04 016-2003-IN - Modifican Reglamento de Ascenso para Oficiales de la PNP

Fecha de publicación17 Diciembre 2003
Fecha de disposición17 Diciembre 2003
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NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 17 de diciembre de 2003
nistrativos (TUPA) del Ministerio de Energía y Minas,
aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EM, proce-
de aprobar la transferencia solicitada y tener como titu-
lar de la concesión a ELECTROANDES S.A.;
Que, la Dirección General de Electricidad, luego de
haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cum-
plido con los requisitos estipulados en la Ley de Conce-
siones Eléctricas, y su Reglamento, ha emitido el Infor-
me Nº 285-2003-EM/DGE;
Estando a lo dispuesto en el artículo 67º del Regla-
Con la opinión favorable del Director General de Elec-
tricidad y del Viceministro de Energía;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar la transferencia de la autoriza-
ción para desarrollar la actividad de generación de ener-
gía eléctrica en la Central Hidroeléctrica La Oroya a fa-
vor de ELECTROANDES S.A. (antes Inversiones Elegia
S.R.L.) por las razones y fundamentos legales expues-
tos en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2º.- La titular está obligada a operar cum-
pliendo las normas técnicas y de seguridad; preservan-
do el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio
Cultural de la Nación; así como al cumplimiento de las
obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones
Eléctricas, su Reglamento y otras normas legales perti-
nentes.
Artículo 3º.- La presente resolución entrará en vigen-
cia al día siguiente de su publicación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
HANS A. FLURY
Ministro de Energía y Minas
23179
INTERIOR
Modifican Reglamento de Ascenso para
Oficiales de la PNP
DECRETO SUPREMO
Nº 016-2003-IN
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el Reglamento de Ascenso para Oficiales de la Poli-
cía Nacional del Perú, aprobado por Decreto Supremo Nº 022-
89-IN del 14 de agosto de 1989, modificado por los Decretos
Supremos Nºs. 044-90-IN del 16 de noviembre de 1990, 003-
91-IN del 28 de octubre de 1991, 007-2002-IN del 27 de mayo
del 2002, 004-2003-IN del 21 de julio de 2003 y 011-2003-IN
del 30 de septiembre de 2003, establece las normas y
procedimientos para el ascenso de Oficiales Policías, Oficia-
les de Servicios y Personal con Status de Oficial;
Que, en el Informe Final de la Comisión Especial en-
cargada de llevar a cabo el diagnóstico institucional y
definir la agenda y el cronograma del proceso de rees-
tructuración policial, aprobado con Resolución Suprema
Nº 0200-2002-IN del 15 de marzo de 2002, se recomienda
priorizar el reconocimiento de los méritos profesionales
y la capacidad personal sobre la antigüedad en el grado;
Que, las pruebas de aptitud física y tiro policial cons-
tituyen una parte del proceso permanente de evaluación
del desempeño, por lo que su regulación no corresponde
ser enmarcada en el ámbito del Reglamento de Ascen-
sos, sino en el contexto del Plan de Carrera Policial;
Que, la Policía Nacional del Perú, en actual proceso
de modernización, tiene como objetivos, entre otros, op-
timizar los servicios policiales así como mejorar las con-
diciones de vida y trabajo del personal policial;
Que, en tal sentido y en tanto se apruebe la nueva
Ley de Ascenso de Oficiales de la Policía Nacional, es
necesario aprobar las pertinentes modificaciones al
Reglamento vigente;
En uso de las facultades conferidas en el inciso 8)
Lo propuesto por el Ministro del Interior;
DECRETA:
Artículo 1º.- Modificación del Reglamento Modifí-
quense los artículos 7º y 13º del Reglamento de Ascen-
so para Oficiales de la Policía Nacional del Perú; en los
términos que a continuación se indican:
"Artículo 7º.- El cronograma del proceso y la declara-
ción de vacantes se aprueban y publican, anualmente y
en forma simultánea, teniendo en consideración la pro-
puesta de la Dirección General de la Policía Nacional.
El cronograma del proceso se aprueba mediante
Resolución Directoral de la Dirección General de la Poli-
cía Nacional del Perú y, la declaración de vacantes, con
Resolución Ministerial del Sector Interior.
En la asignación de vacantes para el ascenso de los
Oficiales Policías, se aplica la tabla siguiente:
PROMOCIÓN PROMOCIÓN PROMOCIÓN PROMOCIÓN PROMOCIÓN
2005 2006 2007 2008 2009
Veces % del % del % del % del % del
que número de número de número de número de número de
postula vacantes vacantes vacantes vacantes vacantes
1º vez 10% 10% 20% 30% 40%
2º vez 20% 20% 20% 30% 30%
3º vez 30% 30% 30% 20% 20%
4º o más 40% 40% 30% 20% 10%
veces
A partir del año de Promoción 2010, se aplican los
porcentajes señalados para el año de Promoción 2009."
"Artículo 13º.- Los factores que se consideran en la
evaluación para el ascenso, son los siguientes:
a) Rendimiento Profesional.
b) Valor Potencial para el Servicio Policial."
Artículo 2º.- Derogación de inciso Deróguese el in-
ciso a) "Pruebas de aptitud física y tiro policial" del artí-
culo 15º y el artículo 16º del Reglamento de Ascenso
para Oficiales de la Policía Nacional del Perú.
Artículo 3º.- Derogatoria de normas Déjense sin
efecto las disposiciones que se opongan al presente
Decreto Supremo.
Artículo 4º.- Entrada en vigencia Las disposiciones
contenidas en el presente Decreto Supremo, entrarán en
vigencia el 1 de enero de 2004.
Artículo 5º.- El presente Decreto Supremo será re-
frendado por el Ministro del Interior.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince
días del mes de diciembre del año dos mil tres.
ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
FERNANDO ROSPIGLIOSI C.
Ministro del Interior
23509
Aprueban Reglamento de la Ley
28022 que crea el Registro Nacional de
Información de Personas Desaparecidas
DECRETO SUPREMO
Nº 017-2003-IN
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 28022 se creó el Registro Na-
cional de Información de Personas Desaparecidas en el

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