Modifican el procedimiento N° 23 del TUPA de la Contraloría General

Fecha de publicación27 Agosto 2003
Fecha de disposición27 Agosto 2003
Pág. 250375
NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 27 de agosto de 2003
ORGANISMOS AUTÓNOMOS
CONTRALORÍA GENERAL
Designan funcionarios de Oficinas Re-
gionales de Control responsables de
brindar información a que se refiere el
Reglamento de la Ley de Transparen-
cia y Acceso a la Información Pública
RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA
Nº 284-2003-CG
Lima, 21 de agosto de 2003
CONSIDERANDO:
Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806,
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública,
como finalidad promover la transparencia de los actos
del Estado y regular el derecho fundamental del acceso
a la información consagrada en el numeral 5 del artículo
Que, el artículo 3º del citado Texto Único Ordenado,
invoca el Principio de Publicidad, señalando que toda in-
formación que posea el Estado se presume pública, con
excepción de las contenidas en los artículos 15º, 16º y
17º de la misma norma, para lo cual el Estado adoptará
medidas básicas que garanticen y promuevan la transpa-
rencia en la actuación de las entidades de la Administra-
ción Pública, teniendo la obligación de entregar la infor-
mación que demanden las personas en aplicación del
mencionado principio;
Que, el artículo 4º del Reglamento de la Ley de Trans-
parencia y Acceso a la Información, aprobado por Decre-
to Supremo Nº 072-2003-PCM, señala que las entidades
que cuenten con oficinas desconcentradas o descentra-
lizadas, designarán en cada una de ellas al funcionario
responsable de entregar la información que se requiera
al amparo de la Ley, con el objeto que la misma pueda
tramitarse con mayor celeridad;
Que, en tal sentido, resulta necesario designar a los
funcionarios titulares y alternos responsables en cada
Oficina Regional de Control de brindar la información
solicitada en virtud a la normativa descrita en los consi-
derandos precedentes;
En uso de las facultades conferidas por el artículo 32º
de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional
de Control y de la Contraloría General de la República;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Designar a los funcionarios
Ti-
tulares y Alternos de las
Oficinas Regionales de Con-
trol de la Contraloría General de la República, res-
ponsables de la entrega de la información a que se
refiere el artículo 4º del Reglamento de la Ley de Trans-
parencia y Acceso a la Información Pública, aproba-
do al siguiente detalle:
Oficina
Regional Titular Alterno
de Control
Arequipa Eco. Nelson Cardenas Ojeda Abog. Giovana Talavera Ocharan
Chiclayo CPC Santos Chuman Esquivel CPC Luis Alberto Silva Espinoza
Cusco Ing. Adolfo Ramos Pacheco Abog. Oscar Bardalez Alva
Huancayo CPC José Luis Castañeda Abog. Juan Carlos Sáenz Feijóo
Alarcón
Iquitos CPC Cristian Sulla Aybar CPC Ghiorge Mancisidor Sosa
Moyobamba Eco. Mario Fernández Ardiles Abog. Leonardo Pacherres Rodríguez
Piura CPC Carlos Sánchez Alvarado Abog. María Antonieta Fuentes-Rivera
Colom
Artículo Segundo.- El personal y demás funciona-
rios de la Contraloría General de la República deberán,
bajo responsabilidad, facilitar la documentación y/o infor-
mación que les sea solicitada como consecuencia de lo
dispuesto en el artículo precedente, dentro de los plazos
establecidos en las normas de la materia.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GENARO MATUTE MEJÍA
Contralor General de la República
15850
Modifican el procedimiento Nº 23 del
TUPA de la Contraloría General
RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA
Nº 285-2003-CG
Lima, 21 de agosto de 2003
VISTOS, la Memoranda Nº 201-2003-CG/SG, 1047-
2003-CG/AL y 741-2003-CG-AD de la Secretaría Gene-
ral, la Gerencia Central de Asesoría Legal y la Gerencia
Central de Administración de la Contraloría General de la
República, respectivamente;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 016-2002-
CG, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Admi-
nistrativos -TUPA de la Contraloría General de la Repú-
blica, modificado por Resolución de Contraloría Nº 328-
2002-CG, el cual contiene los procedimientos de iniciati-
va de parte requeridos por los administrados para satis-
facer sus intereses o derechos mediante el pronuncia-
miento de cualquier órgano de la Contraloría General de
la República, entre los que se encuentran el acceso a la
información;
Que, el Reglamento de la Ley de Transparencia y
Acceso a la Información Pública, aprobado por De-
creto Supremo Nº 072-2003-PCM y publicado en el
Diario Oficial El Peruano el 7 de agosto de 2003, es-
tablece en su Cuarta Disposición Complementaria que
las Entidades cuentan con quince (15) días útiles que
rigen a partir de su publicación, para efectos de la
implementación del formato a que se refiere el artícu-
lo 10º del citado Reglamento; así como para adecuar
su TUPA, respecto al procedimiento y determinación
del costo de reproducción de acuerdo a la Ley Nº
27806 y al Reglamento;
Que, en consecuencia resulta necesario efectuar las
modificaciones al Texto Único de Procedimientos Admi-
nistrativos - TUPA, en lo que respecta al procedimiento
Nº 23 - "Solicitud de Información de la Contraloría Gene-
ral", a fin de adecuarlo a las disposiciones establecidas
en el citado Reglamento;
En uso de las atribuciones establecidas por el artícu-
lo 32º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema
Nacional de Control y de la Contraloría General de la
República;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Modificar el procedimiento Nº 23
del Texto Único de Procedimientos Administrativos -TUPA
de la Contraloría General de la República, sustituyéndo-
lo por el texto que en anexo forma parte integrante de la
presente Resolución.
Artículo Segundo.- La solicitud de acceso a la in-
formación deberá ser presentada, según el formato
publicado en el Diario Oficial El Peruano, el día 13 de
agosto de 2003, el mismo que también se encuentra
a disposición de los administrados en el Departamento
de Trámite Documentario y en la página Web de la
Contraloría General de la República,
(www.contraloria.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GENARO MATUTE MEJÍA
Contralor General de la República

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