DECRETO SUPREMO N° 006-2009-TR - Establecen disposiciones reglamentarias para la aplicación del Decreto de Urgencia N° 026-2009

Fecha de publicación24 Mayo 2009
Fecha de disposición24 Mayo 2009
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, domingo 24 de mayo de 2009
396394
inciso b) del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático
de la República, aprobado mediante el Decreto Supremo
N° 130-2003-RE;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Dar por terminadas las funciones del
Embajador en el Servicio Diplomático de la República,
Manuel Ernesto Picasso Botto, como Embajador
Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República
de la India.
Artículo 2°.- Cancelar las Cartas Credenciales y los
Plenos Poderes correspondientes.
Artículo 3°.- La fecha de término de funciones será
f‌i jada mediante Resolución Ministerial.
Artículo 4°.- Aplicar el egreso que irrogue la presente
Resolución a las partidas correspondientes del Pliego
Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE
Ministro de Relaciones Exteriores
351919-6
Designan Representante Alterno del
Ministerio ante la Comisión Especial
creada por Ley Nº 28933
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0790/RE
Lima, 21 de mayo de 2009
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial N° 1482-2006-
RE, se designó al Embajador en el Servicio Diplomático
de la República Javier Manuel Paulinich Velarde, y a
la Ministra Consejera en el Servicio Diplomático de
la República Luz Betty Caballero de Clulow, como
Representantes Titular y Alterno del Ministerio de
Relaciones Exteriores ante la Comisión Multisectorial
encargada de establecer las políticas de negociación
y representación del Estado peruano en cualquier otra
controversia relativa a inversiones que sea sometida ante
tribunales arbitrales internacionales, en el marco de los
mecanismos de solución de controversias pactados en los
acuerdos suscritos por el Estado;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 1306-2008-
RE, se trasladó, entre otros, a la Ministra Consejera
en el Servicio Diplomático de la República Luz Betty
Caballero de Clulow, para que desempeñe funciones
de su categoría en la Representación Permanente del
Perú ante los Organismos Internacionales, con sede en
Ginebra, Confederación Suiza;
Que, mediante Resolución Viceministerial N° 0722-
2008-RE, se f‌i jó el 15 de marzo de 2009, como la fecha en
que asumió funciones la citada funcionaria diplomática,
en la Representación Permanente del Perú ante los
Organismos Internacionales, con sede en Ginebra,
Confederación Suiza;
Que, mediante la Ley N° 28933, publicada el 16
de diciembre de 2006, se estableció el Sistema de
Coordinación y Respuesta del Estado peruano en
Controversias Internacionales de Inversión, para atender
las diferencias que pudieran surgir entre el Estado peruano
e inversionistas nacionales o extranjeros, y que sean
sometidas a mecanismos internacionales de solución de
controversias, la misma que fue modif‌i cada por la Ley N°
29213, publicada el 18 de abril de 2008;
Que, asimismo, el artículo 7° de la Ley N° 28933 dispuso
el establecimiento de una Comisión Especial, adscrita al
Ministerio de Economía y Finanzas, e integrada, entre
otros, por representantes del Ministerio de Relaciones
Exteriores, la misma que tiene por objeto la representación
del Estado en las controversias internacionales de
inversión, tanto en su etapa de trato directo, como en la
propia etapa arbitral o de conciliación;
Que, habiendo sido recientemente nombrado el
Ministro en el Servicio Diplomático de la República Paúl
Andrés Paredes Portella, como Director de Organismos
Económicos y Financieros Internacionales, en reemplazo
de la Ministra Consejera en el Servicio Diplomático de
la República Luz Betty Caballero de Clulow, resulta
necesario nombrar al citado funcionario diplomático
como Representante Alterno del Ministerio de Relaciones
Exteriores ante la referida Comisión Especial;
Teniendo en cuenta el Memorándum (SAE) Nº
SAE0257/2009, de la Subsecretaría de Asuntos
Económicos, de 21 de abril de 2009;
De conformidad con los artículos 3º, 7º y 13º inciso
b) de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático
de la República; los artículos 2º, 21º inciso l) y 62º del
Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la
República, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº
130-2003-RE; la Ley N° 28933 y su modif‌i catoria la Ley
N° 29213;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Dar término a la designación de la Ministra
Consejera en el Servicio Diplomático de la República Luz
Betty Caballero de Clulow, como Representante Alterna
del Ministerio de Relaciones Exteriores ante la Comisión
Especial creada en virtud de la Ley N° 28933, que
establece el Sistema de Coordinación y Respuesta del
Estado en Controversias Internacionales de Inversión.
Artículo 2°.- Designar al Ministro en el Servicio
Diplomático de la República Paúl Andrés Paredes
Portella, Director de Organismos Económicos y
Financieros Internacionales, de la Dirección General
de OMC y Negociaciones Económicas Internacionales,
de la Subsecretaría de Asuntos Económicos, como
Representante Alterno del Ministerio de Relaciones
Exteriores ante la Comisión Especial creada en virtud de la
Ley N° 28933, que establece el Sistema de Coordinación
y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales
de Inversión.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE
Ministro de Relaciones Exteriores
351270-1
TRABAJO Y PROMOCION
DEL EMPLEO
Establecen disposiciones reglamen-
tarias para la aplicación del Decreto de
Urgencia Nº 026-2009
DECRETO SUPREMO
Nº 006-2009-TR
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley Nº 27803, se dispuso la
implementación de las recomendaciones efectuadas
por las Comisiones creadas por las Leyes Nºs. 27452 y
27586, encargadas de revisar los ceses colectivos en las
Empresas del Estado sujetas a procesos de promoción de
la inversión privada y en las entidades del Sector Público
en la década pasada;
Que, mediante Ley Nº 29059, se otorgaron facultades
a la Comisión Ejecutiva, creada por Ley Nº 27803, para
revisar los casos de los ex trabajadores que no hubieran
sido incorporados en los tres primeros listados del Registro
Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente -
RNTCI al amparo de la última norma legal citada;
Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 026-2009 se
establece los benef‌i cios a que podrán acceder los ex
trabajadores que sean inscritos en el RNTCI a partir de la
vigencia de dicha norma, debiendo f‌i jarse determinadas
reglas para su ejecución;
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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