ORDENANZA Nº 252-MSI - Modifican el TUPA de la Municipalidad

Fecha de disposición03 Diciembre 2008
Fecha de publicación03 Diciembre 2008
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, miércoles 3 de diciembre de 2008 384435
Prorrogan plazo de vencimiento de la
Ordenanza N° 249-MDSMP
DECRETO DE ALCALDIA
Nº 026-2008/MDSMP
San Martín de Porres, 28 de Noviembre del 2008
EL ALCALDE DEL DISTRITO DE
SAN MARTIN DE PORRES
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Nº 249-MDSMP (30.
JUNIO.2008), publicada en el Diario Of‌i cial El Peruano
con fecha 02.JULIO.2008 se aprobó la condonación de
deuda tributaria e intereses generados por la omisión de
las presentaciones y/o rectif‌i cación de la declaración jurada
producto del levantamiento catastral, con vigencia hasta el
30.AGOSTO.2008; prorrogándose el plazo de su vencimiento
hasta el 29.NOVIEMBRE.2008, mediante Decreto de Alcaldía
Nº 018-2008/MDSMP (02.SETIEMBRE.2008);
Que, la Segunda Disposición Final y Transitoria de
la mencionada Ordenanza faculta al señor alcalde dictar
las medidas reglamentarias que sean necesarias para su
cumplimiento y prórroga de su vigencia;
Que, atendiendo al pedido de vecinos de la jurisdicción
que desean acogerse a los benef‌i cios de la referida
Ordenanza, corresponde emitirse la respectiva disposición
municipal; existiendo las opiniones favorables de la
Gerencia de Administración Tributaria (Informe No. 256-
2008-GAT/MDSMP) y Gerencia de Asesoría Jurídica
(Informe Nº 2356-2008-GAJ/MDSMP);
De conformidad con los artículos 20, inciso 6) y 42 de
la Ley 27972 – Orgánica de Municipalidades, así como
Segunda Disposición Final y Transitoria de la Ordenanza
No. 249-MDSMP de esta Entidad Municipal;
DECRETA:
Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo de
vencimiento de la Ordenanza No. 249-MDSMP (30.
JUNIO.2008) hasta el 31.DICIEMBRE.2008.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia
Municipal, Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia
de Administración y Finanzas, así como Subgerencias
respectivas, el cumplimiento de este Decreto; y a la
Secretaría General su publicación.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
FREDDY S. TERNERO CORRALES
Alcalde
285851-1
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DEL CALLAO
Modifican el TUPA de la Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 000071
Callao, 25 de noviembre de 2008
El Alcalde de la Municipalidad Provincial del Callao;
POR CUANTO:
El Concejo Municipal Provincial del Callao, en Sesión
de fecha 25 de noviembre de 2008; Aprobó la siguiente;
Ordenanza Municipal:
CONSIDERANDO:
Perú establece que las municipalidades como órganos
de gobierno local tienen autonomía política, económica y
administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, en
su artículo N° 9 inciso 8) establece, que es atribución del
Concejo Municipal la de aprobar, modif‌i car, o derogar las
ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos;
Que, el artículo 37 de la Ley del Procedimiento
Administrativo General Nº 27444, establece que todas las
entidades elaboran y aprueban o gestionan la aprobación,
según el caso, de su Texto Único de Procedimientos
Administrativos; asimismo, de acuerdo a lo señalado en su
artículo 38 numeral 38.1, el Texto Único de Procedimientos
Administrativos (TUPA) se aprueba por Ordenanza
Municipal;
Que, la Ley Nº 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones
Urbanas y de Edif‌i caciones, el Decreto Supremo Nº 024-
2008-VIVIENDA que aprueba el Reglamento de Licencias
de Habilitación Urbana y Licencias de Edif‌i cación, el Decreto
Supremo Nº 025-2008-VIVIENDA que aprueba el Reglamento
de los Revisores Urbanos y el Decreto Supremo Nº 026-
2008-VIVIENDA que aprueba el Reglamento de Verif‌i cación
Administrativa y Técnica, regulan los procedimientos
administrativos de habilitaciones urbanas y edif‌i caciones,
disponiendo este último que las Municipalidades deberán
adecuar sus procedimientos administrativos a lo establecido
en el referido Reglamento en el plazo de cuarenta y cinco (45)
días hábiles contados a partir de su entrada en vigencia;
Que, el Decreto Legislativo Nº 1078, publicado el 28 de
junio del 2008 que modif‌i ca la Ley Nº 27446, Ley del Sistema
Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, establece en su
artículo tercero la obligatoriedad de la certif‌i cación ambiental
para iniciar la ejecución de proyectos, actividades de servicios
y comercio referidos a las políticas, planes y programas de nivel
nacional, regional y local que puedan originar implicaciones
ambientales signif‌i cativas; así como los proyectos de inversión
pública, privada o de capital mixto, que impliquen actividades,
construcciones, obras y otras actividades comerciales y de
servicios que puedan causar impactos ambientales negativos
signif‌i cativos;
Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 000038 del
10 de julio de 2008, la Municipalidad Provincial del Callao
aprobó su Texto Único de Procedimientos Administrativos
- TUPA, norma que en la actualidad se encuentra vigente;
Que, en la sesión de la fecha se adoptó el Acuerdo de
Concejo N° 000285 el mismo que aprobó las modif‌i caciones
realizadas a los procedimientos administrativos tanto
referidos a los procesos de habilitaciones urbanas como de
edif‌i caciones en concordancia con lo dispuesto en la Ley de
Regularización de Habilitaciones Urbanas y de Edif‌i caciones
que aprueba el Reglamento de Licencias de Habilitación
Urbana y Licencias de Edif‌i cación, el Decreto Supremo Nº
025-2008-VIVIENDA que aprueba el Reglamento de los
Revisores Urbanos y el Decreto Supremo Nº 026-2008-
VIVIENDA que aprueba el Reglamento de Verif‌i cación
Administrativa y Técnica, el cual tiene como antecedentes
el Memorando Nº 2706-2008-MPC-GGDU, emitido por
la Gerencia General de Desarrollo Urbano; asimismo, el
Memorando Nº 1587-2008-MPC/GGPPR, de la Gerencia
General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización
y el Informe Nº 308-2008-MPC-GGAJC-SGCA, de la
Gerencia de Coordinación y Apoyo, dependiente de la
Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación,
sustentando la legalidad de las modif‌i caciones de los
procedimientos administrativos propuestas por la Gerencia
General de Desarrollo Urbano; siendo de opinión que
resulta procedente por ser una adecuación dispuesta por
ley general lo que implica cumplimiento obligatorio;
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo
dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972,
el Concejo Provincial del Callao, ha dado la siguiente:
ORDENANZA MUNICIPAL QUE MODIFICA EL TEXTO
UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE
LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Artículo 1º.- Apruébase la modif‌i cación del Texto
Único de Procedimientos Administrativos, aprobado con
Ordenanza Municipal Nº 000038 del 10 de julio de 2008,
en el Órgano Gerencia General de Desarrollo Urbano; que
comprende la denominación, requisitos, derechos de pago,
calif‌i cación y plazos de atención de los procedimientos
administrativos números 8.1, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15,
16, 20, 21, 22, 23, 24, 26, 28, 29, 30, 31, 32 y 34; de
conformidad con el Anexo adjunto que forma parte de la
presente Ordenanza Municipal.
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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