ORDENANZA Nº 003-2009-MDCH - Establecen monto por derecho de emisión y distribución de avisos de pago del Impuesto Predial para el Ejercicio 2009

Fecha de disposición04 Febrero 2009
Fecha de publicación04 Febrero 2009
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, miércoles 4 de febrero de 2009
390232
ACORDÓ:
Primero: DECLARAR EN SITUACION DE
EMERGENCIA POR 60 DIAS CALENDARIOS, a la Ciudad
y Provincia de Jaén, con todo sus distritos, teniendo en
cuenta las predicciones del “SENAMHI”, en el cual nos
manif‌i esta que el periodo de lluvias será superior a lo normal
para este primer trimestre del año 2009 y por encontrarse
sufriendo permanentes y constantes precipitaciones
pluviales extraordinarias, las mismas que han causado
daños materiales de consideración, tal como se encuentran
sustentado en los informes técnico y legal, que forman
parte del presente acuerdo.
Segundo: DISPONER que las Of‌i cinas Administrativas
de la Municipalidad Provincial de Jaén, den cumplimiento
al presente Acuerdo de Concejo y procedan a ejecutar los
actos administrativos que sean necesarios para solucionar
la SITUACION DE EMERGENCIA.
Tercero: HACER DE CONOCIMIENTO el presente
acuerdo a las Unidades Orgánicas respectivas de la
Municipalidad Provincial de Jaén, entes gubernamentales
e instituciones privadas correspondientes, para los f‌i nes
pertinentes.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
JAIME VILCHEZ OBLITAS
Alcalde
308161-1
MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE CHANCAY
Establecen monto por derecho de
emisión y distribución de avisos de
pago del Impuesto Predial para el
Ejercicio 2009
ORDENANZA Nº 003-2009-MDCH
Chancay, 21 de enero del 2009
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE CHANCAY
VISTO: En Sesión del Concejo de la fecha, como punto
de la agenda el Informe Nº 003-2009-MDCH/GATR, de la
Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, mediante
el cual pone a consideración del Concejo Municipal la
Ordenanza que establece el monto por derecho a emisión
y distribución de los avisos de pago del impuesto predial
para la ejecución del año 2009; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo establecido en el Art.
194º de la Constitución Política del Perú, los Gobiernos
Locales tienen autonomía política, económica y
administrativa en los asuntos de su competencia,
corresponde al Concejo Municipal la función normativa
mediante ordenanza;
Que, de conformidad con la Cuarta Disposición
Final del D. Legislativo Nº 776 - Ley de Tributación
Municipal, concordante con el D.S. Nº 156-2004-
EF, en el sentido que se indica “Las Municipalidades
que brindan el servicio de emisión mecanizada de
actualización de valores, determinación de impuestos
y de recibos de pago correspondiente al año 2009,
incluida su distribución a domicilio, quedan facultadas
a cobrar por dichos medios no más de 0.4 % de la UIT
vigente al 1ro. de enero de cada ejercicio”, la cual ha
quedado establecida en S/. 3,550.00 (tres mil quinientos
cincuenta nuevos soles) para el año 2009 de acuerdo al
Estando a los fundamentos antes expuestos y en
uso de las facultades conferidas por el numeral 8)
Nº 27972, con la dispensa del trámite de aprobación
y lectura del acta, se aprobó por UNANIMIDAD la
siguiente:
O R D E N A N Z A
Artículo Primero.- Establecer el monto por derecho de
emisión y distribución de los avisos de pago del Impuesto
Predial para el Ejercicio del año 2009, en S/. 14.20 (catorce
con veinte nuevos soles) de conformidad con la Cuarta
Disposición Final del Decreto Legislativo Nº 776 y con la
parte considerativa de la presente Ordenanza.
Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de
Administración Tributaria el cumplimiento de la presente
Ordenanza, y a la Sub Gerencia de Secretaría General
para su publicación.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
JUAN ALVAREZ ANDRADE
Alcalde
308173-1
Establecen monto mínimo del Impuesto
Predial 2009 y aprueban Cronograma
de pago de impuestos
Chancay, 21 de Enero del 2009
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE CHANCAY
VISTO: En Sesión del Concejo de la fecha, como punto
de la agenda el Informe Nº 004-2009-MDCH/GAT, de la
Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, mediante
el cual pone a consideración del Concejo Municipal la
Ordenanza que establece el monto mínimo anual del
impuesto predial 2009 y aprueba el Cronograma de Pago
de Impuesto; y,
CONSIDERANDO:
Que, los Gobiernos Locales tienen autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia acorde con el Art. 194º de la Constitución
Política del Perú, correspondiendo al Concejo Municipal la
función normativa mediante ordenanza;
Que, de conformidad con el segundo párrafo del Artículo
13 del D. Legislativo Nº 776, Ley de Tributación Municipal,
concordante con el D.S. Nº 156-2004-EF, señala que las
Municipalidades están facultadas para establecer un
monto mínimo a pagar por concepto de Impuesto Predial,
equivalente al 0.6 % de la U.I.T vigente al Primero de Enero
del año al que corresponde el impuesto;
Que, en la jurisdicción del Distrito de Chancay, existen
predios cuyo valor de la base imponible no asciende a S/.
10,500.00 (Diez mil quinientos con 00/100 nuevos soles)
encontrándose por debajo de la Base Imponible para
la aplicación del Impuesto, por lo que se hace necesario
establecer un monto mínimo para estos casos;
Que, es necesario establecer las fechas de vencimiento
de pago de Impuestos Municipales para el ejercicio 2009,
así mismo los pagos que se efectúen con posterioridad a
la fecha señalada estarán sujetos al interés moratorio, de
conformidad a lo establecido en Texto Único Ordenado del
Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-
99-EF.
Que, estando a lo expuesto y en virtud a lo establecido
en el Art. 13º del D. Leg. 776, Ley de Tributación Municipal
Art. 9º numeral 8 del Sub – Capítulo I y Art. 20º numeral
5 del Sub Capítulo I y el Art. 39º de la Ley Orgánica de
Municipalidades Nº 27972, con la dispensa del trámite de
aprobación y lectura del acta, se aprobó por UNANIMIDAD
la siguiente
ORDENANZA QUE ESTABLECE EL MONTO
MÍNIMO DEL IMPUESTO PREDIAL 2009 Y APRUEBA
EL CRONOGRAMA DE PAGO DE IMPUESTOS
Artículo Primero.- ESTABLECER conforme a lo
prescrito en el Art. 13º del Decreto Legislativo Nº 776 para el
ejercicio del año 2009, el monto mínimo anual del Impuesto
Predial por dicho concepto (0.6 % UIT) la suma de S/. 21.30
(Veintiún nuevos soles con 30/100) estando comprendido
Descargado desde www.elperuano.com.pe

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR