27470 – ley que establece normas complementarias
para la Ejecución del programa del Vaso de Leche,
en su Artículo 2.2 señala: “Las Municipalidades como
responsables de la ejecución del Programa del Vaso de
Leche, en coordinación con la Organización del Vaso
de Leche, organizan programas, coordinan y ejecutan
la implementación de dicho Programa en sus fases de
selección de benef‌i ciarios, programación, distribución,
supervisión y evaluación”.

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