DECRETO SUPREMO N° 009-2009-TR - Modifican Artículos del Decreto Supremo N° 006-2009-TR

Fecha de publicación05 Agosto 2009
Fecha de disposición05 Agosto 2009
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, miércoles 5 de agosto de 2009 400199
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 5º, de la Ley de Contrataciones
del Estado aprobado por Decreto Legislativo N° 1017,
señala que el Titular de la Entidad podrá delegar,
mediante resolución, la autoridad que la presente
norma le otorga. No pueden ser objeto de delegación,
la aprobación de exoneraciones, la declaración de
nulidad de oficio y las autorizaciones de prestaciones
adicionales de obra y otros supuestos que se
establezcan en el Reglamento;
Que, mediante Resolución de Presidencia N° 086-
2009-FONDEPES/PCD, se delegó en la persona del
Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Desarrollo
Pesquero – FONDEPES, la facultad Aprobar los
expedientes de contratación de las Adjudicaciones de
Menor Cuantía para los casos de bienes, servicios y
suministros, de acuerdo al tope establecido en la Ley N°
29289 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el
Año Fiscal 2009;
Que, dicha facultad es también para la aprobación
de las bases administrativas de los procesos de menor
cuantía, por lo que resulta necesario ampliar dicha
delegación;
Con la visación de la Dirección Ejecutiva, Of‌i cina de
Administración, Of‌i cina de Asesoría Jurídica y Of‌i cina
de Planif‌i cación y Presupuesto en lo que es de sus
respectivas competencias;
De conformidad con la Ley Nº 28411 – Ley General
del Sistema Nacional de Presupuesto, la Ley Nº 29289
– Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año
Fiscal 2009, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado
por Decreto Legislativo N° 1057 y su Reglamento,
como el Decreto Supremo Nº 013-2006-PRODUCE que
aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del
FONDEPES;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Ampliar las facultades otorgadas al
Director Ejecutivo mediante Resolución de Presidencia
N° 086-2009-FONDEPES/PCD, facultándolo para que
apruebe las bases administrativas de los procesos de
Adjudicaciones de Menor Cuantía para los casos de
bienes, servicios y suministros, de acuerdo al tope
establecido en la Ley N° 29289 – Ley de Presupuesto del
Sector Público.
Artículo 2º.- Publicar la presente Resolución en el
Diario Oficial El Peruano y en la página WEB del Fondo
Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES.
FONDO NACIONAL DE DESARROLLO PESQUERO
Regístrese, comuníquese y publíquese
GENARO HUAMANCHUMO BERNAL
Presidente del Consejo Directivo
378739-1
TRABAJO Y PROMOCION
DEL EMPLEO
Modifican Artículos del Decreto
Supremo Nº 006-2009-TR
DECRETO SUPREMO
N° 009-2009-TR
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 27803 dispuso la implementación de las
recomendaciones derivadas de las Comisiones creadas
por las Leyes Nº 27452 y Nº 27586, encargadas de revisar
los ceses colectivos efectuados en las empresas del
Estado sujetas a procesos de promoción de la inversión
privada y en las entidades del sector público en la década
pasada;
Que, mediante el Decreto de Urgencia Nº 026-2009 se
establecieron los benef‌i cios a que podrían acceder los ex
trabajadores que fuesen inscritos en el Registro Nacional
de Trabajadores Cesados Irregularmente a partir de la
vigencia de dicha norma;
se establecieron disposiciones reglamentarias para la
ejecución de los benef‌i cios establecidos por el Decreto de
Urgencia Nº 026-2009;
Que, a f‌i n de viabilizar el derecho de los benef‌i ciarios
de las Leyes Nº 27803 y Nº 29059, es conveniente
efectuar modif‌i caciones al Decreto Supremo Nº 006-
2009-TR;
De conformidad con lo regulado en el numeral 8
el numeral 3 del artículo 11° de la Ley Nº 29158, Ley
Orgánica del Poder Ejecutivo, y la Ley N° 27803 y sus
modif‌i catorias;
DECRETA:
Artículo 1º.- Modif‌i cación de los artículos 6º, 8º y
Modifíquense los artículos 6º, 8º y 18º del Decreto
Supremo Nº 006-2009-TR, en los términos siguientes:
“Artículo 6.- De las plazas para la ejecución de la
reincorporación o reubicación laboral
Las entidades y empresas del Estado están obligadas
a informar al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
las plazas presupuestadas vacantes que se generen en
el año f‌i scal 2009, por fallecimiento, renuncia, cese por
causa grave y jubilación.
Esta información se remite hasta el 30 de octubre de
2009.
El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
publica las plazas comunicadas en su página Web en
la segunda semana del mes de noviembre de 2009.”
“Artículo 8.- Presentación de solicitudes para
ejecución del benef‌i cio de reincorporación o
reubicación laboral
Las solicitudes para la ejecución del benef‌i cio de
reincorporación o reubicación laboral, se deben presentar
ante el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo o
las Direcciones Regionales de Trabajo y Promoción del
Empleo, a nivel nacional, entre el 16 y el 20 de noviembre
de 2009.
Los ex trabajadores podrán postular a una sola
plaza. En caso de detectarse dos (2) o más solicitudes
del mismo ex trabajador, se tomará en cuenta la última
solicitud presentada.
Los ex trabajadores reubicados mediante resolución
a que ref‌i ere el artículo 10 no podrán presentar
solicitud.”
“Artículo 18.- Publicaciones y notif‌i cación
18.1 El listado de ex trabajadores que serán
inscritos en el RNTCI se publica en el Diario Oficial
El Peruano.
18.2 El informe final se publica en la página web
del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
(http://www.mintra.gob.pe) dentro de los veinte (20)
días hábiles siguientes a la publicación del listado.
18.3 La Comisión Ejecutiva notif‌i ca su decisión de
no incluir a un ex trabajador en el RNTCI, mediante
comunicación escrita, individual y motivada, en el domicilio
consignado por éste en su respectiva solicitud, dentro
de los diez (10) días hábiles siguientes de concluido el
plazo establecido en el numeral anterior. La Secretaría
Técnica notif‌i ca, a nombre de la Comisión Ejecutiva, la
referida decisión de no inclusión a los ex trabajadores que
corresponda.”
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NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, miércoles 5 de agosto de 2009
400200
Artículo 2º.- Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por la
Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro
días del mes de agosto del año dos mil nueve.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
MANUELA GARCÍA COCHAGNE
Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo
379666-2
Aprueba la Lista de ex trabajadores
que deben ser inscritos en el Registro
Nacional de Trabajadores Cesados
Irregularmente
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 028-2009-TR
Lima, 4 de agosto de 2009
VISTO:
El Informe Final emitido por la Comisión Ejecutiva a la
que hace referencia el artículo 1º de la Ley Nº 29059; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 27803, se dispuso la
implementación de las recomendaciones derivadas de las
Comisiones creadas por las Leyes Nº 27452 y Nº 27586,
encargadas de revisar los ceses colectivos efectuados en
las empresas del Estado sujetas a procesos de promoción
de la inversión y en las entidades del Sector Público y
Gobiernos Locales, así como se instituye un Programa
Extraordinario de Benef‌i cios a favor de los ex trabajadores
que calif‌i quen y sean inscritos en el Registro Nacional de
Trabajadores Cesados Irregularmente;
Que, en cumplimiento de la citada Ley, se han
publicado tres relaciones de ex trabajadores cesados
irregularmente, mediante Resoluciones Ministeriales Nº
347-2002-TR y Nº 059-2003-TR, y Resolución Suprema
Nº 034-2004-TR;
Que, mediante Ley Nº 29059 se otorgaron facultades
a la Comisión Ejecutiva creada por Ley Nº 27803 para
revisar los casos de los ex trabajadores que no hubieran
sido incorporados en los listados al amparo de la última
norma citada;
Que, el artículo 8º del Decreto de Urgencia Nº 026-
2009 señala que el cierre del Registro Nacional de
Trabajadores Cesados Irregularmente se produce con la
publicación de la lista y la presentación del Informe Final
emitido por la Comisión Ejecutiva a que hace referencia el
artículo 1º de la Ley Nº 29059;
Que, el artículo 14º del Decreto Supremo Nº 006-
2009-TR precisa que el documento al que se refiere
el artículo 8º del Decreto de Urgencia Nº 026-2009
es el Informe Final de la Comisión Ejecutiva, el que
contiene el listado de ex trabajadores a ser inscritos
en el Registro Nacional de Trabajadores Cesados
Irregularmente;
Que, asimismo, el artículo 17º del citado Decreto
Supremo, señala que se considera cerrado el Registro
Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente con la
publicación del listado de ex trabajadores que deben ser
inscritos en dicho Registro;
Que, el Informe Final de visto contiene la lista de
ex trabajadores que deben ser inscritos en el Registro
Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente, por
lo que corresponde disponer su publicación en el Diario
Of‌i cial El Peruano;
Que, el artículo 1º de la Ley Nº 29059, establece
la revisión complementaria y final, de los casos de
los ex trabajadores cuyo derecho fue reconocido
por Resolución Suprema Nº 021-2003-TR, y fueron
excluidos por la Resolución Suprema Nº 034-2004-
TR, y de aquellos que, habiendo presentado sus
expedientes en el plazo de ley, presentaron recursos
de impugnación administrativa o judicial por no
estar comprendidos en alguna de las Resoluciones
Ministeriales núms. 347-2002-TR y 059-2003-TR y en
la Resolución Suprema Nº 034-2004-TR;
Que, en consecuencia, la publicación de presente
lista agotará la vía administrativa respecto a los ex
trabajadores incluidos en la misma. Asimismo, la
notificación a que se refiere el artículo 18º del Decreto
Supremo Nº 006-2009-TR, agotará la vía administrativa
respecto a los ex trabajadores excluidos de la lista;
De conformidad con lo dispuesto por el numeral 4
del artículo 11º de la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica
del Poder Ejecutivo; las Leyes Nº 27803 y Nº 29059
y sus normas reglamentarias, complementarias y
modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- De la publicación
Dispóngase la publicación de la Lista de Ex
trabajadores Cesados Irregularmente que, conforme
a las atribuciones de la Comisión Ejecutiva a la que
se refiere el artículo 1º de la Ley Nº 29059, deben
ser inscritos en el Registro Nacional de Trabajadores
Cesados Irregularmente, la misma que forma parte de
la presente resolución.
Artículo 2º.- De la elección del benef‌i cio
Los ex trabajadores incluidos en el Registro
Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente
deberán elegir, alternativa y excluyentemente, uno de
los beneficios previstos en el artículo 2º del Decreto
de Urgencia Nº 026-2009, dentro de los cinco (5) días
hábiles siguientes a la publicación de la presente
resolución.
Cuando el ex trabajador no realiza la elección o la
comunica fuera de plazo, el benef‌i cio que le corresponde
es la compensación económica; asimismo, la elección
del benef‌i cio se efectúa en los formatos que fueron
aprobados por el Decreto Supremo Nº 006-2009-TR. Su
presentación tiene el carácter de declaración jurada, y
la información o documentación fraudulenta presentada
origina responsabilidad penal.
Artículo 3º.- Agotamiento de la vía administrativa
La presente resolución agotará la vía administrativa
respecto a los ex trabajadores incluidos en el listado a
que se refiere el artículo 1º de esta resolución.
Los ex trabajadores no incluidos en el presente listado,
serán notif‌i cados por la Comisión Ejecutiva mediante
comunicación escrita, individual y motivada, conforme a lo
señalado en el artículo 18º del Decreto Supremo Nº 006-
2009-TR, quedando agotada la vía administrativa con
dicha notif‌i cación.
Artículo 4º.- Refrendo
La presente Resolución Suprema será refrendada por
el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de
Trabajo y Promoción del Empleo.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN
Presidente del Consejo de Ministros
MANUELA GARCÍA COCHAGNE
Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo
Descargado desde www.elperuano.com.pe
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, miércoles 5 de agosto de 2009 400201
RELACIÓN DE EX TRABAJADORES CESADOS IRREGULARMENTE A SER INSCRITOS EN EL RNTCI EN APLICACIÓN DE LA LEY Nº 29059
N° DNI NOMBRES ENTIDAD
1 07140135 MALLQUI BEJAR YENNY BEATRIZ ARCHIVO GENERAL DE LA NACION
2 06558243 VELASQUEZ CANGRE MARIA MARGARITA ARCHIVO GENERAL DE LA NACION
3 29316462 ALEJANDRO ROQUE DOMINGO AUTORIDAD AUTONOMA DE MAJES - AUTODEMA
4 29238536 ALTAMIRANO MIRANDA MARCELA GLADYS AUTORIDAD AUTONOMA DE MAJES - AUTODEMA
5 29318931 ALVA ORTIZ HUGO AUTORIDAD AUTONOMA DE MAJES - AUTODEMA
6 29481180 ALVAREZ MALDONADO PEDRO PASCUAL AUTORIDAD AUTONOMA DE MAJES - AUTODEMA
7 29367842 APAZA CORNEJO JUAN AUTORIDAD AUTONOMA DE MAJES - AUTODEMA
8 29376655 APAZA DIAZ MIGUEL RIGOBERTO AUTORIDAD AUTONOMA DE MAJES - AUTODEMA
9 29495859 APAZA MACHACA SEBASTIAN AUTORIDAD AUTONOMA DE MAJES - AUTODEMA
10 29291363 ARAGON FLORES MARIO ENRIQUE AUTORIDAD AUTONOMA DE MAJES - AUTODEMA
11 29379069 ARANA MONTERO HUGO FRANCISCO AUTORIDAD AUTONOMA DE MAJES - AUTODEMA
12 29295995 ARANA QUIROGA CARMEN AURORA AUTORIDAD AUTONOMA DE MAJES - AUTODEMA
13 29345909 ARCAYA ESCOBAR CESAR SILVERIO AUTORIDAD AUTONOMA DE MAJES - AUTODEMA
14 29238227 ARENAS ALARCON MARIO ELIAS AUTORIDAD AUTONOMA DE MAJES - AUTODEMA
15 29261812 ARENAS SALAZAR MARIA DOLORES AUTORIDAD AUTONOMA DE MAJES - AUTODEMA
16 29261220 ARIAS ALARCON MARCIAL JESUS AUTORIDAD AUTONOMA DE MAJES - AUTODEMA
17 29293535 CABELLO GUERRA WAYNE LUPO AUTORIDAD AUTONOMA DE MAJES - AUTODEMA
18 30640524 CAHUAPAZA CAYO RUFINO AUTORIDAD AUTONOMA DE MAJES - AUTODEMA
19 29385596 CALDERON LUQUE YDELFONSO LINO AUTORIDAD AUTONOMA DE MAJES - AUTODEMA
20 29433355 CALLE ESPINOZA GERMAN CIRILO AUTORIDAD AUTONOMA DE MAJES - AUTODEMA
21 29693195 CALVO MATAMET VICTOR AUTORIDAD AUTONOMA DE MAJES - AUTODEMA
22 29460729 CAPACOILA BELIZARIO ELOY AUTORIDAD AUTONOMA DE MAJES - AUTODEMA
23 29599845 CCASA ALANOCA JULIAN FIDEL AUTORIDAD AUTONOMA DE MAJES - AUTODEMA
24 29580687 CCASO ALARCON EUSEBIO AUTORIDAD AUTONOMA DE MAJES - AUTODEMA
25 29599154 CCOTALUQUE YANA TOMAS VICTOR AUTORIDAD AUTONOMA DE MAJES - AUTODEMA
26 29716956 CHAÑA CANO FLORENTINO AUTORIDAD AUTONOMA DE MAJES - AUTODEMA
27 29345732 CHAVEZ LUQUE MARTIN LEONARDO AUTORIDAD AUTONOMA DE MAJES - AUTODEMA
28 30661957 CHAVEZ VILCA FERMIN OLIVERIO AUTORIDAD AUTONOMA DE MAJES - AUTODEMA
29 29286759 CHIRINOS ALCAZAR ALVARO GUILLERMO AUTORIDAD AUTONOMA DE MAJES - AUTODEMA
30 30672403 CHOQUECONDO YANQUE SERAPIO FILOMENO AUTORIDAD AUTONOMA DE MAJES - AUTODEMA
31 30666068 CHURO YANQUE RODOLFO MARCELINO AUTORIDAD AUTONOMA DE MAJES - AUTODEMA
32 29338867 COARI CHURATA JOSE AUTORIDAD AUTONOMA DE MAJES - AUTODEMA
33 29449746 CONDORI APAZA GREGORIO AUTORIDAD AUTONOMA DE MAJES - AUTODEMA
34 30670105 CONDORI MERCADO PASCUAL AUTORIDAD AUTONOMA DE MAJES - AUTODEMA
35 29291375 CONDORI PUMA RAYMUNDO AUTORIDAD AUTONOMA DE MAJES - AUTODEMA
36 29493321 CONDORI SALAZAR ANTONIO DOROTEO AUTORIDAD AUTONOMA DE MAJES - AUTODEMA
37 29520885 CORRALES POLAR ROQUE GAMANIEL AUTORIDAD AUTONOMA DE MAJES - AUTODEMA
38 29485077 COTALUQUE YANA DOMINGO DANIEL AUTORIDAD AUTONOMA DE MAJES - AUTODEMA
39 29291879 CUBA TAPIA DENIS DANIEL AUTORIDAD AUTONOMA DE MAJES - AUTODEMA
40 29448509 CUNO CANAZA MATEO RICARDO AUTORIDAD AUTONOMA DE MAJES - AUTODEMA
41 29523357 DIAZ BOLIVAR LUIS ACISCLO AUTORIDAD AUTONOMA DE MAJES - AUTODEMA
42 29248981 ENRIQUEZ PORTUGAL FERNANDO AUTORIDAD AUTONOMA DE MAJES - AUTODEMA
43 29667365 ESTRADA DORREGARAY TULA BEATRIZ AUTORIDAD AUTONOMA DE MAJES - AUTODEMA
44 29583184 FLORES MAMANI TOMAS AUTORIDAD AUTONOMA DE MAJES - AUTODEMA
45 29704699 GONZALES DE RENGIFO EDITH MERCEDES AUTORIDAD AUTONOMA DE MAJES - AUTODEMA
46 29334816 HUANCA CHARCA FULGENCIO AUTORIDAD AUTONOMA DE MAJES - AUTODEMA
47 30670226 HUARACCALLO PARI JESUS AUTORIDAD AUTONOMA DE MAJES - AUTODEMA
48 30641012 HUAYPUNA CRUZ TRIFONIO AUTORIDAD AUTONOMA DE MAJES - AUTODEMA
49 29695630 HURTADO ASPILCUETA HAYDE ERNESTINA AUTORIDAD AUTONOMA DE MAJES - AUTODEMA
50 29448695 JUAREZ SERPA GUALBERTO AUTORIDAD AUTONOMA DE MAJES - AUTODEMA
51 29504675 LINARES MOSCOSO LUIS PASTOR AUTORIDAD AUTONOMA DE MAJES - AUTODEMA
52 29397074 LLANOS DELGADO CESAR FERMIN AUTORIDAD AUTONOMA DE MAJES - AUTODEMA
53 29234602 LUPACA NEYRA HILARIO CIRIACO AUTORIDAD AUTONOMA DE MAJES - AUTODEMA
54 29485273 MAMANI CONDORI FERMIN AUTORIDAD AUTONOMA DE MAJES - AUTODEMA
55 29532325 MAMANI MAMANI ERNESTO AUTORIDAD AUTONOMA DE MAJES - AUTODEMA
56 29491721 MEZA ZUÑIGA ROGELIO TEODORO AUTORIDAD AUTONOMA DE MAJES - AUTODEMA
57 29674475 MOSCOSO SARMIENTO ARISTIDES AUTORIDAD AUTONOMA DE MAJES - AUTODEMA
58 29385300 MUÑOZ RIOS DANIEL PERCY AUTORIDAD AUTONOMA DE MAJES - AUTODEMA
59 29273100 NAVINTA HUAMANI FRANCISCO JAVIER AUTORIDAD AUTONOMA DE MAJES - AUTODEMA
60 29293684 PONCE MERMA NAZARIO JULIO AUTORIDAD AUTONOMA DE MAJES - AUTODEMA
61 30640092 PUMA CAYLLAHUA MARCELINO ERASMO AUTORIDAD AUTONOMA DE MAJES - AUTODEMA
62 29291394 QUIROZ GOMEZ UBALDO AUTORIDAD AUTONOMA DE MAJES - AUTODEMA
63 29545641 QUISPE CCACYAVILLCA AGRIPINO AUTORIDAD AUTONOMA DE MAJES - AUTODEMA
64 29272102 QUISPE HUARAYA JUAN DE DIOS FRANCISCO AUTORIDAD AUTONOMA DE MAJES - AUTODEMA
65 29470395 RAMOS ALEJO HIPOLITO ASUNTO AUTORIDAD AUTONOMA DE MAJES - AUTODEMA
66 29484300 RAMOS VEGA JOSE MANUEL AUTORIDAD AUTONOMA DE MAJES - AUTODEMA
67 29206098 RENGIFO RENGIFO VICTOR AUTORIDAD AUTONOMA DE MAJES - AUTODEMA
68 29464642 REYES CALIZAYA LIMBERG MELQUIADES AUTORIDAD AUTONOMA DE MAJES - AUTODEMA
69 29493490 RIOS QUISPE PABLO CIRINEO AUTORIDAD AUTONOMA DE MAJES - AUTODEMA
70 29297091 RODRIGUEZ TAPIA MARIA ASUNTA AUTORIDAD AUTONOMA DE MAJES - AUTODEMA
71 29392310 ROMERO CUEVAS FELIPE AUTORIDAD AUTONOMA DE MAJES - AUTODEMA
72 29432745 ROQUE VILLASANTE ANDRES AVELINO AUTORIDAD AUTONOMA DE MAJES - AUTODEMA
73 29302911 RUBINA CARBAJAL ANGEL ENRIQUE AUTORIDAD AUTONOMA DE MAJES - AUTODEMA
74 29255002 SANOMAMANI CARCASI CRISTOBAL AUTORIDAD AUTONOMA DE MAJES - AUTODEMA
75 29484949 SEJJE CHAMBI VICENTE AUTORIDAD AUTONOMA DE MAJES - AUTODEMA
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